1. Las maestras y los maestros son agentes fundamentales en el proceso Enseñanza- Aprendizaje
2. El estado priorizara el interes superior de niños, niñas y adolescentes, en el acceso permanencia y participacion en los servicios educativos
3. La ley establecerá las disposiciones para la carrera de los maestros y las maestras en sus funciones de docente, directivo y supervision.
4. El estado fortalecerá las instituciones de formación docente y las publicas.
5. Sera una educacion inclusiva, intercultural integral y de excelencia
6. Contribuira a la mejor convivencia humana
7. Con un enfoque de derechos y de igualdad sustantiva.
8. La junta directiva será la responsable de la conducción, la planeación programación y organización a la que se refiere este articulo., será integrada por 5 personas que duraran en su cargo 7 años en forma escalonada y serán nombrados por la cámara de diputados. El presidente de la junta directiva será nombrado por sus integrantes y presidirá el consejo técnico de educación.
9. Toda persona tiene derecho a recibir educacion , El estado impartira educacion basica y educacion media superior las cuales son obligatorias.
10. La educación inicial es un derecho y corresponde al Estado concientizar sobre ella.
11. Los procesos de admisión y promoción se realizaran a través de procesos de selección en igualdad de condiciones.
12. El estado garantizara que los materiales didácticos , la infraestructura su mantenimiento y el entorno sean idóneos para el trabajo.
13. La educacion basica sera gratuita
14. Educación laica por lo tanto se mantendrá ajena a toda doctrina religiosa.
15. Las universidades podrán gobernarse a si mismas.