1. Principios Generales del Derecho: Son principios fundamentales que nutren el derecho mercantil.
2. CONCEPTO: Es una serie de leyes que se ordenan en el derecho mercantil, que se encarga específicamente de regir las actividades comerciales. Los comerciantes son individuos naturales o jurídicos que hacen labores comerciales en forma constante.
3. FUENTES DEL DERECHO MERCANTIL:
3.1. Ley Mercantil: Conjunto de leyes especiales, aparte del Código de Comercio, que son parte de la legislación mercantil.
3.2. Usos y Costumbres: La reiteración de hechos y la práctica generalizada en un momento determinado se vuelven costumbre y adquieren fuerza de ley.
3.3. Otras fuentes no formales: Estas pueden ser resoluciones o jurisprudencia de los juzgados o tribunales mercantiles, o doctrinas u obras escritas acerca del derecho mercantil.
4. PIRÁMIDE DE KELSEN: Sistema jurídico graficado en forma de pirámide, el cual es usado para representar la jerarquía de las leyes. Se divide en 5 niveles:
4.1. Nivel Fundamental: Se encuentra la constitución, como la suprema norma de un estado y de la cual se deriva el fundamento de validez de todas las demás normas que se ubican por debajo.
4.2. Nivel Legal: Se encuentran las leyes orgánicas y especiales, seguido de las leyes ordinarias y decretos de ley
4.3. Nivel de Resoluciones Legislativas: Resoluciones emitidas por el congreso.
4.4. Nivel de Decretos Supremos: Decretos emitidos por el poder ejecutivo.
4.5. Nivel de las Resoluciones Supremas: Sentencias y normas jurídicas emitidas por los ministerios.
5. COMERCIANTE: Persona que tiene la capacidad de ejercer el acto de comercio. Según el artículo 5 del Código de Comercio, son comerciantes:
5.1. Personas con capacidad jurídica que ejerzan en nombre propio actos de comercio, haciendo de ello su ocupación habitual
5.2. Empresas individuales de responsabilidad limitada
5.3. Sociedades que se constituyan de conformidad con disposiciones de este Código, cualquiera que sea el objeto o actividad que desarrollen
5.4. Sociedades extranjeras y las sucursales y agencias de éstas, que ejerzan actos de comercio en el país, sólo cuando actúen como distribuidores de los productos fabricados por su compañía en Costa Rica
5.5. Disposiciones de centroamericanos que ejerzan el comercio en nuestro país
6. ACTO DE COMERCIO: Hace referencia a la adquisición que se realiza, a través de la concreción de un pago, de un producto o de los derechos sobre él, con el objetivo de obtener un lucro posterior. Por ejemplo:
6.1. Compra de telas para la confección de ropa que posteriormente será vendida.
6.2. Adquisición de bienes al por mayor, para luego ser revendidos con un margen de ganancia.