Decreto 1295 de 1994 "sistema general de riesgos laborales
por Natalia Cortes
1. Suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo
2. Se sancionara a el empleador que no afilie a sus trabajadores
3. Todos los empleadores se deben afiliar al sistema general de riesgos profesionales
4. Las cotizaciones están a cargo de los empleadores
5. Dirigido, orientado, controlado y vigilado por el estado
6. Las entidades administradoras del sistema general de riesgos profesionales tendrán a su cargo la afiliación al sistema de y la administración del mismo
7. Aplicada en
7.1. Todas las empresas que ejecuten en la nacion
7.2. Todos los trabajadores del pais
7.3. Contratistas
7.4. Subcontratistas
7.5. De sector publico
7.5.1. Oficial
7.5.2. Semi oficial
7.5.3. Privado
8. Caracteristicas
9. Prestaciones asistenciales
9.1. Asistencia medica, quirurgica, teraeutica y farmaceutica
9.2. Servicios de hospitalización
9.3. Odontologia
9.4. Medicamentos
9.5. Servicios auxiliares de diagnostico y tratamiento
9.6. Prótesis y ortesis
9.7. Rehabilitación física y profesional
10. Riesgos profesionales
10.1. Accidente producido como consecuencia directa del trabajo
11. Accidente de trabajo
12. Determinación de la cotización
12.1. Actividad económica
12.2. Indicador de variación del índice de lesiones incapacitantes
12.3. Cumplimiento de políticas y del programa de salud ocupacional
13. Obligaciones de los trabajadores
13.1. Cuidado integral de su salud
13.2. Información de su estado de salud
13.3. Colaborar cumpliendo las obligaciones contraídas por los empleadores en este decreto
14. Incapacidad temporal: impide su función laboral por un tiempo determinado
14.1. Subsidio equivalente al 100%
14.2. Tiempo máximo 180 días
14.3. La ARP cancelaran la cotización de pensiones y salud
15. Invalidez
15.1. Invalidez entre el 50% y 66% pensión del 60% del ingreso base de liquidación
16. Pensión de sobrevivientes
16.1. Por muerte del afiliado 75% del salario base de liquidación
16.2. Por muerte del pensionado por invalidez el 100% de lo que recibia
17. Clase V: Riesgo máximo
18. Indemnización por incapacidad permanente parcial
19. Establecer actividades de promoción y prevención para mejorar las condiciones de trabajo
19.1. protección de riesgos
20. Definición: Conjunto de entidades publicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades
21. Objetivos del sistema general de riesgos profesionales
21.1. Fijar las prestaciones de atención de la salud de los trabajadores
21.1.1. Las prestaciones económicas por incapacidad temporal
21.2. Clase II: Riesgo bajo
21.3. Pagar a los afiliados las prestaciones económicas por incapacidad parcial o invalidez
21.3.1. Derivadas de las contingencias de accidente de trabajo o enfermedad profesional