CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS PROFESIONALES DE LA CONTABILIDAD.

Estructura del Código de Ética para profesionales de la contabilidad

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CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS PROFESIONALES DE LA CONTABILIDAD. por Mind Map: CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS PROFESIONALES DE LA CONTABILIDAD.

1. 0325-17-13092 Yemny Jannette Olivares Aragón

2. ESTRUCTURA GENERAL DEL CÓDIGO

3. PARTE I: CUMPLIMIENTO DE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES Y DEL MARCO CONCEPTUAL -SECCION 100 A 199-

3.1. Un profesional de la contabilidad debe cumplir el código. La responsabilidad de un profesional de la contabilidad no consiste exclusivamente en satisfacer las necesidades de un determinado cliente o de la entidad para la que trabaja. Los profesionales de la contabilidad deben actuar en el interés público.

3.1.1. LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES

3.1.1.1. 1. INTEGRIDAD:

3.1.1.1.1. Un Contador debe ser recto, honesto y sincero en todas las relaciones profesionales y empresariales.

3.1.1.2. 2. OBJETIVIDAD:

3.1.1.2.1. Un Contador debe mantener su actitud imparcial, no comprometer los juicios profesionales por prejuicios, conflicto de intereses o influencia indebida de terceros.

3.1.1.3. 3. COMPETENCIA Y DILIGENCIA PROFESIONALES:

3.1.1.3.1. Alcanzar y mantener el conocimiento y la aptitud profesionales para asegurar que el cliente para el que trabaja reciban un servicio profesional competente y diligente basado en normas técnicas y profesionales actuales y la legislación aplicable.

3.1.1.4. 4. CONFIDENCIALIDAD:

3.1.1.4.1. Un Contador deberá respetar la confidencialidad de la información obtenida en las relaciones profesionales y empresariales. Y no debe revelar información alguna a terceros sin autorización.

3.1.1.5. 5. COMPORTAMIENTO PROFESIONAL:

3.1.1.5.1. Un Contador deberá cumplir las disposiciones legales y reglamentarias aplicables y evitar cualquier conducta que podría desacreditar a la profesión.

3.1.2. EL MARCO CONCEPTUAL

3.1.2.1. 1. El marco conceptual específica el enfoque del profesional de la contabilidad para: Identificar amenazas en relación con el cumplimiento de los principios fundamentales; evaluar las amenazas que se han identificado y; hacer frente a las amenazas eliminándolas o reduciéndolas a un nivel aceptable.

3.1.2.1.1. IDENTIFICACIÓN DE LAS AMENAZAS:

3.1.2.1.2. EVALUACIÓN DE LAS AMENAZAS:

3.1.2.1.3. HACER FRENTE A LAS AMENAZAS:

3.1.2.2. 2. El uso del juicio profesional se requiere cuando el profesional de la contabilidad aplica el marco conceptual para tomar decisiones informadas sobre formas de proceder disponibles y determinar si tales decisiones son adecuadas en función de las circunstancias.

4. PARTE IV: NORMAS INTERNACIONALES DE INDEPENDENCIA. PARTE 4A- INDEPENDENCIA EN ENCARGOS DE AUDITORÍA Y REVISIÓN. PARTE 4B- INDEPENDENCIA EN ENCARGOS DE ASEGURAMIENTO DISTINTOS DE LOS ENCARGOS DE AUDITORÍA Y REVISIÓN

4.1. PARTE 4 A - INDEPENDENCIA EN ENCARGOS DE AUDITORÍA.

4.1.1. La independencia va ligada a los principios de objetividad e integridad. Comprende:

4.1.1.1. 1. Actitud mental independiente: permite expresar una conclusión sin influencia que comprometan el juicio profesional, permitiendo que un individuo actúe con integridad, objetividad y escepticismo profesional.

4.1.1.2. 2. Independencia aparente: supone evitar los hechos y circunstancias que son tan significativas que un tercero con juicio y bien informado probablemente concluiría que la integridad, la objetividad o el escepticismo profesional de una firma o de un miembro del equipo de auditoría se han visto comprometidos.

4.1.2. ENTIDADES DE INTERÉS PÚBLICO::

4.1.2.1. 1. Se recomienda a las firmas que determinen si se deben tratar a otras entidades o a determinadas categorías de entidades, como entidades de interés público porque cuentan con una amplia variedad de grupos de interés. Deben tomar en cuenta la naturaleza del negocio, el tamaño y el número de empleados.

4.1.3. La firma aplicará el marco conceptual para identificar, evaluar y hacer frente a las amenazas en relación con la independencia del encargo de auditoría. La independencia deberá mantenerse tanto: durante el período del encargo (cuando el equipo del encargo comienza a llevar a cabo la auditoría) como durante el período cubierto por los estados financieros.

4.1.4. ENTIDADES VINCULADAS: según su definición, un cliente de auditoría que es una entidad cotizada incluye todas sus entidades vinculadas. En el caso de otras entidades, cualquier referencia al cliente de auditoría incluida en esta parte incluye las entidades vinculadas que el cliente controla directa o indirectamente.

4.1.5. FIRMAS DE LA RED: una firma de la red será independiente de los clientes de auditoría de las demás firmas pertenecientes a la red según lo requiere esta parte.

4.1.6. HONORARIOS: La naturaleza y el importe de los honorarios u otros tipos de remuneración podrían originar una amenaza de interés propio o de intimidación. Otros que pueden originar amenazas son:

4.1.6.1. 1. Honorarios contingentes

4.1.6.2. 2. Políticas de remuneración y de evaluación

4.1.6.3. 3. Regalos e invitaciones

4.1.6.4. 4. Litigios en curso o amenazas de demanda

4.1.6.5. 5. Intereses financieros

4.1.6.6. 6. Préstamos y garantías

4.1.6.7. 7. Relaciones empresariales

4.1.6.8. 8. Relaciones familiares y personales

4.1.6.9. 9. Relación de servicio reciente con un cliente de auditoría.

4.1.6.10. 10. Relación como administrador o directivo de un cliente de auditoría.

4.1.6.11. 11. Relación de empleo con un cliente de auditoría.

4.1.6.12. 12. Asignaciones temporales de personal.

4.1.6.13. 13. Servicios de auditoría interno

4.1.6.14. 14. Servicios de sistemas de tecnologías de la información

4.1.6.15. 15. Servicios de soporte en litigios -Servicios jurídicos -Servicios de selección de personal -Servicios de asesoramiento en finanzas corporativos

4.2. PARTE 4B -INDEPENDENCIA EN ENCARGOS DE ASEGURAMIENTO DISTINTOS DE LOS ENCARGOS DE AUDITORÍA Y DE REVISIÓN

4.2.1. Los ejemplos de estos encargos incluyen: una auditoría de elementos específicos, cuentas o partidas de un estado financiero, aseguramiento del desempeño en los indicadores clave del desempeño de una compañía.

4.2.2. Los encargos de aseguramiento tienen como finalidad incrementar el grado de confianza de los usuarios a quienes se destina el informe acerca del resultado de la evaluación o medida de una materia objeto de análisis sobre la base de ciertos criterios.

4.2.3. Tipos de encargos de aseguramiento:

4.2.3.1. 1. Encargos de aseguramiento sobre afirmaciones.

4.2.3.2. 2. Encargos de aseguramiento de informe directo.

4.2.3.3. 3. Múltiples partes responsables.

4.2.4. Cuestiones que pueden originar amenazas:

4.2.4.1. 1. Honorarios -Honorarios contingentes

4.2.4.2. 2. Regalos e invitaciones

4.2.4.3. 3. Litigios en curso o amenazas de demandas.

4.2.4.4. 4. Intereses financieros

4.2.4.5. 5. Préstamos y garantías

4.2.4.6. 6. Relaciones empresariales -Relaciones familiares y personales -Relación de de servicio reciente con un cliente de un encargo de aseguramiento.

4.2.4.7. 7. Otras cuestiones que se mencionan en la parte 4A.

5. PARTE II: PROFESIONALES DE LA CONTABILIDAD EN LA EMPRESA -SECCIÓN 200 A 299

5.1. Un profesional de la contabilidad en la empresa podría ser un empleado, un contratista, un socio, un administrador, un propietario-gerente o un voluntario que trabaja para una entidad.

5.2. Cumplirá los principios fundamentales y aplicará el marco conceptual para identificar, evaluar y hacer frente a las amenazas en relación con el cumplimiento de los principios fundamentales.

5.2.1. IDENTIFICACIÓN DE LAS AMENAZAS: se describen algunos ejemplos.

5.2.1.1. 1. AMENAZAS DE INTERÉS PROPIO: cuando tiene un interés financiero en la entidad para la que trabaja o recibe un préstamo o garantía de la misma. Participa en acuerdos de remuneración que contienen incentivos, tiene acceso a activos de la empresa para su uso personal, un proveedor ofrece al profesional un obsequio o un trato de favor.

5.2.1.2. 2. AMENAZA DE AUTORREVISIÓN: determina el tratamiento contable adecuado para una combinación de negocios después de haber realizado el análisis de viabilidad en el que se fundamentó la decisión de adquisición.

5.2.1.3. 3. AMENAZAS DE ABOGACÍA: tiene la oportunidad de manipular información en un folleto de emisión con el fin de obtener financiación de manera favorable.

5.2.1.4. 4. AMENAZAS DE FAMILIARIDAD: es responsable de la información financiera de la entidad para la que trabaja cuando un miembro de su familia trabajan para la entidad y toman decisiones que afectan a la información financiera de la entidad. Y cuando ha estado vinculado con las personas que influyen en las decisiones de negocios durante un período prolongado de tiempo.

5.2.1.5. 5. AMENAZAS DE INTIMIDACIÓN: cuando se enfrenta al riesgo de despido o de sustitución debido a un desacuerdo sobre la aplicación de un principio contable, el modo de reportar la información financiera.

5.2.2. EVALUACIÓN DE LAS AMENAZAS:

5.2.2.1. 1. La evaluación por el profesional del nivel de una amenaza también se ve afectada por la naturaleza y el alcance de la actividad profesional. También por el entorno de trabajo en la entidad empleadora y por el entorno en el que opera, por ejemplo:

5.2.2.1.1. Liderazgo que pone el acento en la importancia del comportamiento ético, políticas y procedimientos para recomendar y empoderar al personal para que comunique a la alta dirección las cuestiones relacionadas con la ética que le pueden preocupar, sin miedo a posibles represalias, así como las que se van a implementar y hacer seguimiento de la calidad del desempeño de la plantilla. Sistemas de supervisión corporativa, controles internos, etc.

5.2.3. HACER FRENTE A LAS AMENAZAS:

5.2.3.1. 1. En situaciones extremas, si las circunstancias que originaron las amenazas no son imposibles de eliminar y no hay salvaguardas disponibles que sean posibles aplicar para reducirlas a un nivel aceptable, podría ser adecuado que el profesional dimita de la entidad para la que trabaja.

5.3. Cuanto más elevado sea el puesto del profesional de la contabilidad, mayores serán su capacidad y las oportunidades de acceder a información y de influir en las políticas, en las decisiones y en las actuaciones de otros terceros relacionados con la entidad para la que trabaja.

5.3.1. 1. COMUNICACIONES CON LOS RESPONSABLES DEL GOBIERNO DE LA ENTIDAD: se determinará la persona o personas adecuadas dentro de la estructura de gobierno de la entidad con quienes comunicarse, luego deberá considerar la naturaleza y la importancia de las circunstancias y la cuestión que se debe comunicar.

5.4. CONFLICTOS DE INTERESES:

5.4.1. Un conflicto de intereses origina amenazas en relación con el principio de objetividad, y podría originar amenazas en relación con los demás principios fundamentales. Estas se dan cuando el profesional realiza una actividad relacionada con una determinada cuestión para dos o más partes cuyos intereses con respecto a dicha cuestión están en conflicto. El profesional no permitirá que un conflicto de intereses comprometa su juicio profesional.

5.4.1.1. IDENTIFICACIÓN: tomará medidas razonables para identificar circunstancias que podrían originar un conflicto de intereses y, en consecuencia, una amenaza en relación con el cumplimiento de uno o varios de los principios fundamentales.

5.4.1.1.1. 1. Se identificarán la naturaleza de los correspondientes intereses y relaciones entre las partes involucradas y la actividad y su implicación para las partes interesadas.

5.4.1.2. AMENAZAS ORIGINADAS POR CONFLICTO DE INTERESES: por lo general, cuanto más directa sea la relación entre la actividad profesional y la cuestión con respecto a la cual están enfrentados los intereses de las partes, mayor probabilidad habrá de que el nivel de la amenaza exceda lo aceptable.

5.4.1.2.1. 1. Un ejemplo de actuación que podría eliminar las amenazas es abandonar el proceso de toma de decisiones relacionado con la cuestión que origina el conflicto de intereses.

5.4.1.2.2. 2. Un ejemplo de actuación que podría ser salvaguardas para hacer frente a las amenazas incluyen, reestructurar o segregar determinadas responsabilidades y tareas, obtener una supervisión adecuada.

5.4.1.3. REVELACIÓN Y CONSENTIMIENTO: Es necesario revelar la naturaleza del conflicto de intereses y el modo en que las partes interesadas hicieron frente a las amenazas que se originaron. Obtener el consentimiento de las partes interesadas para que realice la actividad profesional cuando se aplican salvaguardas para hacer frente a las amenazas.

5.4.1.4. OTRAS CONSIDERACIONES: Se recomienda al profesional de la contabilidad que cuando se enfrente a un conflicto, solicite orientaciones de la entidad para la que trabaja o de otros, por ejemplo un asesor jurídico aplicando el principio de confidencialidad.

5.5. PREPARACIÓN Y PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN:

5.5.1. 1. La preparación o presentación de información incluye el registro, mantenimiento y aprobación de información, esto podría originar amenazas de interés propio, de intimidación y otras en relación con el cumplimiento de uno o varios de los principios fundamentales.

5.5.1.1. El profesional podría ser discreto si es necesario en la preparación o presentación de la información al hacer uso del juicio profesional. No utilizará esa discreción para inducir a error a terceros o influenciar resultados de manera inapropiada.

5.5.1.2. El profesional que prevé confiar en el trabajo de otros, tanto de dentro como de fuera de la entidad, hará uso de su juicio profesional para determinar que medidas tomar, puesto que deberá tomar en cuenta la reputación y especialización de la otra persona y los recursos de los que dispone, además de si la otra persona está sujeta a normas profesionales y de ética.

5.5.1.3. Cuando el profesional sabe o tiene motivos para creer que la información con la cual está vinculado induce a error, llevará a cabo las actuaciones adecuadas para resolver la cuestión.

5.5.1.4. Se recomienda que el profesional documente los hechos, principios contables, las comunicaciones y los terceros con los que se han discutido las cuestiones, las formas de proceder y el modo en el que ha intentado enfrentarse a la cuestión.

5.6. ACTUACIÓN CON LA ESPECIALIZACIÓN SUFICIENTE:

5.6.1. 1. Actuar sin la especialización suficiente origina una amenaza de interés propio en relación con el principio de competencia y diligencia profesionales. No inducirá a error intencionadamente a una entidad para la que trabaja en relación con su nivel de especialización y experiencia.

6. PARTE III: PROFESIONALES DE LA CONTABILIDAD EN EJERCICIO -SECCIONES 300 A 399-

6.1. APLICACIÓN DEL MARCO CONCEPTUAL: el marco conceptual requiere que los profesionales en ejercicio mantengan una especial atención ante la posible existencia de circunstancias que originen amenazas en relación con el cumplimiento de los principios fundamentales.

6.1.1. Una amenaza de interés propio también podría ser cuando el profesional propone unos honorarios tan bajos que, por ese precio, podría resultar difícil llevar a cabo el servicio profesional de conformidad con las normas técnicas y profesionales aplicables.

6.1.2. Una amenaza de abogacía puede ser cuando el profesional actúa como abogado en nombre de un cliente en litigios o disputas con terceros o realiza labores de lobby en favor de legislación por cuenta de un cliente.

6.1.3. Una amenaza de intimidación cuando ha sido informado de que no será promocionado tal como estaba previsto, salvo que acepte un tratamiento contable inadecuado.

6.2. Las disposiciones de la parte II se aplican a esta sección a diferencia que en este caso trabaja de manera independiente o cuando presta un servicio profesional a través de una firma.

6.3. EJEMPLOS DE SALVAGUARDAS:

6.3.1. Cuando se ha aceptado un encargo asignar tiempo adicional y personal cualificado a las tareas requeridas podría hacer frente a una amenaza de interés propio.

6.3.2. La revisión del trabajo realizado por un revisor competente que no fue miembro del equipo del encargo o su asesoramiento según sea necesario podría hacer frente a una amenaza de autorrevisión.

6.3.3. La utilización de distintos socios y equipos con líneas de mando diferenciadas para la prestación de servicios que no son de aseguramiento a un cliente de un encargo de aseguramiento podría hacer frente a amenazas de autorrevisión, familiaridad o abogacía.

6.3.4. Recurrir a otra firma para que participe en la realización de parte del encargo o para que realice de nuevo parte del mismo podría hacer frente a una amenaza de interés propio, autorrevisión, abogacía, familiaridad o intimidación.

6.3.5. Revelar a los clientes cualquier honorario por referencia o acuerdos de comisiones recibidas por recomendar servicios o productos podría hacer frente a una amenaza de interés propio.

6.4. RESPUESTAS AL INCUMPLIMIENTO DE DISPOSICIONES LEGALES Y REGLAMENTARIAS:

6.4.1. Se origina una amenaza de interés propio o de intimidación cuando el profesional tiene conocimiento de un incumplimiento o de la existencia de indicios de incumplimientos de las disposiciones legales y reglamentarias.

6.4.1.1. Al discutir el incumplimiento o la existencia de indicios de incumplimiento con la dirección y cuando sea adecuado, con los responsables del gobierno de la entidad, el profesional les aconsejará para que lleven a cabo las actuaciones adecuadas y en el momento oportuno para rectificar remediar o mitigar las consecuencias del incumplimiento, y revelar la cuestión a una autoridad competente cuando se requiera o cuando se considere necesario para el interés público.