Derecho procesal constitucional
por jenyfher corazon castro
1. PRINCIPIOS
1.1. De modo que puede afirmarse que los principios procesales son “aquellos que no pueden dejar de informar la legislación y la realidad procesal (...). ... que trae esta norma “es haber contemplado expresamente los principios procesales propios de los procesos constitucionales
1.2. a) El control de constitucionalidad de los actos públicos y, si éste debe ser, concentrado o difuso; a priori o a posteriori
2. NATURALEZA
2.1. es una rama del Derecho Procesal General que pone en marcha la jurisdicción, potestad del Estado a través de la cual administra la justicia que es un servicio público de utilidad general, cuyo carácter esencial es la publicidad de todas sus actuaciones. Este carácter público hace que sus normas sean de aplicación general, obligatoria, irrenunciable e inexcusable
3. ANTECEDENTES
3.1. El uso del concepto de derecho procesal constitucional surge en la década del 40 del siglo XX, siendo el jurista y procesalista español Niceto Alcalá Zamora y Castillo su creador, en sus obras de exilio en Argentina y México
4. FINALIDAD DEL DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL
4.1. El Derecho Procesal Constitucional es aquella rama del derecho público que establece las normas procesales orgánicas y funcionales necesarias para dar eficacia real a la normativa constitucional, cuando surja un conflicto entre un acto de la autoridad o de un particular
4.1.1. GARANTÍAS CONSTITUCIONALES
4.1.1.1. En este rubro la constitución mexicana cuenta con garantías constitucionales: juicio de amparo(103 y 113) controversias constitucionales(articulo 105 fracción 1) entre otros.