1. DIRECTIVA SANITARIA QUE ESTABLECE LA ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LOS COMITES DE PREVENCION DE LA MORTALIDAD MATERNA, FETAL Y NEONATAL.
1.1. OBJETIVO
1.1.1. GENERAL
1.1.1.1. Organizar y establecer funciones.
1.1.1.2. Implementación de acciones orientadas a la prevención, vigilancia y control de la mortalidad materna.
1.1.2. ESPECIFICO
1.1.2.1. Determinar los niveles de organización e intervención.
1.1.2.2. Definir funciones y competencias de los comites.
1.2. BASE LEGAL
1.2.1. Resolución Ministerial N° 495-2016/MINSA que aprueba el Plan para la Reducción de la Morbilidad Neonatal en el Perú 2016-2020.
1.2.2. Resolución Ministerial N° 214-2017/MINSA que aprueba la Guía Técnica del correcto llenado del Certificado de Defunción.
1.3. COMITES
1.3.1. NIVELES
1.3.1.1. El Comité Nacional (Despacho Viceministerial de Salud Publica)
1.3.1.2. El Comité Regional (DIRESA/GERESA/DIRIS)
1.3.1.3. El Comité del Instituto y Hospitales (Director General)
1.3.2. CONFORMACIÓN
1.3.2.1. NACIONAL
1.3.2.1.1. Viceministro de Salud Publica, Prestaciones y aseguramiento
1.3.2.1.2. Jefe Institucional del SIS
1.3.2.1.3. El Gerente General del Seguro Social del Perú
1.3.2.1.4. Director de la Sanidad de las Fuerzas Armadas
1.3.2.1.5. Representante de las Clínicas Privadas
1.3.2.1.6. Directora General del Centro Nacional de Epidemiologia
1.3.2.1.7. Directora de la Dirección de Salud Sexual y Reproductiva
1.3.2.2. REGIONAL
1.3.2.2.1. Director Regional/ Gerente Regional/ Director de Red
1.3.2.2.2. Directora Ejecutiva Regional/ de Red
1.3.2.2.3. Responsable Regional de Calidad y Auditoria, Servicio de Salud, Promoción de la Salud
1.3.2.2.4. Coordinadora Responsable Regional de Salud Neonatal, Salud Sexual y Reproductiva.
1.3.2.3. INSTITUTO U HOSPITALES
1.3.2.3.1. Directora General del Instituto u Hospital
1.3.2.3.2. Jefe del Departamento de Gineco-Obstetricia, Servicio de Obstetricia, Departamento de Pediatría, Servicio de Neonatología, Unidad de Cuidados Intensivos General/Materna y Neonatal
1.3.2.3.3. Jefe del Banco de Sangre, Servicios de Enfermería y Responsable del SIS
1.3.3. FUNCIONES POR NIVEL JERARQUICO
1.3.3.1. Analizar, asesorar, coordinar, proponer estrategias, vigilar y controlar.
1.3.3.1.1. NACIONAL
1.3.3.1.2. REGIONAL
1.3.3.1.3. INSTITUTO Y HOSPITALES
1.3.4. FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES DEL COMITE
1.3.4.1. PRESIDENTE
1.3.4.1.1. Presidir las reuniones del Comité de Prevención de la Mortalidad Materna.
1.3.4.1.2. Dirigir, controlar y evaluar el desempeño de labores.
1.3.4.1.3. Proponer teleconferencias como un mecanismo tecnológico
1.3.4.2. SECRETARIO TECNICO
1.3.4.2.1. Apoyar al presidente para el cumplimiento de las disposiciones establecidas.
1.3.4.2.2. Proponer la agenda para las reuniones ordinarias o extraordinarias.
1.3.4.2.3. Preparar el acta de cada reunión y realizar el seguimiento de la documentación.
1.3.4.3. MIEMBROS
1.3.4.3.1. Asistencia puntual y obligatoria a las reuniones del Comité de Prevención
1.3.4.3.2. Velar por el cumplimiento de la Directiva Sanitaria
1.3.4.3.3. Mantener la reserva de temas tratados
1.3.5. REUNIONES
1.3.5.1. Se realizara cada 3 meses (nacional) y mnsual(otros niveles)
1.3.5.2. Son convocadas por el Presidente del Comite
1.3.5.3. Las reuniones extraordinarias son convocadas cuando sea necesario.
1.4. ANALISIS
1.4.1. Los comités de Prevención de Mortalidad Materna deben proceder al análisis de las muertes maternas.
1.4.2. El comité nacional recibirá información situacional Epidemiológica.
1.4.3. INSTRUMENTOS
1.4.3.1. Ficha de investigación epidemiológica, informe de la autopsia verbal, certificado de defunción, copia de la historia clínica, carnet perinatal, informe de la auditoria, ficha de afiliación al SIS
1.4.4. PASOS
1.4.4.1. Establecer el caso
1.4.4.2. Establecer la relación de causalidad entre la atención y el resultado desfavorable.
1.5. ACTO MEDICO ASISTENCIAL
1.5.1. Identificar el cumplimiento en la practica medica asistencial.
1.5.2. Identificar las probables deficiencias y demoras en el proceso de atención.
1.6. ASPECTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD
1.6.1. Cumplimiento de ROF y MOF
1.6.2. Brechas de recursos disponibles
1.7. RESPONSABILIDADES
1.7.1. NACIONAL
1.7.1.1. Difundir la Directiva y brindar la asistencia tecnica a DIRESA/GERESA/DIRIS
1.7.2. REGIONAL
1.7.2.1. Difundir, brindar , implementar y supervisar el cumplimiento de la Directiva.
1.7.3. INSTITUTOS/HOSPITALES
1.7.3.1. Cumplir lo dispuesto en la presente directiva sanitaria , en lo que le compete.
1.7.4. INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL
1.7.4.1. Brindar asistencia técnica, realizar investigación, operativa y medico clínica
2. DIRECTIVA SANITARIA PARA EL MONITOREO Y SEGUIMIENTO DE LA MORBILIDAD MATERNA EXTREMA EN LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD
2.1. OBJETIVO
2.1.1. GENERAL
2.1.1.1. Establecer los procedimientos para el monitoreo y seguimiento continuo de las pacientes calificadas con morbilidad materna
2.1.2. ESPECIFICO
2.1.2.1. Establecer los procedimientos para el reporte diario de la evolución.
2.1.2.2. Establecer los instrumentos y los lineamientos para el seguimiento.
2.1.2.3. Establecer y estandarizar los indicadores de monitoreo.
2.2. BASE LEGAL
2.2.1. Resolución Ministerial N° 695-2006/MINSA que aprueba la Guía Técnica de Practica Clínica para la atención de las Emergencias Obstétricas según su nivel de capacidad resolutiva y sus 10 anexos.
2.2.2. Resolución Ministerial N° 251-2019/MINSA que aprueba la directora sanitaria N° 084-MINSA/2019/ Directiva sanitaria que establece la organización y funcionamiento de los comités de prevención.
2.3. CALIFICACIÓN DE CASO DE MORBILIDAD MATERNA EXTREMA
2.3.1. Por Sistemas o Aparatos Afectados
2.3.1.1. Cardiovascular
2.3.1.1.1. Shock
2.3.1.1.2. Paro cardiaco
2.3.1.2. Respiratorio
2.3.1.2.1. Cianosis
2.3.1.2.2. Respiración convulsiva y audible
2.3.1.2.3. Taquipnea severa
2.3.1.2.4. Bradipnea severa
2.3.1.3. Renal
2.3.1.3.1. Oliguria resistente a los líquidos o diuréticos
2.3.1.4. Hematológico/ de la Coagulación
2.3.1.4.1. Alteraciones de la coagulación
2.3.1.5. Hepatico
2.3.1.5.1. Ictericia en presencia de preeclampsia
2.3.1.6. Neurologico
2.3.1.6.1. Coma/Perdida de conocimiento >12 horas
2.3.1.6.2. Crisis epiléptica incontroladas
2.3.1.6.3. Accidente cerebrovascular
2.3.1.6.4. Parálisis generalizada
2.4. ACCIONES INMEDIATAS AL REPORTE DE CASO DE MORTALIDAD MATERNA EXTREMA
2.4.1. Sera realizado por el personal medico de turno del servicio de emergencia o UCI.
2.4.2. Los establecimientos de salud que no cuenten con UCI realizaran la referencia oportuna
2.5. SEGUIMIENTO DE LOS CASOS DE MORBILIDAD MATERNA EXTREMA DURANTE EL INTERNAMIENTO
2.5.1. Realizar diariamente por el responsable de vigilancia epidemiológica
2.5.2. El reporte inmediato de los casos sera recibido por todos los estabecimientos de salud FONE II y FONI
2.5.3. La dirección de salud sexual y reproductiva coordinara las actividades de apoyo a la atención de las pacientes con morbilidad materna.
2.5.4. El seguimiento será realizado diariamente por el personal medico de la dirección.
2.5.5. Al alta del paciente, brindar consejería con énfasis en el uso de métodos modernos de planificación familiar.
2.6. SEGUIMIENTO AL ALTA DE LOS CASOS DE MORBILIDAD MATERNA EXTREMA
2.6.1. Seguimiento posterior al alta se realizara por medio de visitas domiciliarias en los casos
2.7. TOMA DE DECISIONES CON ANALISIS DE CASOS DE MORBILIDAD MATERNA EXTREMA
2.7.1. El jefe de UCI, seleccionara los casos relevantes
2.7.2. El responsable de vigilancia epidemiológica presentara los indicadores de morbilidad materna.
2.7.3. El comité de prevención de Mortalidad materna, labora informes con consolidado mensual de los casos reportados.
2.7.4. El Director del establecimiento evaluara el informe y dispondrá su aplicación.
2.7.5. El comite de Prevencion de mortalidad materna analizara los resultados y tendencias de la morbilidad materna extrema.