1. Teorias positivistas, liberales, marxista y pluralista
1.1. El positivismo o filosofía positiva es una corriente filosófica que afirma que el único conocimiento auténtico es el conocimiento científico y que tal conocimiento solo puede surgir del método científico, siendo el ejemplo ideal las ciencias físicas que triunfan claramente en el dominio de la naturaleza y en las aplicaciones técnicas que de ella se derivan.
1.1.1. El liberalismo es una filosofía política, moral, y económica que defiende la libertad individual, la limitación del poder del Estado, así como la igualdad ante la ley
1.2. El pluralismo político es un principio ideológico que considera la división de la sociedad en diversos grupos sociales con ideas e intereses diferentes como una fortaleza y no como una debilidad. Así, los defensores de este principio «creen que una sociedad debería tener muchos centros de poder y que, gracias al compromiso y al consenso, la política debería reflejar los intereses y los valores de tantos grupos diferentes como sea posible». Su principal ideólogo fue Robert Dahl.
1.3. El marxismo es una perspectiva teórica y un método de análisis socioeconómico de la realidad y la historia, que considera las relaciones de clase y el conflicto social utilizando una interpretación materialista del desarrollo histórico y adopta una visión dialéctica de la transformación social y análisis crítico del capitalismo, compuesto principalmente por el pensamiento desarrollado en la obra del filósofo, sociólogo, economista y periodista revolucionario alemán de origen judío, Karl Marx
2. El problema de la justicia
2.1. El verdadero problema de la Justicia es el conflicto, el delito y la negativa de la sociedad a recurrir al Estado para resolver las diferencias que así lo ameritan.
2.1.1. En los fines del derecho se encuentra en condicionados en los que se refiere a su existencia por la sociedad considerada en su conjunto serían la justicia dar a cada quien lo que le corresponde y el bien común como el regulador al instrumento o medio para la armonía en la sociedad y el bienestar para todos
3. Doctrinas contractualistas
3.1. El contractualismo es una doctrina filosófico-jurídica que sostiene que la sociedad y el Estado nacen de un pacto (conocido en la terminología contractualista como “contrato social”). Ese pacto lo establecen los individuos que comienzan a ser parte de esa sociedad, dirigida por el Estado. Esta doctrina se opone a la idea de que la sociedad o el Estado son algo natural, como Aristóteles sostenía (el hombre es un animal político por naturaleza), o que preexistirían a la voluntad de los individuos.
4. Desobediencia justificada y los iusnaturalismos
4.1. La desobediencia civil supone que la colectividad desobediente ofrece razones morales a la sociedad para justificar su violación a la ley. Por ello, todo acto de desobediencia civil es un acto de desobediencia a la ley, pero no todo acto de desobediencia a la ley es un acto de desobediencia civil.
4.1.1. El derecho natural es un constructo filosófico destinado a manifestar un nuevo concepto de la naturaleza humana cuando esta ya no esta dispuesta por Dios, sino como conjunto de condiciones necesarias para regular la coexistencia entre los humanos.
5. Teorías de la justicia
5.1. En filosofía política y filosofía del derecho, la teoría de la justicia es una teoría que pretende fijar criterios legítimos para definir en qué consiste la justicia y cómo se alcanza la igualdad entre los seres humanos.
6. Globalización económica, política, cultural y social.
6.1. La globalización económica es la integración de los distintos países del mundo a partir del mayor intercambio comercial y de los flujos de inversiones. En algunos casos, también se da por mayores facilidades para la circulación de la mano de obra. Es decir, este tipo de globalización se refiere a la expansión del comercio de bienes y servicios entre las diversas naciones.
6.2. La globalización política es el proceso por el cual se crean normativas que logran alcance mundial. Así, una gran parte de los países del mundo se comprometen a seguir ciertas directrices
6.3. La globalización cultural es la homogeneización a nivel mundial de expresiones artísticas, valores y tradiciones en general. Esto, producto de la mayor interconexión entre los países a nivel mundial. Otro punto importante es que la globalización cultural permite la fusión de tradiciones
6.4. La globalización social es un proceso por el que todas las personas del mundo apuntan a recibir el mismo reconocimiento de sus derechos. Esto, independientemente de su lugar de origen, estrato económico, u otra característica.
7. El problema de la obediencia del derecho
7.1. La obediencia del derecho está ligada con la obligación política y con la legitimidad de los sistemas políticos y jurídicos las razones legales No son suficientes para obedecer el derecho porque son tautológicas en cambio las razones Morales entienden que el derecho se obedece porque se considera justo y emana de autoridades legítimas y de Procedimientos democráticos
7.1.1. El derecho tiene autoridad legítima cuando cuenta con la autoridad moral que le otorga el ser un derecho justo y lo es suficientemente en el caso de que se cumpla con los dos requisitos combinados de haber sido producido democráticamente según el principio de legitimidad contractual
8. La obligación moral y política
8.1. -la filosofía política y jurídica ha distinguido, en ocasiones, entre “deber” y “obligación”. La obligación política constituye una razón moral para actuar, independiente del contenido de la norma, pero que no es definitiva ni concluyente.
8.2. El término obligación política es usado habitualmente en filosofía política y jurídica para referirse, de forma abreviada, a la cuestión de si los ciudadanos tienen o no la obligación de obedecer las normas jurídicas de su propio país.
9. Globalizacion, multiculturalismo y Derecho
9.1. La globalización es un proceso económico , tecnológico , político , social, empresarial y cultural a escala mundial que consiste en la creciente comunicación e interdependencia entre los distintos países del mundo uniendo sus mercados, sociedades y culturas, a través de una serie de transformaciones sociales, económicas
9.2. La multiculturalidad es la presencia de grupos provenientes de diversas culturas conviviendo en un mismo espacio geográfico, físico o social. Su diversidad cultural puede estar marcada por ejemplo, por diferencias en cuanto a sus creencias religiosas, sus lenguas, sus etnias o el género.
9.3. El Derecho es un sistema u orden normativo e institucional que regula la conducta externa de las personas, inspirado en los postulados de justicia y certeza jurídica, que regula la convivencia social y permite resolver los conflictos de relevancia jurídica, pudiendo imponerse coactivamente.
10. Impacto de la noción de soberanía de los estados
10.1. La soberanía es uno de los principios cardinales de la teoría del Estado. La soberanía de los Estados denota el derecho legal inalienable, exclusivo y supremo de ejercer poder dentro del área de su poder
10.1.1. Dentro del Estado, la soberanía es un concepto que determina la relación entre el Estado y sus personas (subordinados).