
1. CONTROLES
1.1. La secretaria de hacienda municipal destaca taquillas de las ventas de boletas y/o en las porterías para el ingreso a los eventos un control directo
2. La declaración y pago del impuesto de espectáculos, se hará por cada evento realizado hasta dentro de los tres días hábiles siguientes a su realización
3. Artículos 206
3.1. Artículos 207
3.1.1. HECHO GENERADOR
3.1.1.1. Esta constituido por la celebración de todo espectáculo público
3.2. FUNFAMENTO LEGAL
3.2.1. Es propiedad exclusiva del municipio
4. ARTÍCULOS 208
4.1. ESPECTÁCULOS PÚBLICOS
4.1.1. Se aplica el impuesto cuando hay lo siguiente eventos:
4.1.1.1. Riña de gallos
4.1.1.2. Las ferias y exposiciones
4.1.1.3. Atracciones mecánicas
4.1.1.4. Las exhibiciones deportivas
4.1.1.5. Entre otros
5. Artículos 209
5.1. SUJETO ACTIVO
5.1.1. Tulua es el municipio sujeto activo del impuesto, y los encargados de la determinación y cobro del impuesto don la administración,fiscalización, entre otras
6. Artículos 210
6.1. SUJETO PASIVO
6.1.1. Son las personas naturales, jurídicas, sociedades de hechos y aquellos que realicen el hecho gravado
7. Artículos 211
7.1. BASE GRAVABLE
7.1.1. Es el valor de los ingresos bruto, obtenidos sobre monta total de boletas de entradas de espectáculos
8. Artículos 212
8.1. TARIFA
8.1.1. A la base gravable descrita en el artículo anterior se le aplica la tarifa del (10%)
9. Artículos 213
9.1. ESPECTÁCULOS EXENTOS DE LEY
9.1.1. Compañías o conjunto de danzas folclóricas
9.1.2. Ferias artesanales
9.1.3. Grupos de teatro
9.1.4. Grupos de música clásica
9.1.5. Entre otros
10. Artículos 214
10.1. OBLIGACIÓN ESPECIALES PARA LOS SUJETOS PASIVOS
10.1.1. La perdona responsable del evento o espectáculo, garantiza el lago del tributo
11. Artículos 216
11.1. REQUISITOS PARA EL OTRORGAMIENTO DE PERMISOS
11.1.1. Toda persona natural o jurídica debe solicitar un permiso en la secretaria de gobierno para dicho evento
12. Artículos 217
13. Artículos 219
13.1. OBLIGACIONES DE EXPEDIR FACTURA
13.1.1. Los contribuyentes están obligados a expedir facturas o documentos equivalentes
14. Artículos 220
14.1. DECLARACIONES Y PAGOS
15. Artículos 221
15.1. CONSECUENCIAS DE LA NO PRESENTACIÓN Y PAGO DE LA DECLARACIÓN
16. Artículos 222
16.1. DESTINACIÓN
16.1.1. El municipio tendrá a su cargo la construcción, administración, mantenimiento y adecuación de los respectivos escenarios deportivos financiados