3. Por liquidación o clausura definitiva de la empresa o establecimiento.
3.1. El empleador deberá solicitar el correspondiente permiso al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social e informar por escrito a sus trabajadores de este hecho
4. Por sentencia ejecutoriada
4.1. Quiere decir que es cuando ya han terminado todos los trámites legales y produce además el efecto jurídico de cosa juzgada.
5. Por no regresar el trabajador a su empleo.
5.1. Incumplimiento con el contrato
6. Por muerte del trabajador
7. Por mutuo consentimiento
7.1. Por ejemplo cuando el empleador por motivos personales deba vivir en otra ciudad
8. Por suspensión de actividades por parte del empleador durante más de ciento veinte (120) días
8.1. El empleador deberá solicitar el correspondiente permiso al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social e informar por escrito a sus trabajadores de este hecho.