Impuesto de industria y comercio (ICA)

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Impuesto de industria y comercio (ICA) por Mind Map: Impuesto de industria y comercio (ICA)

1. lo constituye el ejercicio o realización directa o indirecta de cualquier actividad industrial, comercial o de prestación de servicios, dentro de la jurisdicción del Distrito de Santa Marta, ya sea que se cumplan de forma permanente u ocasional, en inmueble determinado, con establecimientos de comercio o sin ellos.

2. NO SUJETAS AL IMPUESTO

2.1. Los contribuyentes, serán gravados con el Impuesto de Industria y comercio, cuando realicen actividades industriales, comerciales, financieras o de servicios, distintas a la de su propia naturaleza, respecto de los ingresos provenientes de tales actividades gravadas.

3. DEDUCCIONES DE LA BASE GRAVABLE

3.1. 1. El monto de las devoluciones y descuentos no condicionados. 2. Los ingresos obtenidos por actividades excluidas y no sujetas. 3. Los ingresos provenientes de las exportaciones efectuadas por el contribuyente. 4. Los ingresos obtenidos en otros municipios. 5. El valor de los impuestos recaudados. 6. Los ingresos provenientes de la enajenación de activos fijos.

4. PERIODO GRAVABLE Y CAUSACIÓN

4.1. Para los dos primeros años desde la entrada en vigor de este Acuerdo los contribuyentes del impuesto de industria y comercio podrán descontar de su impuesto a pagar, los valores en exceso que resulte de aplicar las tarifas contempladas en el Acuerdo 011 de 2006 incrementadas en un 20%.

4.2. El período gravable del impuesto de industria y comercio en el Distrito de Santa Marta es anual y se causa una vez se consolide el hecho económico descrito en el hecho generador.

5. CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRIBUYENTES

5.1. Al régimen simplificado sólo pueden pertenecer las personas naturales que cumplan determinados requisitos. el cual se ajusta de acuerdo con unos topes de ingresos, patrimonio, entre otros valores del año anterior Y podrán presentar declaración anual

5.2. Al régimen común pueden pertenecer personas naturales y personas jurídicas, Aplica para personas naturales que no cumplen con los requisitos del régimen simplificado y todas las personas jurídicas sin ningún tipo de excepción.

6. SUJETO PASIVO las personas naturales, jurídicas, sociedades de hecho, y aquellas en quienes se realicen el hecho gravado, a través de consorcios, uniones temporales, patrimonios autónomos en quienes se figure el hecho generador del impuesto.

7. TARIFAS

7.1. será la que corresponda a la respectiva actividad. En caso de que el sujeto de retención no informe su actividad o esta no se pueda establecer, la tarifa de retención será la tarifa máxima vigente para el impuesto de industria y comercio dentro del periodo gravable y a esta misma tarifa quedará gravada la operación

8. QUIENES DEBEN PAGARLO

8.1. todas aquellas personas, naturales o jurídicas, que ejerzan actividades de índole industrial, comercial o de servicios, ya sea que cuenten o no con un establecimiento físico para realizar dichas actividades. Estos contribuyentes deberán registrarse en Industria y Comercio y pagar el impuesto según la tarifa correspondiente a su actividad.

8.2. Además, deberán presentar la siguiente información sobre compras de bienes y/o servicios registrados y declarados durante el año gravable cuando el monto anual acumulado de los pagos o abonos en cuenta sea igual o superior a $5.000.000:

9. SUJETO ACTIVO El Distrito de Santa Marta es el sujeto activo del impuesto de Industria y Comercio que se cause en su jurisdicción territorial, y en él radican las potestades tributarias de administración, control, recaudo, fiscalización, liquidación, discusión, devolución y cobro.

10. SE CALCULA

10.1. para el cálculo de esos ingresos se va a tener en cuenta la totalidad de los ingresos ordinarios y extraordinarios percibidos dentro del municipio, a esto se le resta las actividades exentas y no sujetas, además de descuentos, rebajas, exportaciones y venta de activos fijos, por último, se debe aplicar la tarifa correspondiente a la actividad desarrollada y el valor que arroje la operación será el saldo para pagar.

11. TIPOS DE ACTIVIDADES

11.1. • Actividades comerciales • Actividades de servicios • Actividades industriales • Actividades profesionales independientes