CONTRATO DE MANDO

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CONTRATO DE MANDO por Mind Map: CONTRATO DE MANDO

1. contrato mediante el cual una persona encomienda a otra la realizacion de un acto o negocio, articulo 1686 del codigo civil.

1.1. caracteristicas:

1.1.1. BILATERAL O UNILATERAL: dependiendo si la responsabilidad recae en un solo contratante o bilateral si ambas partes se obligan

1.1.1.1. INTUITO PERSONA: la calidad de persona y la confianza es esencial del contrato, por lo que no se puede ceder o transferir a un tercero las obligaciones adquiridasm por tanto la muerte o incapacidad de cualquiera de las partes termina el mandato.

1.1.1.1.1. PREPARATORIO: cre relaciones juridicas entre el mandante y mandatario .

1.1.2. HONEROSO: solo si el mandatario lo ha aceptado expresamente asi, articulo 1689 C.C.

1.1.2.1. SOLEMNE: para que surta efectos debe hacerse en escritura pulica e inscribirse en el regstro de la propiedad.

1.1.2.1.1. PRINCIPAL: es un contrato que subsiste por si solo, independientemente de que los actos y negocios juridicos previstos se realicen o no, art. 1589 C.C

2. mandato especial

2.1. se otorga para que el mandatario realice uno o mas negocios determinados en su mismo genero o especie. art 1690 C.C

3. mandato general

3.1. se otorga a manera que el mandatario atienda todos los negocios del poderante, a manera dde efectuar todos los actos que tiendan a la preservacion, mantenimiento y explotacion productiva de tales bienes.

4. mandato proveniente del extrangero

4.1. cuando proviene un mandato del extranjero para que sea adminisble y pueda surtir efectos en el territorio, debe ser legalizado por el ministerio de relaciones exteriores art. 37 LOJ

5. mandato especifico

5.1. es mandato especifico el que se emplea para donar entre vivos, contraer matrimonio, otorgar capitulaciones matrimoniales, pactar las bases referentes a la separacion o el divorcio, demandar la nulidad o insubsistencia del matrimonio, constituir patrimonio de familia, reconocer hijos y negar la paternidad. art 1692

6. TERMINACION ARTICULO 1717 CODIGO CIVIL

6.1. a) por vencimiento del plazo por el que fue otorgado

6.2. b) por revocacion

6.3. por renuncia del mandatario

6.4. d) por la muerte o interdiccion del mandante o del mandatario.

6.5. f) por quiebra del mandante o por inhabilitacion sobreviviente al mandato.

7. mandato judicial

7.1. las personas habiles para gestionar ante los tribunales, que por cualquier razon no quieran o no puedan hacerlo personalmente, pueden comparecer por medio de mandatario judicial a cualquier acto siempre que tengan conocimiento d los hechos objeto de proceso.

8. MODALIDADES:

8.1. a) onerosidad

8.2. b) revocabilidad

8.3. c) relaciones.

9. ELEMENTOS

9.1. PERSONALES

9.1.1. mandante

9.1.1.1. persona que da el encargo

9.1.2. mandatario

9.1.2.1. el que lleva a cabo el accto o negocio juridico

9.2. CONSENTIMIENTO

9.2.1. para que surta efectos se requiere el consentimiento del mandate y el mandatario, misma que debera constar expresamente o tacita de acuerdo al art 1252 y 1687 C.C

9.3. OBJETO

9.3.1. lo constituyen los actos y negocios juridicos que el mandatario queda obligado a celebrar por cuenta de su mandante, el articulo 1688, establece que pueden ser objeto de mandato todos ñps actos o negocios para los que la ey no exige intervencion personal del interesado

9.4. FORMA

9.4.1. otorgada en escritura publica art 1687

9.4.2. debera registrarse en el registro de mandatos que se llevan al archivo general de protocolos y en su caso en el registro mercantil. art, 1704 C.C, 189 LOJ Y 338 C.C.

9.5. ACEPTACION

10. OBJETO

10.1. el objeto de mandato lo contituyen los actos y negocos juridicos que el mandatario queda autorizado a clebrar, por cuenta de su mandante. el articulo 1688 dice que pueden ser objeto de mandato todos los actos o negocios para los que la ley no exige intervencion personal del interesado y prohibe expresamente, el otorgamiento de mandato para testar o donar por causa de muerte y para modificar o revocar tales disposiciones.

11. obligaciones del mandante

11.1. a) asumir todos los derechos y responder por la obligaciones derivados de los negocios juridicosrealizados por el mandatario en ejercicio del mandato art 1712

11.2. b) indemnizar al mandatario de todos los daños y perjuicios que le haya causado el cumplimiento del mandato art 1714.

11.3. c) proveer de fondos al mandatario, si este lo pide, para el cumplimiento del mandato y alternativa o adicionalmente, reemboldar los gastos en que el mandatario incurre en el cumplimiento del mandato, mas intereses al tipo legal, aunque el negocio realizado por el mandatario por cuenta del mandante no haya tenido exito, sin culpa del mandatario art. 1713 C.C.

11.4. d) retribuir al mandatario pagandole los honorarios que se hayan convenido, o a falta de convenio, los que fije el juez.

11.5. e) responder en forma mancomundad solidaria, en caso que fueren varios los mandantes que encargan al mandatario un negocio comun. art, 1716 C.C.

12. OBLIGACIONES DEL MANDATARIO

12.1. a) desempeñar con toda diligencia y responder ante el mandane por los daños y perjuicios que le cause, en caso de no ejecutar la encomienda. art 1705 C.C.

12.2. b) obligacion del ejercicio personal del mandato. art 1707 C.C

12.3. c) obligacion de rendir cuentas de todos los actos y negocios realizados en ejercicio del mandato art 1706. ademas de mantener informado de las acrividades realizadas y la obligacion de entregar todos los bienes que tiene en su poder caundo el mandante lo requiera.

12.4. obligacion de lealtad. I no ejercer mandato donde los intereses esten o puedan estar en conflicto. II no renunciar injustificadamente del ejercicio del mandato art 1708. IIIno usar para si ni en beneficio de sus parientes los bienes del mandante salvo previa autorizaion expresa art 1710. IV no celebrar autocontratos si no es con consentimiento y autorizacion expresa del mandante art 1694.