LAS CONSECUENCIAS JURIDICAS DEL DELITO

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LAS CONSECUENCIAS JURIDICAS DEL DELITO por Mind Map: LAS CONSECUENCIAS JURIDICAS DEL DELITO

1. PENA

1.1. La consecuencia jurídica del delito. Se puede definir la pena como “la privación de un bien impuesta en virtud de un proceso al responsable de una infracción prevista por la Ley”.

1.1.1. Clasificación de las penas

1.1.1.1. Penas corporales. Penas infamantes. Penas inhabilitantes. Penas privativas de libertad. Penas pecuniarias.

2. PUNIBILIDAD

2.1. es un elemento secundario del delito, que consiste en el merecimiento de una pena, en función o por razón de la comisión de un delito; dichas penas se encuentran señaladas en nuestro Código Penal.

2.1.1. Por regla general, puede afirmarse que estamos ante un delito cuando se constata la existencia de un comportamiento típico, antijurídico y culpable.

3. TEORIA SOBRE LOS FINES DE LA PENA

3.1. Los fines de la pena son los objetivos que tratan de conseguirse mediante su imposición. Los objetivos o fines son la retribución, la prevención y la rehabilitación.

3.1.1. Retribución

3.1.1.1. La retribución se considera como el intento de volver las cosas al estado que tenían antes de la comisión del delito y, como es materialmente imposible, el castigo o respuesta que la sociedad da al delincuente por el mal que causó.

3.1.1.1.1. Prevención

4. CLASIFICACION DE LAS PENAS

4.1. Penas corporales

4.1.1. En sentido estricto, las penas corporales son las que afectan a la integridad física. También puede entenderse pena corporal en sentido amplio como aquellas que no sean pecuniarias.

4.1.1.1. Penas infamantes

4.1.1.1.1. Aquellas que afectan el honor o dignidad de la persona.

5. PUNICION

5.1. La punición se da en la instancia judicial,y es el momento en el cual el juez dictamina que el sujeto es merecedor de la privación o restricción de bienes señalada en la puniblidad.

5.1.1. Es la fijación de la concreta privación o restricción de bienes al autor del delito. Es decir, la punición es la concreción de la punibilidad al caso individual, y da al infractor la calidad de merecedor de la sanción correspondiente, en función de haber realizado la conducta típica.