ASEGURAMIENTO AL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

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ASEGURAMIENTO AL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD por Mind Map: ASEGURAMIENTO AL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

1. Deben estar afiliados las personas pobres y vulnerables del país clasificados por niveles 1 o 2 del Sisbén, siempre y cuando no estén afiliados al regimén contributivo Sisbén " sistema de selección de beneficiarios " el permite identificar las necesidades de la población mas pobre , se realiza una encuesta y se obtiene un puntaje , si este es muy alto se debe dirigir a la oficina del Sisbén con la cedula. Para ingresar al Sisbén no pueden estar en el regimén subsidiado en salud - las personas que tengan un vinculo laboral - las personas que están en capacidad de pago . Las personas que están en el Sisbén tienen todo el derecho de ser atendidos por urgencias y medicina general, en este sistema no se pagan incapacidades por enfermedad general, maternidad, tampoco se pagan cuotas moderadoras por prestación de servicios , control prenatal, atención por urgencias y los del nivel 2 en el sisen solo pagaran el 10% de lo que cuesta la atención

2. OBJETIVO Regular el servicio público esencial de salud y crear condiciones de acceso para toda la población residente del país, en todos los niveles de atención.

3. funciones

3.1. • Dar capacitación de los aportes de los afiliados al SGSS • Afiliar a la población no cubierta • Organizar la forma en que los afiliados y sus familias puedan acceder a los servicios de salud • Garantizar el libre acceso de los afiliados y sus familias • Establecer procedimientos para controlar la atención integral

4. ¿Una persona puede cotizar solo al Sistema General de Seguridad Social en Salud?

4.1. • No, Por regla general todas las personas que se encuentren afiliadas como cotizantes al Régimen Contributivo tienen que realizar aportes tanto a salud como a pensión, salvo las excepciones de Ley, entre las cuales se encuentran las personas inscritas en el Registro de Independientes de Bajos Ingresos. • las personas pensionadas no están obligadas a pagar pensión

5. se afilian

5.1. • las personas con un contrato de trabajo • Los servidores públicos pensionados • Los independientes con capacidad de pago l

5.2. afiliación al regimen contributivo

5.2.1. SI es empleado dependiente la responsabilidad es del empleador

5.2.2. En caso del pensionado solo informa al fondo de pensiones en que EPS esta

5.2.3. El independiente se afilia por su cuenta.

5.3. quienes se pueden afiliar

5.3.1. • A la conyugue permanente • Los hijos menores de 18 años • Los hijos con incapacidad permanente • Las personas que tengan menos de 25 años y que estén estudiando, sino tienen conyugue y no tienen hijos pueden afiliar a los padres

5.4. se pueden afiliar otras personas

5.4.1. • si, pero si dependen económicamente del afiliado y hasta un grado de tercera generación, si hay un menor de 12 años y no es de la familia se puede hacer u pago adicional

5.5. Afiliación de un recién nacido

5.5.1. Todo recién nacido queda automáticamente afiliado a la EPS que pertenezca la madre, solo con el certificado de nacido l

5.5.2. se paga UPC adicional

5.5.2.1. • cuando se trata de recién nacido de hija beneficiaria de cotizante , debe ser menor de 18 años y de 25 si esta estudiando y que sea madre de un recién nacido hasta que se cumpla un año

6. Porcentaje de cotización de salud y pensión

6.1. • La cotización al regimén contributivo en salud dependiente es del 12.5 % mensual • El 8.5% es el empleador y el 4% del empleado • La pensión es del 16%

6.2. ¿se deben realizar aportes al sistema general de seguridad social si tiene ingresos adicionales a la mesada pensional o trabajador dependiente?

6.2.1. • Sí. Cuando una persona tiene varias fuentes de ingreso como trabajador dependiente y/o independiente deberá hacer los respectivos aportes en salud a la EPS a la cual se encuentre afiliado y en pensión al Fondo de Pensiones al que pertenezca • Los pensionados que reciban ingresos adicionales a su mesada pensional deberán hacer los respectivos aportes en salud a la EPS donde se encuentren afiliados, sobre el 12.5% de la totalidad de ingresos percibidos.

6.3. ¿Quiénes están exonerados en pagar aportes parafiscales y cotizaciones al regimén contributivo en Salud de conformidad con el artículo 31 de la Ley 1607 de 2012 y el artículo 7 del Decreto 1828 de 2013??

6.3.1. • Desde el primero de enero hay algunas sociedades que no pagan parafiscales siempre y cuando cumplan con las condiciones solicitadas

7. Articulos 30 al 38: Afiliaciones colectivas

7.1. Trata de un mecanismo de afiliación concebido únicamente para los trabajadores independientes, a través de entidades de salud, se realizara el pago por asociaciones autorizadas por el ministerio de salud . Decreto 3615 de 2005 se modificaron por los decretos 2172 de 2009 y 692 de 2010, sus funciones principales son:-facilitar la afiliación. -pago de aportes para trabajadores independientes . Las entidades autorizadas para realizar la afiliación son : El ministerio de salud y protección social

8. ARTULOS DEL 39 al 53: afiliación al regimén subsidiado

9. Se integra

9.1. • El estado • Ministerio de salud • Protección social • Eps , Ips • Entidades territoriales y superintendencia nacional de salud

10. se accede

10.1. • A través del régimen subsidiado y contributivo

11. regimén contributivo

11.1. Pagos

11.1.1. • Aportes obligatorios al SGSS • Riesgos laborales • Cuotas moderadoras • Copagos

11.2. ¿Cuáles son los beneficios por estar afiliado al Régimen Contributivo en Salud?

11.2.1. − El cotizante y su familia tienen derecho a recibir todos los servicios del Plan Obligatorio de Salud (POS) -Recibir un subsidio en dinero en caso de incapacidad − Recibir un subsidio en dinero en caso de licencia de maternidad -Afiliar a su familia sin costo adiciona

12. requisitos para realizar aportes cuando se trabaja por períodos inferiores a un mes, de conformidad con lo establecido en el Decreto 2616 de 2013?

12.1. • Que se encuentren vinculados laboralmente • Que el contrato sea por tiempo parcial, es decir, que en un mismo mes, sea contratado por periodos inferiores a treinta (30) días. • Que el valor que resulte como remuneración en el mes sea inferior a un (1) salario mínimo mensual legal vigente

13. ¿Qué son las cuotas moderadoras y quiénes deben pagarlas?

13.1. Es un aporte en dinero que debe ser pagado por todos los cotizantes o beneficiarios cada vez que asisten al médico, odontología o un especialista y su valor varia e acuerdoal ingreso salarial.

13.2. ¿Se deben pagar cuotas moderadoras por atención inicial de urgencias?

13.2.1. Esta cuota no se pagara, siempre y cuando el médico indique que no es una verdadera urgencia

14. ¿Qué son los copagos y quiénes deben pagarlos?

14.1. Son los aportes en dinero que deben realizar únicamente los beneficiarios, de acuerdo con el Ingreso Base de Cotización del afiliado cotizante

14.2. ¿En qué casos deben pagarse copagos?

14.2.1. Hospitalización y procedimientos quirúrgicos

14.3. ¿Se pueden cobrar simultáneamente por la prestación de un servicio cuotas moderadoras y copagos?

14.3.1. En ningún caso podrán aplicarse simultáneamente para un mismo servicio copagos y cuotas moderadoras.

14.4. ¿Cuál es el valor de los copagos y de las cuotas moderadoras?

14.4.1. Tanto las cuotas moderadoras como los copagos se actualizan año a año con base en el incremento del salario mínimo

15. Articulo del 54 al 58: Traslado de EPS

15.1. Cuando el afiliado cumple un año puede realizar el traslado libremente para la entidad de su preferencia, se requiere no estar en deuda con la EPS , no estar incapacitado y no tener licencia e maternidad. Cuando se cambia de residencia o municipio y la EPS no rige en ese lugar , el puede realizar el traslado para que labore en ese lugar

16. Articulo del 59 al 69: Portabilidad

16.1. Garantiza que los ciudadanos puedan acceder sin tramites excesivos e innecesarios .Decreto 1683 de 2013 , a partir del 3 de nov de 2013, esto opera cuando se hace cambio de municipio o dispersión del núcleo familiar y emigración3e

17. Articulo 70 al 78: Regimén contributivo y regimen subsidiado

17.1. El decreto 3047del 2013, es establecer las condiciones y reglas , opera que el regimén subsidiado se mantenga en la misma EPS, con todos los beneficios , los aportes se hacen mediante vinculación laboral, el afiliado debe solicitar a la EPS la movilidad del sistema.

17.2. Cambio del regimén subsidiado o contributivo , con el fin de no perder la continuidad

18. Articulo del 79 al 82 :Inspección vigilancia y control

18.1. La ley 1122 de 2007 define el sistema de inspección , vigilancia y control de SGSSS como el conjunto de normas, agentes y procesos articulados entre si. La superintencia nacional de salud, vigila y controla para que se cumplan todas las normas, cualquier incumplimiento con el afiliado sobre la EPS, el mismo afiliado puede dirigirse a la superintendencia nacional de la salud .