TÍTULO II DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACIÓN EDUCATIVA

Organizador gráfico de Legislación del Sistema Nacional de Evaluación ANDRADE EDUARDO, ERAZO NICOLE 6B

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TÍTULO II DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACIÓN EDUCATIVA por Mind Map: TÍTULO II  DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACIÓN EDUCATIVA

1. Externa: Evaluación de infraestructura o estándares de calidad por parte del MINEDUC para el proceso de acreditación. Interna y externa: Evaluación realizada por autoridades y MINEDUC hacia los docentes para conocer el nivel de conocimiento de las distintas asignaturas.

2. CAPITULO I DE LOS ESTÁNDARES Y LOS INDICADORES

2.1. Art. 14.- Estándares de calidad educativa, indicadores de calidad educativa e indicadores de calidad de la evaluación.

2.1.1. Todos los procesos de evaluación deberán estar referidos a los siguientes estándares e indicadores: Estándares de calidad educativa, logros esperados en proceso de desarrollo de la comunidad educativa.( Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional) Indicadores de calidad educativa, parámetros que evidenciaran el cumplimiento de los estándares de calidad educativa.( Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional) Indicadores de calidad de la educación, se derivan los indicadores de calidad educativa, se detalla lo establecido y se hace operativo el contenido para el proceso evaluativo. (INEVAL).

2.1.1.1. En primer semestre se realizo la practica pre profesional en donde se evaluó a la institución en diferentes aspectos, uno de ellos la infraestructura. se evaluó mediante listas de cotejo en donde se encontraban estándares e indicadores de de calidad establecidos en las políticas educativas.

3. CAPITULO II DE LAS COMPETENCIAS Y FUNCIONES DE LA AUTORIDAD EDUCATIVA NACIONAL EN RELACIÓN CON EL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACIÓN EDUCATIVA

3.1. Art. 15.- Competencias relacionadas a la evaluación.

3.1.1. La Autoridad Educativa Nacional define las políticas de evaluación y rendición social de cuentas para que las instituciones puedan realizar su trabajo. También crea los estándares e indicadores de calidad educativa que utilizará el INEVAL para los distintos procesos de evaluación.

3.1.1.1. En el proceso de evaluación interna de una institución, las autoridades, docentes y personal administrativo deberá tomar en cuenta las políticas de evaluación establecidas. Al igual, el INEVAL para iniciar algún proceso de evaluación en los distintos aspectos educativos tendrá que hacer cumplir los estándares e indicadores de calidad educativa.

4. CAPITULO III DE LAS COMPETENCIAS Y FUNCIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE EVALUACIÓN EDUCATIVA

4.1. Art. 16.- Competencias.

4.1.1. El INEVAL es la instancia encargada del aspecto evaluativo del Sistema Nacional de Educación direccionada por las políticas de evaluación establecidas.

4.1.1.1. El INEVAL brinda las directrices para que los actores del proceso educativo evalúen los distintos procesos sean de enseñanza-aprendizaje como aspectos institucionales generales.

4.2. Art. 17.- Funciones y atribuciones.

4.2.1. Construir y aplicar los indicadores de calidad de la educación y los instrumentos para la evaluación del Sistema Nacional de Educación, estos deben ser pertinentes, coherentes y contextualizados. Basados en los estándares e indicadores de calidad y cumpliendo las políticas de evaluación educativa establecidas • Aplicar protocolos de seguridad en el diseño y toma de instrumentos para asegurar la confiablidad de resultados al proceso de evaluación • Diseño y aplicación de cuestionarios de factores asociados u otros instrumentos requeridos por el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional. • Diseño y administración del sistema en donde se ingresen todos los datos y resultados de los procesos evaluativos realizados y garantizar que la Autoridad Educativa Nacional pueda tener acceso a la misma.

4.2.1.1. Para nosotros hacer la evaluación en practicas pre profesionales se necesito de los instrumentos y cuestionarios creados por el INEVAL, basados en la política educativa.

4.3. Art. 18.- Políticas nacionales de evaluación educativa.

4.3.1. La Autoridad Nacional de Educación establece las políticas de evaluación y el INEVAL toma de referencia las mismas para cualquier proceso de evaluación que realice.

4.3.1.1. Las evaluaciones de opción múltiple que son presentadas en las instituciones como instrumento de evaluación también las utiliza el INEVAL para las pruebas de ingreso a la universidad y SER BACHILLER.

5. CAPITULO IV DE LA EVALUACIÓN EDUCATIVA

5.1. Art. 19.- Componentes del sistema educativo que serán evaluados.

5.1.1. Los componentes a evaluar se regirán a lo establecido por la LOEI en el artículo 68, estos serán: • Aprendizaje y aplicación del currículo • Desempeño de los profesionales de la educación • Gestión de los establecimientos educativos • Desempeño institucional global

5.1.1.1. Las practicas pre profesionales cada semestre se basan en estándares, indicadores y políticas educativas

5.1.2. Interna: Evaluación realizada por autoridades hacia los docentes para conocer el nivel de preparación en metodología y estrategias pedagógicas aplicadas en clase.

5.2. Art. 20.- Evaluación interna y evaluación externa

5.2.1. Evaluación interna y externa: Interna la realizan los sujetos que pertenecen al establecimiento educativo y la externa sujetos que no pertenecen al establecimiento educativo. Esta evaluación puede ser cualitativa y cuantitativa. Un establecimiento puede ser evaluado en combinación (interna y externa), el resultado será la suma de los resultados de las mismas.

6. CAPITULO V DE LA DIFUSIÓN DE LOS RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN

6.1. Art. 21.- Lineamientos para la difusión de resultados de la evaluación.

6.1.1. Los resultados de evaluación se publican de manera general y no individualizada. Deberá tener confidencialidad y se adjuntará informe de resultados históricos para la comparación de su progreso.

6.1.1.1. Al momento de iniciar el proceso de acreditación de una institución educativa, se entrega el informe de si fue acreditada o no. Se archivan todos los datos o parámetros que se incluyeron para la evaluación de la institución y el informe o acta queda de igual manera archivada para en un futuro ver el progreso y cambio que ha tenido la institución

6.2. Art. 22.- Resultados de la evaluación

6.2.1. Los incentivos o sanciones de los resultados de la evaluación deberán regirse a la normativa específica expuestas por las autoridades competentes.

6.2.1.1. Una institución será acreditada en el momento que cumpla todos los estándares o parámetros que se encuentren establecidos en las políticas educativas para la acreditación. Por otro lado, no será acreditada o reconocida por el MINEDUC.