Mecanismos constitucionales para la protección de los derechos

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1. • El Derecho de Petición.

1.1. El derecho de petición es una facultad que tiene todo ciudadano de presentar solicitudes respetuosas a las autoridades, verbalmente o por escrito, por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución, así como acceder a documentos públicos, salvo los casos que establezca la Ley.

2. • Peticiones de información

2.1. Es el requerimiento que hace un ciudadano (a) con el cual se busca indagar sobre un hecho, acto o situación administrativa que corresponde a la naturaleza y finalidad de la Entidad. En el marco de lo establecido en el numeral 1 del artículo 14 de la Ley 1755 de 2015,

3. • Quejas.

3.1. La queja, busca manifestar de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular de uno o varios servicios públicos en desarrollo de sus funciones.

4. • Reclamos.

4.1. El reclamo, es el derecho que tiene toda persona de exigir, reivindicar o demandar una solución ya sea por motivo general o particular, referente a la prestación indebida de un servicio o a la a falta de atención de una solicitud.

5. • Manifestaciones.

5.1. es la exhibición pública de la opinión de un grupo activista (económica, política o social), mediante una congregación en las calles, a menudo en un lugar o una fecha simbólicos y asociados con esa opinión. El propósito de una manifestación es mostrar que una parte significativa de la población está a favor o en contra de una determinada política, persona, ley, etcétera

6. • Habeas Corpus.

6.1. El habeas corpus es un derecho recogido en la Constitución que protege a cualquier ciudadano ante arrestos y detenciones arbitrarias. Proporciona la garantía de poder comparecer de forma inmediata y pública ante un Juez para que este determine si el arresto fue o no conforme a la legalidad y si debe mantenerse o interrumpirse.

7. • Habeas Data.

7.1. es una acción jurisdiccional propia del derecho, normalmente constitucional, que confirma el derecho de cualquier persona física o jurídica para solicitar y obtener la información existente sobre su persona, y de solicitar su eliminación o corrección si fuera falsa o estuviera desactualizada.

8. • Acción de Tutela.

8.1. Es una garantía constitucional que tiene toda persona para recurrir ante las autoridades judiciales, con el objeto de obtener la protección inmediata de sus derechos fundamentales.

9. Acción de Cumplimiento.

9.1. Es un mecanismo que permite hacer efectivo al cumplimiento de una ley o acto administrativo a través de la autoridad judicial. Puede ser ejercida por cualquier persona. Es una acción pública y por lo tanto no requiere demostrarse ningún interés para interponerla.

10. • Acciones Populares y de Grupo

10.1. Las acciones populares y de grupo son mecanismos a través de los cuales un individuo puede actuar en defensa de los derechos e intereses colectivos, o exigir indemnización a nombre de varias personas a quienes se les haya causado perjuicios con la misma conducta