Los Derechos de la Naturaleza (Eduardo Gudynas)

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Los Derechos de la Naturaleza (Eduardo Gudynas) por Mind Map: Los Derechos de la Naturaleza (Eduardo Gudynas)

1. El mandado de Montecristi

1.1. Es el conjunto de componentes del “mandato ecológico” que emerge de la Constitución de 2008, se destacan los derechos de la Naturaleza.

1.1.1. Se indica que la Naturaleza o Pachamama “tiene derecho a que se respete íntegramente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos”

1.1.1.1. De esta manera, la Naturaleza deja de ser un agregado de objetos, y pasa a ser un sujeto de derechos. Con este reconocimiento, la Naturaleza queda dotada de valores que le son propios o valores intrínsecos.

1.1.1.1.1. Finalmente, los derechos de la Naturaleza se refuerzan por medio del reconocimiento del derecho a la “restauración integral”, La restauración es la recuperación de ecosistemas degradados o modificados a una condición similar o igual a su estado original silvestre, antes que se produjeran impactos de origen humano.

2. Debate sobre la fundamentación ecológica

2.1. Un primer conjunto de cuestionamientos afirma que todavía no es necesario reconocer los derechos de la Naturaleza, en tanto la situación ambiental de América Latina en general, y la de Ecuador en particular, no es grave.

2.1.1. Comenzando por una perspectiva global, Ecuador aparece como el país con los peores indicadores ambientales relativos en América del Sur. Esos indicadores evalúan la situación ambiental en sectores claves frente a las capacidades ambientales o stocks de recursos naturales de cada país.

3. La Naturaleza como “sujeto” y los valores intrínsecos

3.1. El reconocimiento de los derechos de la Naturaleza/Pachamama implica que ésta posee valores que le son propios, independientes de las valoraciones que le adjudican las personas.

3.1.1. En este caso, la Naturaleza debería ser protegida no porque sea un sujeto, sino porque es lo correcto; es la extensión de una compasión moral hacia el entorno. Pasemos entonces a considerar estos cuestionamientos y ofrecer algunas respuestas.

4. Utilidad y valor económico

4.1. En la actualidad, muchas campañas de conservación se basan en criterios ecológicos o estéticos, pero la enorme mayoría apela a de mostrar la utilidad de los recursos naturales, y por lo tanto son utilitaristas

4.1.1. En estos casos la Naturaleza es defendida porque hay una utilidad para los humanos. el criterio de protección se fundamenta en demostrar que habrá una utilidad para el ser humano, y mejor aún si ella se puede contabilizar desde el punto de vista económico.

5. Se ha iniciado un nuevo camino

5.1. El reconocimiento de los derechos de la Naturaleza no es una moda pasajera, o producto de una casualidad política.

5.1.1. Ecuador ha marcado el rumbo con ese paso innovador. Es posible que los vaivenes políticos partidarios desemboquen en avances y retrocesos, pero finalmente se implantarán como una necesidad indiscutible.

5.1.1.1. Es cierto que dentro de Ecuador existen divergencias y debates sobre estos derechos, pero es por demás importante tener presente que la “polis” aceptó un nuevo contrato social donde reconoce los derechos de la Naturaleza.

6. Este nuevo acuerdo no implica desconocer o rechazar a quienes descreen de la Naturaleza como sujeto de derechos, pero obliga a considerar esos derechos junto a otros en los debates y la administración de la justicia.

6.1. Está claro que los derechos de la Natura -leza encierran enormes desafíos que van de la ética a la política, la institucionalidad y la gestión.

6.1.1. Es un nuevo camino donde se están dando los primeros pasos, y para avanzar será necesario mantener la cuota de innovación que poco tiempo atrás estuvo presente en la Asamblea Constituyente en Montecristi.

7. Desde la Normativa, La nueva Constitución de Ecuador ofrece muchas novedades e innovaciones, y entre ellas se encuentra un claro “mandato” ecológico.

7.1. Del cual se destaca al reconocer los derechos de la Naturaleza además de los derechos a un ambiente sano, conservación de la biodiversidad, a la evaluación del impacto ambiental, ordenamiento territorial, etc.

8. Los derechos de la Naturaleza son mucho más que una mera adición ambientalista, implican un cambio radical en los conceptos de ambiente, el desarrollo y la justicia, entre otros.

8.1. Aquí se sostiene que los derechos de la Naturaleza expresan un avance de enorme importancia, y que en un futuro estos estarán presentes en casi todas las Constituciones.

8.1.1. Se insiste en que estos derechos deben ser tomados en serio, y cuando así se hace el ambiente debe ser valorado en sí mismo, en formas independientes de cualquier utilidad o beneficios para los seres humanos.

9. Concepciones de la Naturaleza y el desarrollo

9.1. Los derechos de la Naturaleza ofrecidos en Montecristi también implican cambios en nuestras ideas sobre la Naturaleza.

9.1.1. El concepto de “Naturaleza” es una creación social, un producto cultural en su más amplio sentido, y que ha sido moldeado desde el Renacimiento.

9.1.2. Los derechos de la Naturaleza de Ecuador no sólo generan un cambio sustancial al indicar que ese ambiente ya no es más un conjunto de objetos, sino que también abre las puertas a pensar otras conceptualizaciones sobre el ambiente.

10. Política, ambiente y desarrollo

10.1. La llegada de los derechos de la Naturaleza también tienen impactos en los escenarios políticos, Un primer flanco de tensiones se encuentra entre los estilos actuales de desarrollo en América Latina, que dependen de un intenso aprovechamiento de recursos naturales. Por lo tanto, muchos rechazan los derechos de la Naturaleza debido a que interpretan que ello impedirá el crecimiento económico.

10.1.1. Está claro que los derechos de la Naturaleza imponen un cambio de rumbo en el desarrollo actual. es indispensable que países como Ecuador, comiencen a modificar el desempeño en varios sectores, como la agropecuaria, forestal o pesquero.

10.1.1.1. Finalmente, los derechos de la Naturaleza retiran los temas ambientales de la creciente obsesión actual por convertirlos en mercadería o demostrar que su conservación es un buen negocio. Los derechos de la Naturaleza reposicionan a los temas ambientales como una política pública, independientemente si es rentable o no.