1. La sociedad mercantil o sociedad comercial es una sociedad que tiene como objetivo la realización de actos de comercio o, en general, una actividad sujeta al derecho mercantil y se diferencia de una sociedad civil en el hecho de que esta última no contempla en su objeto social actos mercantiles.
2. Clasificación
2.1. Según su tipo de capital
3. CAPITAL SOCIAL : No puede ser modificado si no por una modificación de los estatutos
3.1. Nuevo Tema
4. CAPITAL VARIABLE: Es variable puede disminuir y aumentar conforme el avance de la sociedad sin procedimientos complejos
5. CAPITAL CONTABLE: Es el derecho de los propietarios sobre los activos netos que surge por aportaciones de los dueños
6. SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO: La sociedad en nombre colectivo es aquella que existe bajo una razón social y en la que todos los socios responden de forma subsidiaria, ilimitada y solidariamente ante las obligaciones sociales
6.1. COMO SE CONSTITUYE UNA SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO: Al constituir esta sociedad se realiza un acuerdo de cómo manejar el capital mercantil entre los socios. Se puede crear a partir de dos personas, no existiendo un número máximo para constituirse. Así mismo su razón social se compondra con el nombre de uno o más socios
6.1.1. Existen distintas modalidades que puede adoptar esta sociedad: . Existen distintas modalidades que puede adoptar esta sociedad . Sociedad en nombre colectivo de responsabilidad limitada. . Sociedad en nombre colectivo de responsabilidad limitada de capital variable.
7. sociedad en comandita simple son aquellas que existen bajo una razón social y se componen de uno o varios socios comanditados o "gestores"o "generales" (responsables por la administración de la empresa, incluyendo todos sus activos personales y comerciales) , y de uno o varios comanditarios.
7.1. Nuevo TemaLos comanditados responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidaria de las obligaciones sociales.
7.1.1. Los socios comanditarios quedarán obligados solidariamente para con los terceros por todas las obligaciones de la sociedad en las que hayan tomado parte. Igualmente, si habitualmente han administrado los negocios de la sociedad, deberán responsabilizarse de manera solidaria con los terceros por las operaciones en las que no hayan formado parte.
8. sociedad de responsabilidad limitada Las sociedades de responsabilidad limitada son recomendables para Pymes (pequeñas y medianas empresas), sobre todo cuando se constituyan con una parte de capital familiar. Se debe a que la responsabilidad está limitada al capital aportado, el cual se integra de las aportaciones de cada uno de los socios. Por ello, en caso de existir una deuda, los socios no están obligados a responder con su patrimonio personal, solo con lo aportado.
8.1. Los socios pueden elegir ser administradores o no y sus responsabilidades se limitan al porcentaje de su parte social. Para constituir este tipo de sociedades mercantiles se necesita un mínimo de 2 personas y un máximo de 50. Además, cada socio tiene derecho a participar en las decisiones, gozando de un voto por cada mil pesos de su aportación.
8.1.1. el único que debe ser socio de la compañía es el gerente o director, también conocido como administrador principal.
9. SOCIEDAD ANÓNIMA: Uno de los tipos de sociedades mercantiles más empleadas en el mundo y en México, las sociedades anónimas están conformadas por socios cuyas obligaciones se limitan al pago de sus respectivas acciones. Dos es el mínimo de socios necesarios para constituirla, mientras que el máximo es ilimitado.
9.1. los accionistas, participan del capital social mediante títulos o acciones, las cuales establecen diversas jerarquías entre ellos.
9.1.1. La denominación social de esta se puede elegir libremente, siendo distinta de cualquier otra sociedad,
9.1.1.1. Existen 2 tipos de sociedades anónimas: 1- Sociedad Anónima Abierta (S.A.A.). Recurre al ahorro público en búsqueda de financiamiento. 2 - Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C.). Limitada a un número determinado de accionistas. La obtención del capital es privada.
9.1.1.1.1. Cómo se constituye una sociedad anónima Para constituir una sociedad anónima se deben cumplir estos requisitos: . Que haya dos socios como mínimo y que cada uno suscriba una acción por lo menos. . Que el contrato social determine el monto mínimo de capital social y que esté íntegramente suscrito. . Que se exhiba íntegramente el valor de cada acción que haya que pagarse, en todo o en parte, con bienes distintos del numerario.
10. SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES: Al igual que la sociedad en comandita simple, está formada por dos tipos de socios: los comanditados y los comanditarios.
11. Los primeros responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidaria de las obligaciones y deudas de la sociedad para con los terceros.
11.1. Los segundos puede autorizar y vigilar la sociedad, pero no tienen la capacidad de desenvolverse como administradores, solamente están obligados al pago de sus acciones.
12. sociedad cooperativa Es una organización social integrada por personas físicas con base en los principios de solidaridad, ayuda mutua y esfuerzo propio, con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas, mediante la realización de actividades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y servicios.
12.1. las empresas bajo este régimen deben fomentar la educación cooperativa, la ecología y la economía solidaria, para ir en concordancia con el concepto de cooperación.
12.1.1. presentan rendimientos por trabajo y consumo. Sus socios deben pertenecer a la clase trabajadora e intervienen como mínimo cinco personas.
13. sociedad por acciones simplificadas La sociedad por acciones simplificadas es un nuevo tipo de sociedad mercantil, creada en 2016, destinada a personas físicas y caracterizada por la posibilidad de darla de alta en un solo día, de forma electrónica y gratuitamente en el portal Tu Empresa. Solo se necesita la firma electrónica y autorización de uso o denominación social.
13.1. Está diseñada para constituir micro y pequeñas empresas que facturen menos de cinco millones de pesos por año
13.1.1. Clasificación de las sociedades por acciones simplificadas Existen una serie de clases y categorías en las que se pueden conformar: .Consumidores de bienes y/o servicios .Productores de bienes y/o servicios De ahorro y préstamo.