Resolución 1016 de 1989

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Resolución 1016 de 1989 por Mind Map: Resolución 1016 de 1989

1. Articulo 1: los empleadores públicos, oficiales, privados, contratistas y subcontratistas se encuentran obligados a:

1.1. Organizar

1.2. Garantizar

1.3. Adecuado funcionamiento de un programa de salud ocupacional

2. Articulo 2: El programa de salud ocupacional consiste en:

2.1. Planeación

2.2. Organización

2.3. Ejecución

2.4. Evaluación de actividades de

2.4.1. Medicina preventiva

2.4.2. Medicina de trabajo

2.4.3. Higiene industrial

2.4.4. Tendientes a:

2.4.4.1. Perseverar

2.4.4.2. Mantener

2.4.4.3. Mejorar la salud individual y colectiva e los trabajadores

3. Articulo 3: Alternativas para la elaboración y ejecución de los programas de salud ocupacional para empresas y lugares de trabajo

3.1. Exclusivos y propios para la empresa

3.2. En conjunto con otras empresas

3.3. Contratados con una entidad que preste tales servicios

4. Párrafos 1 y 2:

4.1. Los patronos o empleadores responsables recursos financieros y físicos para el cumplimiento de programa

4.2. Se designara una persona para dirigir y coordinar las actividades para el desarrollo del programa ocupacional

5. Articulo 9 y 10:

5.1. De conformidad con el articulo 34 del decreto 614 de 1984, la contratación de los servicios de salud ocupacional con una empresa dedicada a la prestación de este tipo de servicios no implica el traslado de las responsabilidades del patrono o empleador al contratista

5.2. Los subprogramas de medicina preventiva y de trabajo tienen como objeto

5.2.1. Promoción

5.2.2. Prevención

5.2.3. control de salud

6. Articulo 11: El subprograma de higiene y seguridad industrial objeto: identificación, reconocimiento y control de factores ambientales

6.1. Principales actividades

6.1.1. Elaborar un panorama de riesgos

6.1.2. Identificar los agentes de riesgos físicos, químicos, biológicos, psicosociales, ergonómicos, mecánicos, eléctricos entre otros

6.1.3. Estudiar e implantar los programas de control requeridos por todos los riesgos

6.1.4. Diseñar y poner en practica los medios de protección efectiva

6.1.5. Supervisar y verificar la aplicación de los sistemas de control de los riesgos

7. Rama pasiva o estructural: Diseño y construcción de fabricación con material resistente

8. Articulo 12 y 13: Los comités de medicina, higiene y seguridad industrial

8.1. Se constituirán y funcionaran de conformidad con las disposiciones legales vigentes

8.2. deberán registrar su constitución ante las autoridades laborales

9. Articulo 16 y 17:

9.1. Se evaluara la empresa como mínimo cada seis meses

9.2. Las autoridades competentes exigirán los programas de salud ocupacional

10. reglamenta: La organización, funcionamiento y forma de los programas de salud ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el pais.

11. Articulo 4 y 5:

11.1. El programa de salud ocupacional de las empresas y lugares de trabajo se desarrollara mediante

11.1.1. Su actividad economica

11.1.2. Sera especifico

11.2. El representante legal de la empresa y el encargado de desarrollarlo contemplara las acitivdaddes de:

11.2.1. Medicina preventiva

11.2.2. Medicina de trabajo

11.2.3. Higiene industrial

11.2.4. Seguridad industrial

11.3. Programa de salud ocupacional de las empresas y lugares de trabajo estará constituido por:

11.3.1. Subprograma de medicina preventiva

11.3.2. Subprograma de medicina del trabajo

11.3.3. Subprograma de higiene y seguridad industrial

11.3.4. Funcionamiento del comité de medicina, higiene y seguridad industrial

12. Articulo 6,7 y 8:

12.1. Los programas de medicina preventiva, del trabajo, higiene y seguridad industrial de las empresas contaran con servicio de personal para la eficacia del programa de salud ocupacional

12.2. Se asegurara cobertura efectiva en todas las jornadas cuando funcionen mas de n turno

12.3. Requisitos mínimos para personas naturales o jurídicas

12.3.1. Se acreditaran mediante la respectiva autorización impartida por la autoridad competente

13. Actividades de los subprogramas de medicina preventiva y del trabajo son:

13.1. Realizar exámenes médicos, clínicos y para clínicos

13.1.1. Para admisión, ubicacion, periodicos ocupacionales, cambios de ocupacion y otras

13.2. Desarrollar actividades de vigilancia epidemiologica

13.3. Desarrollar actividades de prevención

13.3.1. de enfermedades profesionales, accidentes de trabajo y educación en salud

13.4. Investigar y analizar las enfermedades ocurridas

13.5. Informar a la gerencia sobre programas de salud a los trabajadores

14. Rama preventiva: normas legales y técnicas sobre combustible, equipos eléctricos fuertes de calor y sustancias peligrosas

15. Rama activa o control de las emergencias: Conformacion y organizacion de brigadas

15.1. Sistema de detección

15.2. Alarma comunicación

15.3. Selección y distribución de equipos de control fijos o portátiles

16. Articulo 14: El programa de salud ocupacional deberá tener actualizados los siguientes registros

16.1. Listado de materias primas y sustancias empleadas en la empresa

16.2. Agentes de riesgos por ubicación y prioridades

16.3. Relacion de trabajadores expuestos a agentes de riesgo

17. Articulo 15: Indicaciones para la evaluación de los programas de salud ocupacional

17.1. Índices de frecuencia y severidad de accidente de trabajo

17.2. Tasas de ausentismo general

17.3. Tasas especificas de enfermedades profesionales

17.4. Tasas especificas de enfermedades, profesionales en el ultimo año

18. Considerando

18.1. 1. Por decreto 614 de 1989, en sus artículos 28,29 y 30 obligación de adelantar programas de salud ocupacional

18.2. 2. Velar por la salud y seguridad de los trabajadores mediante los patronos

18.3. 3. Ejecución del programa permanente de salud ocupacional en los lugares de trabajo por los patronos y empleadores