Los diferentes órdenes Que rigen la conducta del Hombre
por Kathleen Gonzalez❤️
1. Normas religiosas: El ser humano no solamente necesita participar y comunicarse con sus semejantes, sino que también del apoyo y guía de entes superiores a él, tales como Dios.
1.1. Las normas religiosas, por su naturaleza, participan en gran parte de los rasgos de las normas morales, ya que el contenido de ambas tiene como fin los aspectos interiores de los individuos.
2. Normas del trato social:
2.1. diferentes enfoques y denominaciones: usos sociales, normas convencionales, convencionalismos sociales y reglas del trato social. Respecto de su naturaleza se les ha clasificado en forma paralela a las jurídicas, considerándolas una etapa embrionaria de las normas jurídicas, o como una degeneración de las mismas. Son prácticas colectivas a las que la sociedad
3. Diferencias entre moral y derecho.
3.1. En el primer caso, se trata de un deber que tiene el obligado de "HONRAR A SUS PADRES". En el segundo caso, no sólo se tiene el deber sino que también hay la deuda, y esto es así porque frente al obligado de la norma jurídica existe un sujeto pretensor que tiene el derecho o la facultad, para exigir el pago de la deuda que, en el caso, es el de daños y perjuicios por el incumplimiento de la obligación.
4. Normas religiosas Unilaterialidad.- Los deberes impuestos por las normas religiosas no producen facultades correlativas en favór de otro sujeto para exigir su cumplimiento, cuando más, es posible recomendarlo, sugerirlo, pero de ninguna manera imponerlo. Interioridad.- Se desprende en razón de que el cumplimiento de la obligación que impone la norma va más allá de la conducta que el obligado manifiesta, ya que además es necesario el pleno convencimiento de el sujeto, de tal manera que si una persona va a misa los d
5. HETERONOMíA: La norma jurídica es heterónoma. Esto implica que el gobernado a quien se le aplica la norma jurídica, está sujeta a un querer ajeno; por ende renuncia a la facultad de autodeterminación, de tal suerte que se encuentra el sujeto sometido a un poder extraño que le impide el libre desarrollo de su naturaleza.
5.1. COERCIBILIDAD: La norma jurídica es coercible y coercibilidad implica la facultad de la autoridad para hacer valer el Derecho en los casos en que éste no se cumpla o no sea respetado de forma alguna por el gobernado; a mayor abundamiento la coercibilidad es la posibilidad de exigir el cumplimiento
5.1.1. Normas jurídicas La Heteronomía se manifiesta en que el mandato es impuesto por un sujeto diferente del obligado; así tenemos que las normas jurídicas son impuestas a las personas por el poder del Estado, por lo que la voluntad de quien debe cumplirlas es irrelevante para el Derecho.