AMPARO DE INCONSTITUCIONALIDAD

Elementos del Estado Mexicano

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AMPARO DE INCONSTITUCIONALIDAD por Mind Map: AMPARO DE INCONSTITUCIONALIDAD

1. Plazos

1.1. 30 días naturales, posterior a la fecha de la publicación de la norma

1.2. Requisitos de la Acción de Inconstitucionalidad

1.3. • Nombre y firmas de los promoventes • órgano legislativo y ejecutivo que emitió y promulgo la norma • la norma general Ley o tratado internacional y el medio oficial de publicación • los numerales constitucionales violentados • los conceptos de invalidez o motivos que la hagan invalida

2. Controversias

2.1. • Entre dos o más estados • Entre los poderes de un mismo estado • entre los estados y la federación • entre la federación y un municipio • entre los estados en que la federación sea parte

2.2. De las características de la Acción Inconstitucional

2.3. • Es promovida para alegar la contradicción entre una norma impugnada y la ley fundamental • es promovida por los entes recurridos en el siguiente punto • Supone una solicitud para que la SCJN analice la constitucionalidad de una norma • combate cualquier tipo de norma • procede con normas generales • los efectos de la sentencia serán en sentido general • Protege el pacto federal protegiendo la parte dogmática y orgánica de la constitución. • No es necesario agotar recurso alguno para proceder con la acción de inconstitucionalidad

3. MATERIAS QUE SI SON MATERIA DE INCONSTITUCIONALIDAD

3.1. De conformidad con el art. 103 constitucional son materias de inconstitucionalidad: • Normas de carácter general, leyes que provengan del congreso, legislaturas de estado y tratados de los que México es parte. • Leyes electorales incluidas las que convocan a elecciones extraordinarias de legisladores y presidente. • Tratados internacionales En todos aquellos casos que las materias recurridas sean contrarias a la constitución será procedente la acción de inconstitucionalidad

4. MATERIAS QUE NO SON MATERIA DE INCONSTITUCIONALIDAD

4.1. • Reformas constitucionales (Genérica de conformidad con el artículo 135, la especial conforme al art.73 fracción III y la especial de conformidad con la fracción I y V del recurrido artículo. • Leyes emitidas por el poder ejecutivo en el ejercicio de facultades extraordinarias. • Leyes irregulares • Leyes o tratados que vulneren nuestra constitución solo la CNDH puede ejercitar esta acción. • acuerdos y ordenes emitidos por los ayuntamientos. • disposiciones emitidas por el consejo de salubridad. • Criterios jurisprudenciales emitidos por tribunales federales • decretos, aprobación de presupuesto de egreso que emite el congreso o las cámaras, así como la comisión permanente

5. Bibliografía

5.1. Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos. (04 de 10 de 1824). Congreso General Constituyente. México, México: poder constituyente. Recuperado el 26 de 01 de 2021 Espinoza Barragán, M. B. (2015). Juicio de Amparo. México: Oxfor. Recuperado el 23 de 02 de 2021

6. TITULARES DEL EJERCICIO DE LAS ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD

6.1. De conformidad con el art. 105 fracción II Constitucional la legitimación de la acción inconstitucional recae en: • El equivalente al 33% del número total de diputados. • El equivalente al 33% del número total de senadores. • La CNDH • El equivalente al 33% del número total de una legislatura de estado. • Los partidos políticos con registro ante el INE • El fiscal General • El Organismo Garante