Clases de Sociedades en Colombia

Comienza Ya. Es Gratis
ó regístrate con tu dirección de correo electrónico
Clases de Sociedades en Colombia por Mind Map: Clases de Sociedades en Colombia

1. Sociedades de personas

1.1. Son aquellas donde lo más importante son las personas que la conforman, sus socios, y por lo general están conformadas por miembros de una familia o por amigos muy cercanos.

2. Sociedades de Capital

2.1. Son aquellas sociedades en las que lo que importa son los aportes económicos, las acciones y no las personas.

3. Sociedad colectiva

3.1. Es cerrada, generalmente familiar, y por eso su razón social suele ir acompañada de las expresiones «y compañía», "hermanos", "e hijos".

3.1.1. Todos los socios son responsables solidaria e ilimitadamente frente a terceros por las obligaciones de la sociedad.

3.1.2. El capital de la sociedad colectiva se denomina en cuotas de interés social de igual valor, y debe ser pagado en su totalidad al momento de su constitución, estas no se pueden negociar en el mercado de valores.

3.1.2.1. Ejemplos

3.1.2.1.1. 1. CARLOS GROSCLAUDE R Y COMPAÑÍA, BOGOTA Cultivo de hortalizas raíces y tubérculos 2. VALENCIA Y HENAO Y COMPAÑIA COLECTIVA CIVIL EN LIQUIDACION Medellín, Antioquia Actividades inmobiliarias realizadas a cambio de una retribución o por contrata SOCIEDAD COLECTIVA 3. EMPRESA MADERERA DEL CAMPO Y COMPANIA COLECTIVA ENLIQUIDACIÓN, RIO QUITO, CHOCO Aserrado acepillado e impregnación de la madera SOCIEDAD COLECTIVA

3.1.3. Se debe constituir mediante escritura púbica en notaria, y inscribirse en el registro mercantil de la cámara de socios.

3.1.4. Tiene un mínimo de 2 socios sin que exista un límite superior

4. Cooperativas

4.1. Son una asociación que se caracteriza por su democracia y por reunir individuos que comparten sus necesidades , y siempre vela y pelea por sus derechos.

4.1.1. 1.El ingreso de los asociados como su retiro sean voluntarios. 2. Que el número de asociados sea variable e ilimitado.

4.1.2. 3. Que funcione de conformidad con el principio de la participación democrática.

4.1.3. 4. Que realice de modo permanente actividades de educación cooperativa

4.1.4. 5. Que se integre económica y socialmente al sector cooperativo. 6. Que garantice la igualdad de derechos y obligaciones de sus asociados sin consideración a sus aportes.

4.1.5. 7. Que su patrimonio sea variable e ilimitado; no obstante, los estatutos establecerán un monto mínimo de aportes sociales no reducibles durante la existencia de la cooperativa.

4.1.5.1. Ejemplos

4.1.5.1.1. 1. CANAPRO: Casa Nacional Del Profesor 2. Cooperativa financiera Cotrafa 3. Cooperativa financiera JHON F KENNEDY 4. Confiar: Cooperativa financiera.

4.1.6. Se harán en asamblea de constitución, en la cual serán aprobados los estatutos y nombrados en prioridad los órganos de administración y vigilancia.

4.1.7. Se constituirán por documento privado y su personería jurídica será reconocida por el Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas.

5. Sociedad anónima.

5.1. Es una forma societaria abierta, esta permite la negociación de sus accionen el mercado de valores.

5.1.1. Debe tener cinco (5) socios como mínimo y un máximo ilimitado. La razón social debe estar seguida por la sigla S.A

5.1.1.1. la responsabilidad de los socios va hasta la cantidad de sus aportes.

5.1.1.2. Debe ser constituida mediante escritura pública, la cual debe ser inscrita en el registro mercantil de la cámara de comercio

5.1.1.3. Se divide en acciones de igual valor y se representan por un título negociable.

5.1.1.3.1. Ejemplos

5.1.1.4. El capital de la sociedad anónima comprende el capital autorizado, suscrito y pagado. Al momento de constituir la empresa se debe suscribir como mínimo el 50% del capital autorizado, y pagarse como mínimo la tercera parte del capital suscrito.

6. Sociedad por acciones simplificada (SAS)

6.1. Esta puede ser conformada por una o varias personas naturales o jurídicas. La suscripción y pago del capital puede hacerse en la forma que acuerden los socios.

6.1.1. Su constitución, es mediante documento privado, excepto si en su constitución se aportan bienes sujetos a escritura pública.

6.1.2. El único formalismo especial, es la necesidad de autenticar el documento privado de constitución por todos los que participen en él(firmas ante notarios), que luego se inscribe en el registro mercantil

6.1.2.1. Ejemplos

6.1.2.1.1. 1.Comercial nutresa S.A.S. 2.Compañia de galletas noel S.A.S. 3.Compañia nacional de chocolates S.A.S. 4.Industria colombiana de cafe S.A.S. 5. Novaventa S.A.S.

6.1.3. Acciones de igual valor, que NO puede ser negociadas en bolsa de valores.

7. Sociedad en comandita por acciones.

7.1. Se divide en acciones representadas en títulos de igual valor. Para conformarse se requiere la existencia de dos tipos de socios, no puede ser constituida con menos de 5 socios.

7.1.1. Gestores: que se comprometan con la responsabilidad de manera solidaria e ilimitada.

7.1.2. Comanditarios: ellos responden hasta el monto de sus aportes.

7.1.2.1. Ejemplos

7.1.2.1.1. 1. ACESCO : Acerías de Colombia acesco y cia. 2. Tovar y compañía S.C.A 3. GRUPO OLEOCAMPO S.C.A: Productor y comercializador de aceite de oliva.

7.1.3. Al constituirse se debe suscribir al menos el 50% del capital social, y pagarse al menos la tercera parte del capital suscrito.

8. Sociedad de economía mixta.

8.1. Son las que se constituyen con aportes estatales y de capital privado. Estas se sujetan a las reglas del derecho privado y a la jurisdicción ordinaria.

8.1.1. Los aportes estatales consisten en beneficios que el estado puede otorgar a dicha sociedad.

8.1.2. Cuando los aportes estatales sean del 90 por ciento o más, estas se someterán al régimen de las sociedades comerciales e industriales del estado.

8.1.2.1. Ejemplos

8.1.2.1.1. 1. ETB. Empresa de telecomunicaciones de Bogotá. 2. Grupo Energía Bogotá: Empresa de electricidad colombiana. 3. Transmilenio: Sistema de transporte urbano en la cuidad de Bogotá. 4. Empresa de Aseo de Bucaramanga. Empresa mixta de aseo urbano.

8.1.3. Pueden constituirse bajo cualesquier forma de sociedad previstas en el Código de Comercio,

9. Sociedad limitada (LTDA)

9.1. Esta se debe constituir con un mínimo de dos socios, y un máximo de 25. El capital se divide en cuotas partes de igual valor, y debe ser pagado en su totalidad al momento de construirse como sociedad.

9.1.1. La responsabilidad de los socios es limitada, pero no deben responder solidariamente con su patrimonio por las deudas u obligaciones de la sociedad, más allá del monto de sus aportes.

9.1.2. Hay que hacer una reserva legal del 10% de los beneficios anuales hasta alcanzar el 20% del capital social inscrito.

9.1.2.1. Ejemplos

9.1.2.1.1. 1. GILLETE DE COLOMBIA LTDA. 2. KODAK AMERICAS LTDA. 3. EPSON COLOMBIA LTDA. 4. STEWART & STEVENSON DE LAS AMERICAS COLOMBIA LTDA.

9.1.3. Se debe constituir mediante escritura pública ante notario, y luego inscribirse en el registro mercantil de la camara y comercio.

9.1.4. Para constituirse debe tener máximo 10 trabajadores y activos totales inferiores a 500 salarios mínimos.

10. Sociedad en comandita simple

10.1. Su capital social se divide en cuotas partes, no en acciones. No hay un límite al número de socios ni la cantidad de capital social que se debe suscribir y pagar.

10.1.1. Los socios gestores siempre ejercerán la administración.

10.1.2. La inspección y vigilancia sera manejaran por los socios comanditarios,

10.1.3. Las reformas estatutaria debe ser aprobada por la totalidad de los socios gestores, y por la mayoría absoluta de los socios comanditarios.

10.1.3.1. Ejemplos

10.1.3.1.1. 1. Clorox 2. Parmalat 3. Colgate – Palmolive

10.1.4. Se debe disolver cuando su capital social se reduzca a la tercera parte o menos, o cuando desaparezca uno de los dos tipos de socios (gestores o comanditarios).

11. Sociedad o empresa unipersonal

11.1. Es aquella conformada sólo por una persona, que es única dueña de la empresa.

11.1.1. La forma una persona jurídica distinta al dueño, de manera que el patrimonio de la empresa queda separado del patrimonio de su dueño.

11.1.2. Los administradores de estos están sometidos a las reglas generales de las sociedades respecto a la responsabilidad por sus acciones.

11.1.2.1. Ejemplos

11.1.2.1.1. 1.Tienda de barrio (florería, tienda de pizza, ferretería, etc.) 2. Artesanos y músicos 3. Contratistas independientes

11.1.3. La ley permite que la persona ceda o venda todo o parte de la empresa; Sin embargo, si la empresa llega a pertenecer a dos o más personas, se debe cambiar a cualquier otro tipo de sociedad que la ley colombiana tiene.