Principios de los Derechos humanos

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Principios de los Derechos humanos por Mind Map: Principios de los Derechos humanos

1. Indivisibilidad

1.1. La indivisibilidad significa que todos los derechos humanos están unidos por un mismo cuerpo de principios y que todos están situados a un mismo nivel. No hay derechos humanos más importantes que otros. Esto implica que cada derecho está vinculado al resto de tal modo que negarse a reconocer uno o privar de él, pone en peligro el mantenimiento del resto de derechos humanos que a la humanidad le corresponde.

2. Progresividad

2.1. Establece la obligación del Estado de generar en cada momento histórico una mayor y mejor protección y garantía de los derechos humanos, de tal forma, que siempre estén en constante evolución y bajo ninguna justificación en retroceso.

3. Igualdad y no discriminación

3.1. Los principios de igualdad y no discriminación constituyen la esencia de los derechos humanos y ayudan a reducir las desventajas por numerosas razones y en muchos ámbitos. Los derechos humanos no se restringen a grupos especiales. Son para todos, para toda la sociedad y para el mundo entero. Sin embargo, persiste la discriminación contra las minorías religiosas, étnicas y nacionales, las personas de ascendencia africana, los pueblos indígenas, las personas con discapacidad, los migrantes, las personas mayores, los niños, las mujeres y las personas LGBTI, entre otras. Las formas tradicionales de los prejuicios se combinan con la desigualdad social y de ingresos para impulsar el conflicto, el racismo y la xenofobia.

4. Irrenunciables e Inalienables

4.1. Dado que ningún ser humano puede renunciar a ellos ni transferirlos. Los derechos humanos son inalienables. No deberían suprimirse, a excepción de situaciones concretas y conforme a un procedimiento adecuado. Por ejemplo, el derecho a la libertad puede restringirse si una persona es declarada culpable de un delito por un tribunal de justicia.

5. Rendición de Cuentas

5.1. La obligación de dar explicaciones exige que los funcionarios públicos y las instituciones presenten justificaciones convincentes acerca de sus funciones y sus decisiones ante las personas afectadas, los órganos de supervisión, los electores e incluso toda la ciudadanía. La capacidad de imponer sanciones exige el establecimiento de mecanismos destinados a verificar si los funcionarios públicos y las instituciones acatan las normas establecidas y a garantizar la adopción de medidas correctivas y reparaciones, cuando sea necesario. La rendición de cuentas es la piedra angular del marco de los derechos humanos, que es un sistema de normas y prácticas que rigen la relación entre los “titulares de deberes” que ocupan cargos de autoridad y los “titulares de derechos” que se ven afectados por sus decisiones.

5.2. Dimensiones de la Rendición de Cuentas

5.2.1. En primer lugar, las normas de derechos humanos permiten delimitar las responsabilidades de los Estados y otros agentes del proceso de desarrollo. Los tratados internacionales fundamentales sobre derechos humanos ratificados por la inmensa mayoría de los Estados definen los pasos específicos que están obligados a dar para velar por el respeto, la protección y el cumplimiento de todos los derechos humanos que guardan relación con las metas substantivas de la política de desarrollo. Cuando los compromisos relativos al desarrollo humano se plantean en términos de los deberes en materia de derechos humanos que los sustentan, la rendición de cuentas acerca de los objetivos se convierte en una obligación legal, y deja de ser una cuestión de caridad o discreción.

5.2.2. En segundo lugar, la armonización de los compromisos en materia de desarrollo con el acatamiento de las normas de derechos humanos puede contribuir a crear las condiciones que permitan a la población exigir rendición de cuentas por sus acciones a quienes ejercen cargos de autoridad. Las garantías de libertad de expresión, de información, de asociación y de reunión son esenciales para asegurar la rendición de cuentas, permitir la participación significativa en los procesos de desarrollo, exigir responsabilidades a los funcionarios públicos, y ejercer una ciudadanía activa.

5.2.3. Por último, cuando los compromisos de desarrollo están armonizados con el marco de los derechos humanos la rendición de cuentas se ve reforzada, lo que crea medios adicionales para garantizar que la población pueda hacer valer sus derechos y obtener reparación si sus derechos se ven vulnerados como resultado del incumplimiento de esos compromisos. Existe una serie de instituciones nacionales e internacionales encargadas de evaluar las alegaciones de violaciones, deslindar responsabilidades y proporcionar reparación a las personas que han sido objeto de trato injusto, mediante procesos justos y transparentes.

6. Universalidad

6.1. Deviene del reconocimiento de la dignidad que tienen todos los miembros de la raza humana sin distinción de nacionalidad, credo, edad, sexo, preferencias o cualquier otra, por lo que los derechos humanos se consideran prerrogativas que le corresponden a toda persona por el simple hecho de serlo.

7. Interdependencia

7.1. Consiste en que todos los derechos humanos se encuentran vinculados íntimamente entre sí, de tal forma, que el respeto y garantía o bien, la transgresión de alguno de ellos, necesariamente impacta en otros derechos. En el entendido de que por esta interdependencia unos derechos tienen efectos sobre otros, se debe tener una visión integral de la persona humana a efecto de garantizar todos y cada uno de sus derechos universales.

8. Participación

8.1. La participación es el derecho a través del cual el poder político puede actuar de forma democrática, garantizando que la libre expresión de la voluntad de los ciudadanos sea el límite y origen de la legitimidad de su ejercicio, así como asiento de las decisiones sobre los asuntos públicos, en virtud de sus funciones y facultades para cumplirlas.

8.1.1. El ejercicio efectivo de la participación requiere del respeto a los siguientes principios democráticos básicos:

8.1.1.1. 1. Que la Constitución y las leyes subordinen el poder público a la soberanía popular. 2. Que la voluntad de la mayoría esté limitada por los derechos de las minorías. 3. Que los poderes públicos estén separados y gocen de independencia y equilibrio. 4. Que los representantes de los órganos ejecutivos y legislativos sean elegidos libremente de forma periódica, por sufragio universal, directo y secreto. 5. Que las decisiones públicas sean descentralizadas y regidas por normas de máxima publicidad y transparencia.