1. Derecho real de la propiedad
1.1. Es la facultad que tiene una persona sobre una cosa, en forma específica y sin un sujeto pasivo individualmente.
1.2. Clasificación
1.2.1. • Principales o de goce. • Secundarios o de garantía.
2. La propiedad
2.1. Consiste en que el dueño tiene el dominio legal sobre el bien.
2.2. Formas de adquirirla
2.2.1. • A título universal o particular. • Por adquisición a título oneroso y gratuito. • Por actos entre vivos o por causa de muerte. • Por adquisiciones primitivas y derivadas.
3. La copropiedad
3.1. Es un bien que tiene varios propietarios, a los cuales, al mismo tiempo les corresponde una parte proporcional o parte alícuota de dicho bien.
3.2. Clasificación
3.2.1. • Voluntaria • Forzosas • Temporales • Permanentes • Entre vivos y por causa de muerte
3.3. Formas de extinción
3.3.1. • Cuando existe división de la cosa en común. • Por pérdida de la cosa. • Por enajenación de la cosa. • Por confusión de las partes de la propiedad de un solo propietario, y cuando los demás desaparecen (puede ser por donación o venta de su parte).
4. Medios de adquisición de la propiedad
4.1. Son aquellos hechos o actos jurídicos que autoriza la ley civil, para que una persona física o moral adquiera el dominio de un bien o un derecho.
5. Patrimonio
5.1. Es el conjunto de bienes y riquezas que son propiedad de una persona, así como la suma de sus derechos y obligaciones sobre el mismo.
6. Bienes
6.1. Es toda cosa posible de apoderarse de ella y adueñarse, por medio de la ley que lo permite o autoriza.
6.2. Del Estado
6.2.1. Son los bienes de dominio del poder público los que pertenecen a la federación, los estados o los municipios.
6.3. De los particulares
6.3.1. Son bienes de propiedad de los particulares todas las cosas cuyo dominio les pertenece legalmente, y de las cosas que no puede aprovecharse ninguno sin consentimiento del dueño o autorización de la ley.
6.4. Por su propia naturaleza
6.4.1. Son los Corpóreos, Incorpóreos, Fungibles, No fungibles, Consumibles, No consumibles, Principales, Accesorios, Muebles e Inmuebles.
6.5. Bienes sin dueño
6.5.1. Son aquellos cuyo dueño se desconoce, o que carecen de dueño. Se dividen en; Bienes mostrencos y Bienes vacantes.
7. Derecho real de posesión
7.1. Es el hecho o acto de apoderarse de una cosa o poseerla o disfrutar su uso, sin tener la propiedad, ya que sólo se trata del uso físico de la cosa o disfrute de un derecho.
7.2. Elementos
7.2.1. • Corpus. Consiste en tener físicamente la cosa, o tenencia corporal o disfrute. • Animus. Es el ánimo o voluntad de querer la posesión de la cosa, o intención de posesión de la cosa.
7.3. Tipos
7.3.1. • Originaria o jurídica. • Derivada o precaria.
7.4. Cómo se pierde
7.4.1. • Pérdida del corpus. • Abandono de la cosa • Cesión de la posesión a otra persona. • Destrucción de la cosa. • Por orden judicial o sentencia, o resolución judicial. • Despojo de la cosa y que dure más de un año. • Expropiación por causa de utilidad pública. • A un tercero se le reconoce ser el propietario de la cosa (por ejemplo, una herencia o legado). • Por prescripción de un derecho.