DERECHO ADMINISTRATIVO

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1. Disposiciones jurídicas del derecho público para regular la actuación de la estructura de la Administración publica sus instituciones y con los particulares.

2. Concepto de derecho administrativo

2.1. El conjunto de normas y principios del derecho público que rigen la estructura, organización y funcionamiento de las diversas áreas de la administración pública, de las relaciones de éstas entre sí, así como de sus relaciones con las demás instituciones del Estado y con los particulares.

3. Relaciones del derecho administrativo

3.1. Otras ramas del derecho

3.1.1. Derecho constitucional

3.1.2. Derecho Civil

3.1.3. Derecho Electoral

3.1.4. Derecho mercantil

3.1.5. Derecho municipal

3.1.6. Derecho parlamentario

3.1.7. Derecho penal

3.1.8. Derecho del trabajo

3.1.9. Derecho procesal

3.2. Con disciplinas no jurídicas

3.2.1. Con la moral

3.2.2. Ciencia política

3.2.3. Ciencia administrativa

3.2.4. Sociología

3.2.5. Economía

3.2.6. Historia

3.2.7. Geografía

3.2.8. Estadística

3.2.9. Heurística

3.2.10. Metodología

4. Fuente: origen y principio de donde proviene una cosa

4.1. MATERIALES

4.1.1. hechos y acontecimientos, incluidos los avances tecnológicos, que determinan la expedición, el sentido, la modificación y derogación de las normas jurídicas.

4.1.1.1. Aparición y proliferación de conductas indeseables por nocivas

4.1.1.1.1. Lavado de dinero

4.1.1.1.2. Narcotrafíco

4.1.1.1.3. Prostitución

4.2. HISTORICAS

4.2.1. Los ordenamientos jurídicos antiguos o recientes que rigieron los aspectos relativos a esta disciplina y que ya no están vigentes

4.2.1.1. Ley de adquisiciones y obras Públicas sustituida por Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

4.3. FORMALES

4.3.1. actividades realizadas para la creación, expedición, modificación y derogación de dichas normas, en cuyo caso hablamos de actividades legislativas, sociales y jurisdiccionales

4.3.1.1. La actividad legislativa

4.3.1.1.1. La Constitución

4.3.1.1.2. La ley

4.3.1.1.3. El reglamento

4.3.1.1.4. La disposición administrativa de carácter general

4.3.1.2. La actividad social que deviene costumbre

4.3.1.3. La actividad jurisdiccional

4.3.1.4. La doctrina

4.3.1.5. Los principios generales del derecho

5. Ciencia dedicada a interpretar, Construir, sistematizar y evaluar el contenido de los valores, principios y normas jurídicas que regulan la estructura, organización y funcionamiento de la administración pública, así como de las relaciones entre sus diversos órganos, dependencias y entidades, lo mismo que de sus relaciones con otras instituciones del Estado y con los particulares.

5.1. Dan entidad e identidad

5.2. Autonomía de la existencia de su propio sistema normativo

6. Formación en Francia revolucionaria Asamblea Constituyente

6.1. acción administrativa, las atribuciones del poder público,los caracteres esenciales las instituciones administrativas, como los intereses y derechos del hombre

6.2. Consejo de Estado francés del siglo XIX

6.2.1. Luis Antonio Macarel quien en 1818

6.2.1.1. Elementos de jurisprudencia administrativa

6.2.2. Luis María de Lahaye

6.2.2.1. Cuestiones de derecho administrativo

6.2.3. Dionisio Serrigny, Luis Fermín Julien-Laferrière y su hijo, Eduardo Julien-Laferrière

6.2.3.1. Traité de la juridiction administrative et des recours contentieux, publicada en 1886

6.2.4. Gian Domenico Romagnosi

6.2.4.1. 1° libro de Derecho Administrativo Principi fondamentali del diritto amministrativo onde tesserne le instituzioni, publicado en Milán en 1814

6.3. En México desde el inicio de su independencia

6.3.1. Soberana Junta Provisional Gubernativa del Imperio Mexicano

6.3.2. 5 de octubre de 1821

6.3.2.1. habilitó y confirmó provisionalmente a las autoridades existentes, para el ejercicio de la administración de justicia y demás funciones públicas

6.3.3. 12 de octubre de 1821 asignó sueldo anual

6.3.4. 24 de febrero 1821

6.3.4.1. Reglamento para el Gobierno Interior y Exterior de las Secretarías de Estado y del Despacho Universal

6.4. Criterios

6.4.1. Criterio legalista

6.4.2. Criterio subjetivo

6.4.2.1. Criterio de la actividad total del Estado

6.4.2.2. Criterio de la actividad del Poder Ejecutivo

6.4.2.3. Criterio de la actividad de la administración pública

6.4.3. Criterio objetivo

6.4.3.1. Criterio funcional

6.4.3.2. Criterio de los servicios públicos

6.4.3.3. Criterio de las relaciones jurídicas

6.4.3.4. Criterio mixto

7. valores

7.1. Morales

7.1.1. Nos permiten diferenciar entre lo bueno y lo malo, lo correcto y lo incorrecto, lo justo y lo injusto.

7.1.1.1. Respeto, Amor, Libertad., Justicia, Tolerancia, Equidad, Paz, Honestidad.

7.2. Jurídicos

7.2.1. permiten la crítica al derecho positivo y que orientan la creación, interpretación y aplicación de las nor-ma

7.2.1.1. Justicia, Dignidad, Libertad, Igualdad, Solidaridad, Seguridad y el bien común

8. Principios

8.1. General de la buena fe

8.1.1. "Por buena fe ha de entenderse el cumplimiento leal, honrado y sincero de nuestros deberes para con el prójimo, y el ejercicio también leal, honrado y sincero de nuestros derechos”

8.1.1.1. CPEUM Art. 13, 14 y 16, LFRSP Art. 13, 64 y 65, LFRASP Art. 21

8.2. General del debido procedimiento

8.2.1. i) que se exprese por escrito

8.2.2. ii) que provenga de autoridad competente

8.2.3. iii) que se funde y motive la causa legal del procedimiento

8.3. General de moralidad administrativa

8.3.1. CPEUM artículos 113 y 13, LFRSP Art. 47, LFRASP

8.3.2. “Será responsabilidad de los sujetos de la Ley ajustarse, en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones, a las obligaciones previstas en ésta, a fin de salvaguardar los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que rigen en el servicio público”

8.4. General de seguridad jurídica

8.4.1. “la garantía dada al individuo de que su persona, sus bienes y sus derechos no serán objeto de ataques violentos que, si estos llegan a producirse le serán aseguradas por la sociedad protección y reparación”

8.5. General de supremacía del interés público sobre el interés privado

8.5.1. Artículos constitucionales: 3, 25, 27 y 28