PRINCIPIOS DE APLICACION DE LOS DERECHOS Art 18por Carla villacres
1. Los principios de aplicación de los derechos son mandatos de mejoramiento, es decir son normas jurídicas que se deben aplicar con la finalidad de transformar la realidad y el sistema jurídico.
2. Los derechos llegan a concretarse si a sido violados según la exigibilidad de la constitución del 2008, una constitución se determinan los derechos podrán ser promovidos y informe individual y colectiva a cualquier persona, comunidades, grupos de personas o pueblos que propondrán las acciones previstas en la constitución del 2008 qué es el mismo que permite a cualquier grupo que ya se menciono.
3. Antes se decía que los titulares de los derechos bien exigir los primeros y las otras personas o sea cualquiera los de colectividad qué son los segundos.
4. La igualdad significa que ante el sistema jurídico o no exclusivamente ante la ley las personas deben ser tratadas de igual manera sin discriminación alguna, ya sea personas con discapacidad tienen igualdad y no merecen ser discriminados, al igual que todo el sector público qué debe adecuar las instalaciones para todas las personas que sufren discapacidad hagan uso de esto.
5. Los derechos y las garantías deben aplicarse directamente, cualquier norma jurídica que esté vigente y sea válida es decir que haya sido expedida por la autoridad competente y que no contraiga los principios constitucionales debe ser aplicada.
6. Todo derecho debe ser justificado como por ejemplo todos tenemos derecho a movernos por donde sea 1 publicanos impide el movimiento está en este caso violando derecho.
7. También se puede decir que estos principios de aplicación son normas inciertas ya que debe ser interpretada y regenerada que no da soluciones precisas si no que al contrario da parámetros de comprensión.
8. Los principios de aplicación de los derechos pues sin carácter general tienen cada uno de los derechos para todas las personas.
9. Al decir que los principios de aplicación de los Derechos son sustantivos nos referimos al enunciado y desarrollo de los derechos como por ejemplo al de derogar la asamblea nacional los artículos del Código de trabajo y también eliminar décimo tercer sueldo.
10. Las personas, nacionalidades, comunidades y pueblos son los titulares que gozan de los derechos humanos.
11. En la Constitución de la República de 1998 se puede ver que los derechos se clasificaban en derechos políticos, derechos civiles, derechos sociales, derechos económicos, derechos culturales y derechos colectivos.