8. Artículo 20.- Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario.
9. CAPITULO II Duración de las relaciones de trabajo
10. CAPITULO III Suspensión de los efectos de las relaciones de trabajo
11. CAPITULO IV Rescisión de las relaciones de trabajo
12. CAPITULO V Terminación de las relaciones de trabajo
13. Título XVI Responsabilidades y sanciones.
14. Título XV Procedimientos de ejecución.
15. Título XIV Derecho procesal del trabajo.
16. Título XIII Representantes de los trabajadores y de los patrones.
17. Título XII Personal jurídico de las juntas de conciliación y arbitraje.
18. Título I Principios generales.
19. Artículo 2.- Se entiende por trabajo digno o decente aquél en el que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador; no existe discriminación por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, etc. Se tiene acceso a la seguridad social y se percibe un salario remunerador; se cuenta con condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo.
20. Título ll Las relaciones individuales de trabajo.
21. Capítulo II: Competencia constitucional de las autoridades del trabajo.
22. Capítulo III. Procuraduría de la defensa del trabajo.
23. Capítulo IV. Del servicio nacional de empleo, capacitación y adiestramiento.
24. Título XI. Autoridades del trabajo y servicios sociales.
25. Capítulo I. Disposiciones generales
26. Capítulo I. Representantes de los trabajadores y de los patrones en las juntas federales y locales de conciliación y arbitraje.
27. Capítulo II. Representantes de los trabajadores y de los patrones en la comisión nacional de los salarios mínimos y comisiones consultivas.
28. Capítulo III. Representantes de los trabajadores y de los patrones en la comisión nacional para la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas.
29. Artículo 625.- El personal de las Juntas de Conciliación y Arbitraje se compondrá de Actuarios, Secretarios, Auxiliares, Secretarios Generales y presidentes de Junta Especial.
30. Capítulo I. Principios procesales.
31. Capítulo III. De las competencias.
32. Capítulo VI. De los términos procesales.
33. Capítulo IX. De los incidentes.
34. Capítulo I. Disposiciones generales
35. Capítulo II. Procedimiento de tercerías y preferencias de crédito.
36. Capítulo III. Procedimientos paraprocesales o voluntarios
37. Capítulo I. Disposiciones Generales y Procedimiento del Embargo.
38. Capítulo II. Procedimiento de tercerías y preferencias de crédito
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42. CAPITULO VII Suspensión colectiva de las relaciones de trabajo
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48. CAPITULO II Objetivos y procedimientos de huelga
49. Artículo 440.- Huelga es la suspensión temporal del trabajo llevada a cabo por una coalición de trabajadores.
50. CAPITULO VI Modificación colectiva de las condiciones de trabajo
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52. CAPITULO V Reglamento interior de trabajo
53. CAPITULO IV Contrato Ley
54. CAPITULO I Coaliciones
55. CAPITULO II Sindicatos, federaciones y confederaciones
56. CAPITULO III Contrato colectivo de trabajo
57. CAPITULO VIII Trabajadores del campo
58. CAPITULO VII Trabajo de maniobras de servicio público en zonas bajo jurisdicción federal
59. CAPITULO VI Trabajo de autotransportes
60. Artículo 181.- Los trabajos especiales se rigen por las normas de este Título y por las generales de esta Ley en cuanto no las contraríen.
61. CAPITULO V Trabajo ferrocarrilero
62. CAPITULO IV Trabajo de las tripulaciones aeronáuticas
63. CAPITULO II Trabajadores de confianza
64. CAPITULO III Trabajadores de los buques
65. Artículo 173.- El trabajo de los menores queda sujeto a vigilancia y protección especiales de las autoridades del trabajo tanto federales como locales.
66. TITULO QUINTO BIS Trabajo de los Menores
67. Artículo 164.- Las mujeres disfrutan de los mismos derechos y tienen las mismas obligaciones que los hombres.
68. CAPITULO III Habitaciones para los trabajadores
69. Capítulo III BIS De la Productividad, Formación y Capacitación de los Trabajadores
70. CAPITULO IV Derechos de preferencia, antigüedad y ascenso
71. CAPITULO I Obligaciones de los patrones
72. CAPITULO V Invenciones de los trabajadores
73. CAPITULO II Obligaciones de los trabajadores
74. CAPITULO II Jornada de trabajo
75. CAPITULO VI Salario mínimo
76. CAPITULO V Salario
77. CAPITULO IV Vacaciones
78. CAPITULO III Días de descanso
79. Título IX Riesgos de trabajo.
80. Título VIII Huelgas.
81. Título VII Relaciones colectivas del trabajo
82. Título VI Trabajos especiales.
83. Artículo 56. Las condiciones de trabajo basadas en el principio de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en ningún caso podrán ser inferiores a las fijadas en esta Ley y deberán ser proporcionales a la importancia de los servicios e iguales para trabajos iguales.
84. Título lll Condiciones de trabajo.
85. Título lV Derechos y obligaciones de los trabajadores y del patrono.
86. Título V Trabajo de las mujeres.
87. Título X Prescripción.
88. Artículo 473.- Riesgos de trabajo son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajaores en ejercicio o con motivo del trabajo.
89. Artículo 487.- Los trabajadores que sufran un riesfo de trabajo tendrán derecho a asistencia médica, rehabilitación, hospitalización, medicamentos, aparatos de prótesis y la indemnización fijada.
90. Artículo 516.- Las acciones de trabajo prescriben en un año, contado a partir del día siguiente a la fecha en que la obligación sea exigible, con las excepciones que se consignan en los artículos siguientes.