PLANES Y ACCIONES ESTABLECIDOS EN MEDIO AMBIENTE Y SST

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PLANES Y ACCIONES ESTABLECIDOS EN MEDIO AMBIENTE Y SST por Mind Map: PLANES Y ACCIONES ESTABLECIDOS EN MEDIO AMBIENTE Y SST

1. SST Definición

1.1. Es una disciplina que se encarga de la prevención de lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo.

2. Conceptos Básicos

2.1. Seguridad

2.1.1. Es un estado en el cual los peligros y las condiciones que pueden provocar daños de tipo físico, psicológico o material son controlados para preservar la salud y el bienestar de los individuos y de la comunidad

2.2. Prevención

2.2.1. Son todas las medidas preventivas que se llevan a cabo en la empresa para reducir riesgos laborales.

2.3. Riesgo

2.3.1. Es la probabilidad de la ocurrencia de un evento o exposición a peligros, en relación con la gravedad de la consecuencia.

2.3.2. Exposición

2.3.2.1. Esporádica

2.3.2.2. Continua

2.3.2.3. Frecuente

2.3.2.4. Ocasional

2.4. Peligro

2.4.1. Es la fuente, situación o acto que puede causar una afectación negativa en la salud de los trabajadores, en los equipos de trabajo o en las instalaciones de la empresa.

2.5. Acto subestandar

2.5.1. Es todo aquello que se hace o de deja de hacer, que facilita la ocurrencia de un accidente de trabajo o enfermedad laboral.

2.5.1.1. Ejemplos

2.5.1.1.1. No comunicar peligros

2.5.1.1.2. Trabajar con equipos sin autorización

2.6. Condición Subestandar

2.6.1. Es toda circunstancia o situación que se presenta cuando el estado anormal de las máquinas, equipos y herramientas, materiales, instalaciones y medio ambiente pueden generar un riesgo en el trabajador.

3. COPASST

3.1. Es un comité encargado de la promoción y vigilancia de las normas en temas de seguridad y salud en el trabajo dentro de las empresas públicas y privadas.

3.2. Según el tipo de empresa

3.2.1. Empresas menores a 10 trabajadores

3.2.1.1. 1 Vigia

3.2.2. Empresas entre 10 y 49 trabajadores

3.2.2.1. 1 representante por cada una de las partes.

3.2.3. Empresa entre 50 a 499 trabajadores

3.2.3.1. 2 representantes por cada una de las partes.

3.2.4. Empresa entre 500 a 999 trabajadores

3.2.4.1. 3 representantes por cada una de las partes.

3.2.5. Empresa con más de 1000 trabajadores

3.2.5.1. 4 representantes por cada una de las partes.

4. Enfermedad Laboral

4.1. Es enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar.

4.2. Clasificación

4.2.1. Grupo I Enfermedades infecciosas y parasitarias

4.2.2. Grupo II Cáncer de origen laboral

4.2.3. Grupo III Enfermedades no malignas del sistema hematopoyético

4.2.4. Grupo IV Trastornos mentales y del comportamiento

4.2.5. Grupo V Enfermedades del sistema nervioso

4.2.6. Grupo VI Enfermedades del ojo y sus anexos

4.2.7. Grupo VII Enfermedades del oído y problemas de fonación

4.2.8. Grupo VIII Enfermedades del sistema cardiovascular y cerebro-vascular

4.2.9. Grupo IX Enfermedades del sistema respiratorio

4.2.10. Grupo X Enfermedades del sistema digestivo y el hígado

4.2.11. Grupo XI Enfermedades de la piel y tejido subcutáneo

4.2.12. Grupo XII Enfermedades del sistema músculo-esquelético y tejido conjuntivo

4.2.13. Grupo XIII Enfermedades del sistema genitourinario

4.2.14. Grupo XIV Intoxicaciones

4.2.15. Grupo XV Enfermedades del sistema endocrino

4.3. El Gobierno Nacional determina en forma periódica, las enfermedades que se consideran como laborales, y en los casos en que una enfermedad no figure en la tabla de enfermedades laborales, pero se demuestre la relación de causalidad con los factores de riesgo ocupacionales, será reconocida como enfermedad laboral, conforme lo establecido en las normas legales vigentes.

4.4. La EPS con el respectivo diagnóstico procede a determinar si la enfermedad es de origen común o laboral, para ello solicita al Área de Seguridad y Salud en el Trabajo un Análisis de Puesto de Trabajo (APT).

5. Accidente de trabajo

5.1. Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte.

5.1.1. El que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.

5.1.2. El ocurrido durante el ejercicio de la función sindical, aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función.

5.1.3. El que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador.

5.1.4. El que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.