REGIMENES ADUANEROS

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REGIMENES ADUANEROS por Mind Map: REGIMENES ADUANEROS

1. Conjunto de operaciones orientadas a darle un destino aduanero específico a una mercancía, de acuerdo con la declaración presentada por el interesado en la forma prescrita por las normas.

2. El artículo 90 de la Ley Aduanera establece la existencia de los siguientes regímenes aduaneros

2.1. Definitivos

2.1.1. Importación. Entrada de mercancías de procedencia extranjera para permanecer en el territorio nacional por tiempo ilimitado.

2.1.2. Exportación. Salida de mercancías del territorio nacional para permanecer en el extranjero por tiempo ilimitado.

2.2. Temporales

2.2.1. Importación. Para retornar al extranjero en el mismo estado, o bien para elaboración, tranformación o reparación en programas de maquila o exportación.

2.2.2. Exportación. Para retornar al país en el mismo estado, o bien para elaboración, transformación o reparación.

2.3. Depósito Fiscal

2.3.1. Almacenamiento de mercancías de procedencia extranjera o nacional en almacenes generales de depósito que pueden prestar este servicio y además sean autorizados para ello. Se efectúa una vez determinados los impuestos al comercio exterior, así como las cuotas compensatorias.

2.3.1.1. Mercancías que no pueden destinarse a Depósito Fiscal 1. Las armas 2. Municiones 3. Mercancías radioactivas, explosivas y contaminantes 4. Piedras preciosas y perlas naturales 5. Manufacturas de joyería de metales preciosos o con piedras preciosas o perlas mencionadas. 6. Artículos de coral, jade, marfil y ámbar.

2.4. Tránsito de mercancías: interno e internacional

2.4.1. Es el Traslado de mercancías, bajo control fiscal, de una aduana nacional a otra.

2.4.1.1. Tránsito de Mercancías –Interno

2.4.1.2. Tránsito de Mercancías Internacional

2.5. Elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado

2.5.1. Consiste en la introducción de mercancías extranjeras o nacionales a recintos fiscalizados para su elaboración, transformación o reparación con el fin de ser retornadas al extranjero o para ser exportadas.

2.5.1.1. La introducción de mercancías extranjeras bajo este régimen se sujetará al pago del impuesto general de importación y de las cuotas compensatorias aplicables. El impuesto general de importación se deberá determinar al destinar las mercancías a este régimen.

2.6. Recinto Fiscalizado Estratégico

2.6.1. Consiste en la introducción, por tiempo limitado, de mercancías extranjeras, nacionales o nacionalizadas, a los recintos fiscalizados estratégicos, para ser objeto de manejo, almacenaje, custodia, exhibición, venta, distribución, elaboración, transformación o reparación.

2.6.1.1. Las mermas resultantes de los procesos de elaboración, transformación o reparación no causarán contribución alguna ni cuotas compensatorias. Los desperdicios no retornados no causarán contribuciones siempre que se demuestre que han sido destruidos cumpliendo con las disposiciones de control que para tales efectos establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas.