1. Cap3 AUTORIDAD DE APLICACIÓN Y CONSEJO GENERAL DE SALUD
1.1. Concejo general de la salud: organismo de debatw y propuesta.carácter consultivo, no vinculante, honorario, de asesoramiento y referencia para el Gobierno de la Ciudad
2. El subsector estatal de salud se organiza y desarrolla conforme a la estrategia de atención primaria, con la constitución de redes y niveles de atención, jerarquizando el primer nivel; y la descentralización progresiva de la gestión dentro del marco de políticas generales, bajo la conducción político-técnica de la autoridad de aplicación.
3. Disposiciones Generales
3.1. Cap1 obj alcances y principios
3.1.1. Tiene como objeto garantizar el derecho a la salud integral
3.1.2. Alcanza a todas las personas si excepcion sean o no residentes de BsAs
3.1.3. Principios del derecho a la salud integral
3.1.3.1. Satisfaccion de necesidadea alimentoa vivienda trabajo educacion vestido cultura y ambiente
3.1.3.2. Desarrollo de una cultura de la salud , aprendisaje social
3.1.3.3. Participacion de la poblacion favorecer a su vida y desarroyo
3.1.3.4. Solidaridad social
3.1.3.5. Cobertura universal de la poblacion
3.1.3.6. Gasto publico en salud, inversiòn social prioritaria
3.1.3.7. Gratuidad en salud
3.1.3.8. Cubrir necesidades , igualdad de clases en la salud
3.1.3.9. Organizacion y desarroyo del area estatal
3.1.3.10. descentralización en la gestión estatal de salud, la articulación y complementación
3.1.3.11. acceso de la población a toda la información vinculada a la salud colectiva y a su salud individual
3.1.3.12. fiscalización y control
3.2. Cap2 Derechos y obligaciones de las personas
3.2.1. Derechos de laa personas con relacion a la salud y servicio de atencion
3.2.1.1. respeto a la personalidad, dignidad e identidad individual y cultural
3.2.1.2. inexistencia de discriminación
3.2.1.3. intimidad, privacidad y confidencialidad
3.2.1.4. acceso a su historia clínica y a recibir información completa y comprensible, explicacion por escrito al dar el alta
3.2.1.5. Inexistencia de interferencias o condicionamientos ajenos a la relación entre el profesional y el paciente, en la atención e información que reciba
3.2.1.6. Libre eleccion del profecional
3.2.1.7. Profecional q sea el principal comunicador
3.2.1.8. Solicitud por el profesional actuante de su consentimiento informado, previo a la realización de estudios y tratamientos
3.2.1.9. Simplicidad y rapidez en turnos y trámites y respeto de turnos y prácticas.
3.2.1.10. Solicitud del personal con el permiso
3.2.1.11. Internacion conjunta madre-niño
3.2.1.12. enfermedades terminales, atención que preserve la mejor calidad de vida hasta su fallecimiento.
3.2.1.13. Acceso a vías de reclamo, quejas, sugerencias y propuestas
3.2.1.14. derechos reproductivos, incluyendo el acceso a la información, educación, métodos y prestaciones que los garanticen
3.2.1.15. En caso de urgencia , recibir en el lugar mas cercano
3.2.2. Garantia de derechos, cumplimiento de los anterior
3.2.3. Obligaciones de las personas
3.2.3.1. cuidadosas en el uso y conservación de las instalaciones, los materiales y equipos médicos que se pongan a su disposición.
3.2.3.2. Firmar la historia clínica, y el alta voluntaria si correspondiere, en los casos de no aceptación de las indicaciones diagnóstico-terapéuticas
3.2.3.3. información veraz sobre sus datos personales.
3.2.4. Los servicios de atención de salud deben informar a las personas sus derechos y obligaciones.
4. SISTEMA DE SALUD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
4.1. Unico
4.1.1. El Sistema de Salud está integrado por el conjunto de recursos de salud de dependencia: estatal, de la seguridad social y privada que se desempeñan en el territorio de la Ciudad
4.1.2. ormulación, planificación, ejecución y control de las políticas de salud de conformidad a los principios y objetivos establecidos en la presente ley y en la Constitución de la Ciudad.
4.1.3. Recursos de Salud:toda persona física o jurídica que desarrolle actividades de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación,investigación y docencia, producción, fiscalización y control, cobertura de salud, y cualquier otra actividad vinculada con la salud humana, en el ámbito de la Ciudad.
4.1.4. Autoridad de aplicacion
4.1.4.1. El impulso de la jerarquización de los programas y acciones de promoción y prevención en los tres subsectores
4.1.4.2. organización general y el desarrollo del subsector estatal de salud, redes y niveles de atencion
4.1.4.3. La descentralización del subsector estatal de salud, incluyendo el desarrollo de las competencias locales y de la capacidad de gestión de los servicios.
4.1.4.4. capacitación permanente de todo el personal de los tres subsectores.
4.1.4.5. promoción de la salud laboral y la prevención de las enfermedades laborales de la totalidad del personal de los tres subsectorea
4.1.4.6. implementación de una instancia de información, vigilancia epidemiologica y de todos los niveles
4.1.4.7. Articulacion y complementacion con el subsector privado y de la seguridad social
4.1.4.8. Articuoacion y controo del ejercicio coj las profeciones relacionadas a la salud
4.1.4.9. regulación, habilitación, categorización, acreditación y control de los establecimientos dedicados a la atención de la salud, y la evaluación de la calidad de atención en todos los subsectores
4.1.4.10. regulación y control de la tecnología sanitaria.
4.1.4.11. regulación y control de la producción, comercialización y consumo de productos alimenticios, suplementos dietarios, medicamentos, insumos médico-quirúrgicos y de curación, materiales odontológicos, materiales de uso veterinario y zooterápicos, productos de higiene y cosméticos.
4.1.4.12. Resumiendo, en regulacion y prevencion m a s enfermedades q es salud bucal
4.1.4.13. un sistema de información básica y uniforme de salud para todos los subsectores, incluyendo el establecimiento progresivo de la historia clínica única.
4.1.4.14. promoción e impulso de la participación de la comunidad.
4.1.4.15. Ejercicio de derechos reproductivo de las personas
4.1.4.16. establecimiento de un sistema único frente a emergencias y catástrofes con la participación de todos los recursos de salud de la Ciudad.
4.1.4.17. articulación y complementación de las acciones para la salud con los municipios del conurbano bonaerense, orientadas a la constitución de un consejo y una red metropolitana de servicios de salud.
4.1.4.18. concertación de políticas sanitarias con el gobierno nacional, con las provincias y municipios
5. SUBSECTOR ESTATAL DE SALUD
5.1. Organizaciòn
5.1.1. Subsector estatal. Organización por niveles de atención. La autoridad de aplicación debe contemplar la organización y control de las prestaciones y servicios
5.1.2. – Articulación de niveles. La autoridad de aplicación garantiza la articulación de los tres niveles de atención del subsector estatal mediante un adecuado sistema de referencia y contra referencia con desarrollo de redes de servicios, que permita la atención integrada y de óptima calidad de todas las personas
5.1.3. Definición. El primer nivel de atención comprende todas las acciones y servicios destinados a la promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación, en especialidades básicas y modalidades ambulatorias.
5.1.4. Primer nivel. Organización. Son criterios de organización del primer nivel de atención: a) Constituir la puerta de entrada principal y el área de seguimiento de las personas en las redes de atención. b) Coordinar e implementar en su ámbito el sistema de información y vigilancia epidemiológica y sanitaria. c) Garantizar la formación de equipos interdisciplinarios e intersectoriales. d) Realizar las acciones de promoción, prevención, atención ambulatoria, incluyendo la internación domiciliaria, y todas aquéllas comprendidas en el primer nivel según la capacidad de resolución establecida para cada efector. e) Promover la participación comunitaria. f) Garantizar a las personas la capacidad de resolución adecuada a sus necesidades de atención, estableciendo articulaciones horizontales y con los otros niveles, con criterio de redes y mecanismos de referencia y contrareferencia. g) Elaborar el anteproyecto de presupuesto basado en la programación de actividades. h) Identificar la cobertura de las personas y efectuar la facturación a terceros responsables de acuerdo a los mecanismos que se establezcan.
5.1.5. El segundo nivel de atención comprende todas las acciones y servicios de atención ambulatoria especializada y aquéllas que requieran internación.
5.1.6. Son criterios de organización del segundo nivel de atención: a) Constituir el escalón de referencia inmediata del primer nivel de atención. b) Garantizar la atención a través de equipos multidisciplinarios. c) Participar en la implementación y funcionamiento del sistema de información y vigilancia epidemiológica y sanitaria. d) Realizar las acciones de atención de especialidades, de internación de baja y mediana complejidad, de diagnóstico y tratamiento oportuno, de rehabilitación, y todas aquéllas comprendidas en el nivel y según la capacidad de resolución establecida para cada efector. e) Desarrollar nuevas modalidades de atención no basadas exclusivamente en la cama hospitalaria, tales como la cirugía ambulatoria, la internación domiciliaria y el hospital de día. f) Garantizar a las personas la capacidad de resolución adecuada a sus necesidades de atención, estableciendo articulaciones horizontales y con los otros niveles, con criterio de redes y mecanismos de referencia y contrareferencia. g) Elaborar el anteproyecto de presupuesto basado en la programación de actividades. h) Identificar la cobertura de las personas y efectuar la facturación a terceros responsables de acuerdo a los mecanismos que se establezcan.
5.1.7. El tercer nivel de atención comprende todas las acciones y servicios que por su alta complejidad médica y tecnológica son el último nivel de referencia de la red asistencial.
5.1.8. Son criterios de organización del tercer nivel de atención: a) Garantizar la óptima capacidad de resolución de las necesidades de alta complejidad a través de equipos profesionales altamente especializados. b) Participar en la implementación y funcionamiento del sistema de información y vigilancia epidemiológica y sanitaria. c) Establecer articulaciones con los otros niveles y con otros componentes jurisdiccionales y extra jurisdiccionales del propio nivel, a fin de garantizar a las personas la capacidad de resolución adecuada a sus necesidades de atención. d) Elaborar el anteproyecto de presupuesto basado en la programación de actividades. e) Identificar la cobertura de las personas y efectuar la facturación a terceros responsables de acuerdo a los mecanismos que se establezcan.
5.1.9. Los efectorea son hospitalea generalea se adultos, niños, especializadoa centros de salud polivalentes y monovalentes,medicos de cabecera y cede de subsector estatal
5.1.10. Efectores: organizazion, deben adecuar la capacidad de resolucion de sus servicios , redes localea y juridisdicciones
5.1.11. Descentralizacion administrativa de los efectores de sus competencia
5.1.12. El subsector estatal de salud se organiza territorialmente en unidades de organización sanitaria denominadas regiones sanitarias, integradas cada una de ellas por unidades locales o áreas de salud
5.1.13. regiones sanitarias en un número no menor de tres (3),
5.1.14. Las regiones sanitarias tienen como objetivo la programación, organización y evaluación de las acciones sanitarias de sus efectores.
5.1.15. Cada región sanitaria está conducida por un funcionario dependiente de la autoridad de aplicación, y establece un consejo regional integrado por representantes de los efectores, de las áreas de salud, de los trabajadores profesionales y no profesionales, y de la comunidad.
5.1.16. Las áreas de salud se desarrollan en base a los siguientes lineamientos: a) Responden a una delimitación geográfico-poblacional y tenderán a articularse con las futuras comunas. b) Son la sede administrativa de las competencias locales en materia de salud. c) Son conducidas y coordinadas por un funcionario de carrera. d) Constituyen un Consejo Local de Salud, integrado por representantes de la autoridad de aplicación, de los efectores y de la población del área. e) Analizan las características socio epidemiológicas locales, pudiendo proponer la cantidad y perfil de los servicios de atención.
5.2. Cap 3 financiaciòn
5.2.1. El funcionamiento y desarrollo del subsector estatal, y la regulación y control del conjunto del sistema de salud, se garantizan mediante la asignación y ejecución de los recursos correspondientes al presupuesto de salud
5.2.2. Los recursos del presupuesto de salud son: a) Los créditos presupuestarios asignados para cada ejercicio, que deben garantizar el mantenimiento y desarrollo de los servicios y programas. b) Los ingresos correspondientes a la recaudación por prestación de servicios y venta de productos a terceros por parte del subsector estatal. Todo incremento de estos recursos constituye un aumento de los recursos para la jurisdicción. c) Los ingresos resultantes de convenios de docencia e investigación. d) Los aportes provenientes del Gobierno Nacional para ser destinados a programas y acciones de salud. e) Los préstamos o aportes nacionales e internacionales. f) Las herencias, donaciones y legados.
5.2.3. incisos b) y c) del artículo anterior corresponden al efector que realiza la prestación, excepto un porcentaje que integra un fondo de redistribución presupuestaria destinado a equilibrar y compensar las situaciones de desigualdad de las diferentes áreas y regiones.
5.2.4. La autoridad de aplicación elabora, ejecuta y evalúa el presupuesto de salud en el marco de los siguientes lineamientos: a) La jerarquización del primer nivel de atención, con individualización de las asignaciones presupuestarias y su ejecución. b) La identificación y priorización de acciones de impacto epidemiológico y de adecuada relación costo/efectividad. c) La incorporación de la programación local y del presupuesto por programa como base del proyecto presupuestario. d) La descentralización de la ejecución presupuestaria. e) La definición de políticas de incorporación tecnológica. f) El desarrollo de la planificación plurianual de inversiones. g) La participación de la población en la definición de las prioridades presupuestarias en los diversos programas.
5.3. Cap 4 ORGANIZACION DEL PERSONAL
5.3.1. El personal del subsector estatal de salud se encuentra bajo el règimen del estatuto , art43 de la constitucion de la ciudad
5.3.2. El estatuto sanitario debe basarse en los siguientes lineamientos: a) Comprende a la totalidad del personal del subsector estatal de salud, y contempla las cuestiones específicas de cada agrupamiento. b) Garantiza igualdad de posibilidades para el ingreso, promoción y acceso a los cargos de conducción, reconoce la antigüedad e idoneidad, y asegura un nivel salarial adecuado. c) Los ingresos y ascensos son exclusivamente por concurso. d) Establece la periodicidad de los cargos de conducción. e) El retiro está reglado por el régimen de jubilaciones correspondiente. f) Reconoce la necesidad y el derecho a la capacitación permanente, y fija los mecanismos. g) Contempla prioritariamente la protección de la salud en el ámbito laboral. h) Establece la obligatoriedad del examen de salud anual y los mecanismos para su realización.
5.4. CAP 5 DOCENCIA E INVESTIGACIÒN
5.4.1. El Poder Ejecutivo debe remitir a la Legislatura, un proyecto de creación de un consejo de investigación de salud,conduccion ycoordinacion
5.4.2. Consejo de investifacion lineamientos: a) Propicia la investigación científica en el sistema de salud y su integración b) Autoriza y fiscaliza todo plan de investigación C) favorece el intercambio cientifico, nacional e internacional D) otorga becas de investigacion y perfeccionamiento E) covenioa con organos similares F)creacion de la carrera de investigacion en la salud G) instancia de normalizacion y evaluacion en investigacion H) institucionaliza la cooperacion tecnica con uni nacionales y entisades academicas y cientificaa I) promueve la creacion y coorsinacion al funcionamiento de comitès en los efectores
5.4.3. La autoridad de aplicación adoptará las medidas necesarias para posibilitar y priorizar la actividad docente de grado y posgrado en todas las disciplinas bajo los siguientes lineamientos: a) La promoción de la capacitación permanente y en servicio. b) La inclusión de todos los integrantes del equipo de salud. c) El enfoque interdisciplinario. d) La calidad del proceso enseñanza-aprendizaje. e) La articulación mediante convenio con los entes formadores. f) La jerarquización de la residencia como sistema formativo de postgrado. g) El desarrollo de becas de capacitación y perfeccionamiento. h) La promoción de la capacitación en salud pública, acorde con las prioridades sanitarias.
6. REGULACION Y FIZCALIZACION
6.1. Capitulo unico
6.1.1. La autoridad de aplicación ejerce la regulación y fiscalización de los subsectores de la seguridad social y privado
6.1.2. Los prestadores del subsector privado son fiscalizados y controlados por la autoridad de aplicación en los aspectos relativos a condiciones de habilitación, categorización, acreditación, funcionamiento y calidad de atención de establecimientos sanitarios; y a condiciones de ejercicio de los equipos de salud actuantes.
6.1.3. Entes privados de financiacion deben abonar las prestaciones brindadas a sus adherentes por el subsector estatal de salud; por los mecanismos y en los plazos que establezca la reglamentación. Dicha obligación se extiende a las prestaciones de urgencia.
6.1.4. Los prestadores propios del subsector de la seguridad social son fiscalizados y controlados por la autoridad
6.1.5. La seguridad social debe abonar por las prestaciones brindadas a sus beneficiarios por el subsector estatal de salud sin necesidad de autorización previa;
6.1.6. amos por prestaciones estatales. Los efectores del subsector estatal de salud están facultados para reclamar ante el organismo nacional correspondiente, el pago de las facturas originadas en prestaciones brindadas a los beneficiarios de las obras sociales, cumplidos los plazos y por los mecanismos que establezca la reglamentación.
6.1.7. La autoridad de aplicación debe arbitrar todos los medios que permitan mantener actualizados los padrones de beneficiarios y adherentes de los entes financiadores de salud de cualquier naturaleza.
6.1.8. Se completa con legislaciones especificaa de los siguientes temas: a) Consejo General de Salud. b) Ejercicio profesional. c) Salud mental d)Régimen marco de habilitación, categorización y acreditación de servicios. e) Medicamentos y tecnología sanitaria; que garantice la calidad, eficacia, seguridad y acceso del medicamento f)Trasplante de órganos y material anatómico g) regimen regulatorio de sangre, sus componentes y emoderivados h) alimentos i) prevencion enf j) personas con necesidades eapecialea k) salud producida y procreacion responsable l) salud escolar m)telematica en salud o) identificacion del recien nacido
7. Cap1 definicion y objetivos
7.1. El subsector estatal de la Ciudad está integrado por todos los recursos de salud dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires por medio de los cuales se planifican, ejecutan, coordinan, fiscalizan y controlan planes, programas y acciones destinados a la promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud de la población, sean ellas asistenciales directas, de diagnóstico y tratamiento, de investigación y docencia, de medicina veterinaria vinculada a la salud humana, de producción, de fiscalización y control.
7.2. Son objetivos del subsector estatal de salud:
7.2.1. A) constribuir disminucion de desequilibrio social, morbimortalidas B) desarrollar politicaa sanitarias centradas en la familia, disminutir la mortalidad materno-infantio C)desarollar politicaa integralea prevencion y asiatenciancontra el VIH/SIDA, adicciones , volencia urbana etc D)atencion integrada con otroa servicios F) participacion de la comunidad en todaa la inatancia constribuyentes a mejorar G) calidad de la atencion de loa servicioa H) organizar los servicios de redes I) horarios , cuidados, internacion , cirujias J ) desarroyo se la salud laboral y comites de bioseguridad hospitalaria K) comites de etica en los efectores L) funcionamiento recursoa niveles locales de subsector M)garantizar educacion y capacitacion N)presupuesto por programa O)politica de medicamentos, utilizacion de genericos , que garantice calidad eficacia y seguridad P) intituir la historia clinica unica para todos los efectores Q) sistema de informacion q permita inmediato acceso a la historia clinicay situacioj de covertura R) atencion integral de las personas con necesidades especiales y rehabilitacion S) mejorar y preservar medio hambiente T)cambio de habitoa ,costumbres y actitudes q afectan a la salud U) derechos reproductivos de las personas V)elimimar inequidad de la mujer respecto a la salud W) coordinacion con la provincia de BsAs y los municipios del conurbano bonaerense