
1. TIPICIDAD
1.1. CONCEPTO
1.1.1. Desde cualquier tipo de conducta, ya sea positiva o negativa, es la acción de convertirla en una conducta antijuridica o legal.
1.2. ORIGEN
1.2.1. La historia de la tipicidad comienza como la historia del tipo. En Alemania a finales de el siglo XIX.
1.2.1.1. La primera fase de la evolución del término tipo es la llamada doctrina de Beling. (No es otra cosa más que una simple descripción, separándose de la culpabilidad y de la antijuricidad)
1.2.1.2. La segunda fase es en la que el tipo contiene carácter indiciario. (La tipicidad es indicio de la antijuricidad)
1.2.1.3. La tercera fase del tipo es la "Fase de Identidad". (El tipo no es una descripción de una conducta antijurídica, sino la razón de ser de ella o su fundamento )
1.3. ANTIPICIDAD
1.3.1. Se da cuando un hecho o conducta es atribuido a una persona, pero este no está en forma para caer a una conducta de tipo penal.
2. ANTIJURIDICAD
2.1. CONCEPTO
2.1.1. Es un desvalor que se le da a una tipicidad, ya que en la conducta ya interviene un hecho contrario a las normas jurídicas y que, además, no tiene una justificación.
2.1.2. Es un elemento del delito cuya presencia es necesaria para que este sea relevante o trascendente en el plano legal.
2.2. ORIGEN
2.2.1. Se trata de un concepto creado por el civilista alemán Rudolf von Ihering, que lo invocaba para describir cualquier acto contrario a derecho.
2.2.1.1. Se deriva de una conducta que no cae en antijuridicidad, ya que existe una justificación hacia la forma de actuar de un individuo.
2.3. CAUSAS DE JUSTIFICACIÓN.
2.3.1. Existen diversos principios donde se engloban las causas de justificación dentro del cual se encuentran: la legitima defensa y el estado de necesidad.
2.3.1.1. Legitima defensa: es un comportamiento nato, basado en el instinto de sobrevivencia, que se manifiesta al repeler una agresión, es decir "vim vi repellere licet"
2.3.1.1.1. Estado de necesidad: se basa en el instinto de supervivencia, ya sea en una situación de peligro que amenaza determinados bienes o en atención a un comportamiento lesiv. "necessitas legem non habet".