Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos con criterios orientadores para la prestación de lo...

Acuerdos por el que se emiten los lineamientos con criterios orientadores para la prestación de servicios de educación especial

Comienza Ya. Es Gratis
ó regístrate con tu dirección de correo electrónico
Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos con criterios orientadores para la prestación de los servicios de educación especial por Mind Map: Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos con criterios orientadores para la prestación de los servicios de educación especial

1. SERVICIOS DE APOYO EN E.B.

1.1. Se lleva a cabo una labor en distintas dimensiones de intervención.

1.1.1. Atención a las familias

1.1.1.1. Informar sobre la atención a sus hijos, realizar entrevistas, informar sobre acciones específicas a PF y docentes.

1.1.2. Atención a los educandos

1.1.2.1. Diagnóstico, intervención, evaluación

1.1.3. Atención a las escuelas de E.B.

1.1.3.1. Diagnóstico, programa de mejora escolar, eliminación de BAP.

1.1.3.1.1. Culturas, políticas y prácticcas.

2. De los servicios de educación especial:

2.1. Servicios de apoyo:

2.1.1. Modalidad: Fijo: El servicio brinda atención a un número de escuelas de EB en función del número de docentes de apoyocon que cuenta.

2.1.2. Principales contribuciones:

2.1.2.1. Coadyuvar con la escuela para: Identificar y eliminar BAP, determinar alumnos que requieren apoyo, brindar orientación asesoría y acompañamiento, desarrollar un lenguaje incluyente, canalizar a los educandos.

3. Educación inclusiva:

3.1. Artículo 8. Educ. inclusiva. conjunto de acciones orientadas a garantizar el acceso, permanencia, participación y aprendizaje de todos los alumnos. Atiende a la diversidad del alumnado.

4. Propósito:

4.1. Contar con un marco normativo que brinde criterios orientadores para la prestación de servicios de educación especial. Vincular en los tipos, niveles y modalidades educativos.

5. Disposiciones generales:

5.1. Artículo 2. Son de observancia obligatoria para la autoridad educativa de los estados, para los servicios de educación especial que se encuentran funcionando.

5.1.1. Artículo 7.Se entiende por:

5.1.1.1. Acompañamiento: Asesoría calificada que se brinda al personal docente y a la escuela para promover procesos de formación continua y desarrollo profesional.

5.1.1.2. Alumno con discapacidad: Aquel o aquella que tiene deficiencias, físicas, mentales intelectuales o sensoriales y que al interactuar con barreras puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás personas.

5.1.1.3. BAP: Condición o situación del entorno que por sus características o la manera en que se interpreta o emplea, puede limitar el ejercicio de derechos de las personas, de quienes viven en condición de vulnerabilidad.

5.1.1.4. DUA: Diseño y creación de productos, entornos, programas y servicios que pueden utilizar todas las personas. Implica que los docentes planifiquen y evalúen teniendo en cuenta los intereses, capacidades, aptitudes, ritmos y estilos de aprendizaje, evitando que los alumnos queden excluidos.

5.1.1.5. Equipo de apoyo: Conjunto de profesionales. Cumplen una labor pedagógica de asesoría, orientación y acompañamiento desde el ámbito de especialización. Trabajo corresponsable.

6. Funciones del personal que labora en los servicios de educ. especial.

6.1. Docente de apoyo:

6.1.1. Asumir su práctica y desarrollo profesional con ética, conocer a los educandos para brindar atención educativa con inclusión, equidad y excelencia. En corresponsabilidad con el docente de EB y equipo de apoyo; favorece el aprendizaje de los "educandos que atiende". Colaborar con docentes en detección inicial, eval, psico., plan de intervención: diseño e implementación, provisión de apoyos, etc.