Guarderías y prestaciones sociales

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Guarderías y prestaciones sociales por Mind Map: Guarderías y prestaciones sociales

1. Artículo 211 • El monto de la prima será del 1% sobre el salario base de cotización. • Para prestaciones sociales se podrá destinar hasta el 20%.

2. Artículo 212 • Los patrones cubrirán íntegramente la prima para el financiamiento de las prestaciones.

3. Artículo 213 • El instituto podrá celebrar CONVENIOS de REVERSIÓN de CUOTAS o REEMPLAZO de servicios, con los patrones que tengan instaladas guarderías en sus empresas o establecimientos.

4. Artículo 214 • Las prestaciones o servicios de solidaridad social comprenden acciones de salud comunitaria, asistencia médica, farmacéutica e incluso hospitalaria, en forma y términos establecidos en los artículos 215 al 217 de esta ley.

5. Artículo 209 • Las prestaciones sociales institucionales tienen como finalidad fomentar: » SALUD » PREVENIR ENFERMEDADES Y ACCIDENTES » ELEVAR LOS NIVELES DE VIDA DE LA POBLACIÓN • Mediante • Servicios y programas para: medicina preventiva y autocuidado de la salud.

6. Artículo 237-A u En aquellos lugares donde el Instituto no cuente con instalaciones para prestar los servicios de guardería que tiene encomendados, éste podrá celebrar convenios con los patrones del campo y organizaciones de trabajadores eventuales del campo para la subrogación de los servicios que contempla el Ramo de Guarderías … en los términos que establezcan las reglas de carácter general que para tal efecto expida el Consejo Técnico.

7. Artículo 210-A • El Instituto ofrecerá sus instalaciones: » Deportivas » Sociales » Culturales » Recreativas » Vacacionales • A la población en general, estableciendo una cuota de recuperación de costos. Se informará al Congreso de la Unión y al Ejecutivo Federal.

8. Artículo 215 • El instituto organizará, establecerá y operará unidades médicas destinadas a los servicios de solidaridad social, los que serán proporcionados exclusivamente a favor de los núcleos de población que por el propio estado, constituyan polos de marginación. • El instituto se coordinará con la Secretaria de Salud y Seguridad Social para dictar las bases a la cuales se sujetaran estos servicios.