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OBLIGACIONES por Mind Map: OBLIGACIONES

1. Efecto Principal de las Obligaciones.

1.1. Los efectos de la obligación son el pago o cumplimiento, el incumplimiento, los que surgen con relación a terceros y la protección jurídica del acreedor a través de las garantías del crédito.

1.1.1. Investigando acerca del concepto de pago tiene varios significados: coloquialmente hablando, es la suma de dinero que se entrega como forma de extinguir las obligaciones, en sentido amplio se trata de la entrega de una cosa, dinero, un hacer, un no hacer o una abstención y cumplimiento de la prestación pactada. El Código Civil menciona de forma sustantiva e incluso las palabras cumplimiento o pago son utilizadas de manera indistinta como sinónimos.

2. Incumplimiento de las Obligaciones.

2.1. Los derechos de la víctima a la que se le violó un deber jurídico son pedir indemnización, pago del daño y perjuicio (en su caso), exigir el cumplimiento forzado de la prestación de indemnizar a través de embargo, acción oblicua, acción revocatoria o acción contra la simulación.

3. Sujetos. Sujeto activo: Es el acreedor, es decir el que tiene la facultad de exigir el cumplimiento. El acreedor tiene un derecho personal que se encuentra en el activo de su patrimonio. Sujeto pasivo: Es el deudor, o sea aquella persona que tiene la carga de cumplir la prestación convenida. Para el deudor existe un deber jurídico (deuda) que se encuentra en el pasivo de su patrimonio.

3.1. .

4. ¿Qué es la ineficacia del acto jurídico? Artículo 224 del Código Civil: El acto jurídico anulable es nulo desde su celebración, por efecto de la sentencia que lo declare. La ineficacia en sentido general alude a la no producción de efectos jurídicos de un negocio jurídico, sea cual fuere su causal.

5. En derecho las obligaciones es una rama del derecho civil que influye en otras ramas del derecho público y privado

5.1. La palabra obligación es utilizada en muchas ocasiones como sinónimo de deber jurídico, es decir, que lo prescrito por la ley específicamente por los códigos civiles, son deberes jurídicos u obligaciones. Sin embargo, de acuerdo con Gutiérrez y González eso no es correcto, ya que existe una diferencia entre obligación y deber jurídico.

6. Existen varias teorías de las fuentes de las obligaciones, entre ellas, la teoría unitaria, la dualista, la tripartita, la cuatripartita y la tradicional.

6.1. La teoría unitaria considera a la ley como única fuente de la obligación y afirma que el hecho voluntario o involuntario o acto sólo producirá efectos si se encuentra regulado, asimismo, considera la autonomía de la voluntad como única fuente de la obligación y sostiene que todas las obligaciones tienen su origen en la voluntad humana, por lo que es la voluntad el elemento exclusivo que motiva y fundamenta la obligación.

6.1.1. La teoría dualista sustenta como fuentes de las obligaciones a la voluntad y la ley, en tanto que la teoría tripartita considera como fuente de las obligaciones al contrato, delito y diversas clases de causas. A su vez, la teoría cuatripartita contempla a los contratos, cuasicontratos, delitos y cuasidelitos, mientras que la tradicional a la ley, al contrato, cuasicontrato, el delito y cuasidelito.

7. Elementos de las obligaciones.

7.1. a).- Los sujetos de la relación jurídica obligación son el acreedor y el deudor. El acreedor es el sujeto activo de la obligación que es titular de un derecho subjetivo, comúnmente llamado derecho personal o derecho de crédito. El deudor es el sujeto pasivo de dicha relación que tiene a su cargo un deber jurídico denominado deuda.

7.2. El objeto es la conducta que el deudor queda constreñido a realizar, y que puede consistir en un dar, hacer o un no hacer.

7.3. La relación jurídica, es un vínculo reconocido y disciplinado por el Derecho objetivo, y por lo que se refiere a la relación jurídica de la obligación o derecho personal, es un vínculo creado por el Derecho objetivo, el cual faculta al acreedor a exigir una conducta del deudor y asegura su cumplimiento con la posibilidad de obtener compulsivamente su acatamiento.

8. MARCO JURIDICO

8.1. Código Civil, Libro Cuarto

8.1.1. Codigo Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla, Libro Cuarto.

8.1.1.1. También existen obligaciones a nivel mundial para los Estados. ACNUDH