1. Liquidación: Compensación que recibe el empleado cuando las relaciones laborales terminan a causas ajenas al empleado.
1.1. Cuando finaliza el termino de duración en contratos de trabajo a término fijo.
1.2. Cuando el empleado renuncia con o sin justa causa
1.3. Cuando el empleador despide con sin justa causa
1.4. Terminación del contrato por muto acuerdo.
1.5. Debe liquidarse: Deudas, prestaciones sociales, vacaciones, aportes parafiscales, seguridad social e indemnización si la hubiera.
2. Recargo: Los denominamos por trabajo dominical y festivos se debe pagar al 75%
2.1. Se pueden generar horas extras y nocturnas en los días dominicales y festivos
3. Prestaciones sociales: se consideran como un beneficio para el empleado, su finalidad es cubrir posibles contigencias que se generen durante la vida laboral.
3.1. Auxilio de Cesanntias
3.2. Intereses a las Cesantias
3.3. Prima de Servicios
3.4. Vacaciones
3.5. Prestaciones Extralegales
3.6. Descanso Remunerado
4. Clases de Contrato: El contrato representara un acuerdo entre el empleador y el empleado por la prestación de un servicio y el pago de un salario
4.1. Indefinido
4.2. Temporal
4.3. Contrato para la formación y el aprendizaje
4.4. Contrato en practicas
5. indemnización: Esta sujeta al despido y a los años de servicio prestados, al presentarse un despido el empleado tiene derecho a una indemnización como una compensación por el servicio prestado
5.1. Despido sin justa Causa
5.2. Perjuicios morales y materiales en el trabajo
5.3. Obligar al trabajador a renunciar
5.4. No pago de subsidios.
5.5. Terminación del contrato
6. Parafiscales: Son aportes o contribuciones de carácter obligatorio impuestos por la ley, se determinan por la base gravable de la nomina, beneficia a trabajadores sostenimiento del ICBF, el SENA y las Cajas de Compensación Familiar.