Poder Judicial de la Federación

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Poder Judicial de la Federación por Mind Map: Poder Judicial de la Federación

1. ¿Qué es y a que se dedica?

1.1. Es el órgano responsable de defender el orden establecido por la constitución política, de mantener el equilibrio entre los distintos poderes y ámbitos del gobierno y de solucionar de manera definitiva asuntos de gran importancia para la sociedad.

2. ¿Como esta integrado?

2.1. SCJN

2.1.1. ¿Qué es, y a que se dedica?

2.1.1.1. Es la cabeza del poder Judicial de la Federación

2.1.1.2. De manera especifica, le corresponde tratar los llamados medios de control de la constitucionalidad, como son:

2.1.1.2.1. Amparos directos trascendentales. Recursos. Casos de incumplimiento de sentencias o repetición de actos reclamados. Casos de violaciones a la suspensión del acto reclamado o de admisión de fianzas ilusorias o insuficientes. El juicio de amparo: Las controversias constitucionales. Las acciones de inconstitucionalidad. Las determinaciones de constitucionalidad sobre la materia de consultas populares.

2.1.2. La Suprema Corte de Justicia de la Nación es el Máximo Tribunal Constitucional del país, en virtud de lo cual, tiene como responsabilidad fundamental la defensa del orden establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, además de solucionar de manera definitiva, otros asuntos jurisdiccionales de gran importancia para la sociedad.

2.1.2.1. Organigrama

2.2. Tribunal Electoral

2.2.1. ¿Qué es?

2.2.2. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación es un órgano especializado del Poder Judicial de la Federación, es el encargado de resolver controversias en materia electoral y proteger los derechos político-electorales de los ciudadanos.1​ En la actualidad, está conformado por una Sala Superior, integrada por siete magistrados electorales; cinco salas regionales, integradas por tres magistrados; y una Sala Especializada, con tres integrantes también.

2.2.2.1. El Tribunal está organizado en una Sala Superior, integrada por 7 Magistraturas, y cinco Salas Regionales, con 3 Magistraturas cada una. Cada sala regional cuenta con una Secretaría General de Acuerdos, en apoyo a la función jurisdiccional.

2.3. Tribuanles colegiados de circuito

2.3.1. ¿Qué es?

2.3.2. los tribunales colegiados “tienen la facultad de resolver, según la naturaleza del asunto del que emerja el acto reclamado, ya sea penal, administrativo, civil o mercantil y laboral, con la limitante de que se trate de resoluciones, sentencias o laudos, dictados en juicios del orden local o federal

2.4. Tribunales de los estados y distritos

2.4.1. ¿Qué es?

2.4.2. Los tribunales de los Estados y del Distrito Federal en los casos previstos por el artículo 107, fracción XII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los demás en que, por disposición de la ley deban actuar en auxilio de la Justicia Federal.

2.5. Consejo de la Judicatura Federal

2.5.1. ¿Qué es?

2.5.2. En México, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y de la carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

2.5.2.1. El Consejo de la Judicatura Federal contará con un secretario ejecutivo, el cual estará integrado cuando menos por los siguientes secretarios:

2.5.2.1.1. I. El secretario ejecutivo del Pleno y Carrera Judicial; II. El secretario ejecutivo de Administración, y III. El secretario ejecutivo de Disciplina. El secretariado ejecutivo contará con el personal que fije el presupuesto.

2.5.2.2. DE LA VISITADURIA JUDICIAL

2.5.2.2.1. La Visitaduría Judicial es el órgano auxiliar del Consejo de la Judicatura Federal competente para inspeccionar el funcionamiento de los tribunales de circuito y de los juzgados de distrito, y para supervisar las conductas de los integrantes de estos órganos.

2.5.2.3. Órganos Auxiliares

2.5.2.3.1. Instituto de la Judicatura Federal Instituto Federal de Defensoría Pública Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles Visitaduría Judicial Contraloría del Poder Judicial de la Federación

2.6. Jurado Federal de ciudadanos

2.6.1. ¿Qué es?

2.6.2. El Jurado Federal de Ciudadanos es el órgano competente para resolver, por medio de un veredicto, las cuestiones de hecho que le son sometidas por los jueces de distrito con arreglo a la ley. Se forma de 7 ciudadanos designados por sorteo, en los términos que establece el Código Federal de Procedimientos Penales.

2.6.2.1. Conoce de los delitos cometidos, por medio de la prensa, contra el orden público o la seguridad exterior o interior de la Nación, y los demás que determinen las leyes.

2.7. Tribunales Unitarios de Circuito

2.7.1. ¿A que se dedica?

2.7.2. Son órganos jurisdiccionales de segunda instancia en juicios del orden federal, ya sea penal, civil y administrativo, y de primera instancia, en los juicios de amparo indirecto, cuando se impugne un acto de autoridad de diverso Tribunal Unitario de Circuito.

2.7.2.1. Artículo 29 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación

2.7.2.1.1. I. De los juicios de amparo promovidos contra actos de otros tribunales unitarios de circuito, que no constituyan sentencias definitivas, en términos de lo previsto por la Ley de Amparo respecto de los juicios de amparo indirecto promovidos ante juez de distrito. En estos casos, el tribunal unitario competente será el más próximo a la residencia de aquél que haya emitido el acto impugnado; II. De la apelación de los asuntos conocidos en primera instancia por los juzgados de distrito; III. Del recurso de denegada apelación; IV. De la calificación de los impedimentos, excusas y recusaciones de los jueces de distrito, excepto en los juicios de amparo; V. De las controversias que se susciten entre los jueces de distrito sujetos a su jurisdicción, excepto en los juicios de amparo, y VI. De los demás asuntos que les encomienden las leyes. Los tribunales unitarios de circuito tendrán la facultad a que se refiere la fracción XVII del artículo 11 de esta ley, siempre que las promociones se hubieren hecho ante ellos.

2.8. Juzgados de distrito

2.8.1. ¿Qué es?

2.8.2. Son los órganos jurisdiccionales de primera instancia del Poder Judicial de la Federación. Están a cargo de un Juez de Distrito, quien es auxiliado por secretarios, actuarios y otros empleados.

2.8.2.1. En virtud de lo anterior, sus facultades y competencias dependen de la materia que se le designe de acuerdo a los artículos del 50 al 55-bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, sin embargo en términos generales les corresponde resolver:​ Juicios relacionados con la aplicación de leyes federales en las materias civil, penal y administrativa, o de tratados internacionales, y Juicios de amparo indirecto en las materias civil, penal, administrativa y laboral. Algunos de estos órganos están especializados solo en una materia –penal, administrativa, civil o laboral–, mientras que otros conocen de dos o más materias.

3. Funcionarios judiciales auxiliares

3.1. Secretarios de Estudio y Cuenta: son funcionarios auxiliares de los Ministros, encargados del estudio, análisis y propuesta de proyectos de resolución de la Suprema Corte. Secretarios: son funcionarios auxiliares encargados de dar fe de las actuaciones, examinar las solicitudes de demandas y requerimientos, y presentar proyectos de resolución al juez o magistrado respectivo. Los secretarios de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de Distrito pueden desarrollar distintas tareas, tales como: Secretario de Acuerdos. Secretario Proyectista. Secretario de Compilación de Tesis. Actuarios: son funcionarios auxiliares, que revisten el carácter de ministro de fe pública, encargados de notificar a las partes, o terceros, de las resoluciones de los tribunales, en los procedimientos tramitados ante ellos.