CONVENIOS INTERNACIONALES DEL TRABAJADO

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CONVENIOS INTERNACIONALES DEL TRABAJADO por Mind Map: CONVENIOS INTERNACIONALES DEL TRABAJADO

1. C100Convenio sobre igualdad de remuneración

2. igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor

3. a legislación naciona

4. contratos colectivos celebrados entre empleadores y trabajadore

5. la acción conjunta de estos diversos medio

6. Todo Miembro deberá colaborar con las organizaciones interesadas de empleadores y de trabajadores

7. Las ratificaciones formales del presente Convenio serán comunicada

8. los territorios respecto de los cuales se obliga a que las disposiciones del Convenio sean aplicadas con modificaciones

9. . Todo Miembro que haya ratificado este Convenio podrá denunciarlo a la expiración de un período de diez años,

10. C111Convenio sobre la discriminación

11. discriminación en materia de empleo y ocupación

12. empleo y ocupación incluyen tanto el acceso a los medios de formación profesional y la admisión en el empleo y en las diversas ocupaciones como también las condiciones de trabajo

13. promulgar leyes y promover programas educativos que por su índole puedan garantizar la aceptación y cumplimiento de esa política

14. derogar las disposiciones legislativas y modificar las disposiciones prácticas administrativas que sean incompatibles con dicha política

15. levar a cabo dicha política en lo que concierne a los empleos sometidos al control directo de una autoridad nacional

16. ndicar en su memoria anual sobre la aplicación de este Convenio las medidas adoptadas para llevar a cabo esa política y los resultados obtenidos.

17. C138.Convenio sobre la edad mínima

18. trabajo de los niños y eleve progresivamente la edad mínima de admisión al empleo o al trabajo a un nivel que haga posible el más completo desarrollo físico y mental de los menores

19. a edad mínima fijada en cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo 1 del presente artículo no deberá ser inferior a la edad en que cesa la obligación escolar, o en todo caso, a quince años

20. podrá en todo momento extender el campo de aplicación mediante una declaración enviada al Director General de la Oficina Internacional del Trabajo.

21. La autoridad competente deberá prever todas las medidas necesarias, incluso el establecimiento de sanciones apropiadas, para asegurar la aplicación efectiva de las disposiciones del presente Convenio.

22. La legislación nacional o la autoridad competente deberán determinar las personas responsables del cumplimiento de las disposiciones que den efecto al presente Conveni

23. implicará la denuncia del Convenio sobre la edad mínima (industria), 1919, de conformidad con su artículo 12,

24. método de cálculo, siempre que pueda evaluarse en efectivo

25. cordinado por la oficina internacional

25.1. seguros contra el desempleo

26. c002..prevenir el desempleo

26.1. convenio internacional

26.2. plan nacional

27. el que ractifique en un plazo de 3 meses

28. se debe crear comites

29. tienen la obligacion de aplicar en sus colonias,posesiones o proctoterado

30. Todo Miembro que haya ratificado el presente Convenio podrá denunciarlo a la expiración de un período de diez años,

31. CO95 Convenio sobre la protección del salario

31.1. remuneración o ganancia

31.2. fijada por acuerdo o por la legislación naciona

31.2.1. escrito o verbal

31.2.1.1. empleadas en trabajos manuales

31.3. servicio doméstico o en trabajos análogos

31.4. artículo 22 de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo

31.4.1. laudos arbitrales podrán permitir el pago parcial del salario con prestaciones en especie en las industrias

31.5. as prestaciones en especie sean apropiadas al uso personal del trabajador y de su familia,

31.5.1. el valor atribuido a estas prestaciones sea justo y razonable.

31.5.1.1. salario se deberá pagar directamente al trabajador interesado

31.6. 1. El salario no podrá embargarse o cederse sino en la forma y dentro de los límites fijados por la legislación nacional.

31.6.1. El salario que constituya un crédito preferente se deberá pagar íntegramente antes de que los acreedores ordinarios puedan reclamar la parte del activo que les corresponda.

32. C105Convenio sobre la abolición del trabajo forzoso

32.1. evitar que el trabajo obligatorio o forzoso pueda dar lugar a condiciones análogas a la esclavitud

33. como método de movilización y utilización de la mano de obra con fines de fomento económico

34. como medida de disciplina en el trabajo

35. segurar la aplicación de esta política en las actividades de orientación profesional, de formación profesional y de colocación que dependan de una autoridad nacional

36. que aún subsisten las razones para tal especificación

37. El Miembro cuya economía y cuyos servicios administrativos estén insuficientemente desarrollados podrá, previa consulta con las organizaciones interesadas de empleadores y de trabajadores, cuando tales organizaciones existan, limitar inicialmente el campo de aplicación del presente Convenio.

38. no sean susceptibles de perjudicar su salud o desarrollo

39. no sean de tal naturaleza que puedan perjudicar su asistencia a la escuela, su participación en programas de orientación o formación profesional aprobados por la autoridad competente o el aprovechamiento de la enseñanza que reciben