Historia del Derecho y de las Instituciones

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Historia del Derecho y de las Instituciones por Mind Map: Historia del Derecho y de las Instituciones

1. Unidad I

1.1. A: Historia del Derecho y de las Instituciones Políticas.

1.2. B: Historia de la Histografía jurídica argentina e hiberoamericana.

1.3. C: Morón y la Universidad de Morón.

2. Unidad II

2.1. A: Proceso formativo del derecho castellano. Romanización de la Península Ibérica. Derecho e instituciones políticas visigóticas. La irrupción musulmana. Derecho e instituciones políticas forales.

2.2. B: El derecho común europeo (ius commune). Las universidades. El método de trabajo. Glosadores y comentaristas en la cultura jurídica europea.

2.3. C: La recepción del ius commune en Castilla. Su impacto en el derecho y en las instituciones políticas castellanas.

2.4. D: Las experiencias indígenas americanas y sus aportes al derecho y a las instituciones políticas indianas.

3. Unidad III

3.1. A: La monarquía castellana durante los siglos XVI y XVII. Los órganos de gobierno de la monarquía: las cortes y los consejos.

3.2. B: La cultura jurídica europea en la Temprana Edad Moderna. El humanismo y la incipiente crítica al ius commune. Las fuentes del derecho y la práctica jurídica.

3.3. C: El derecho castellano en la temprana Edad moderna. La decadencia de los derechos locales y el peso del derecho regio. El mecanismo de la recopilación.

4. Unidad IV

4.1. A: Condición jurídica y política de las Indias. El problema de los títulos de la presencia castellana en América.

4.2. B: El gobierno metropolitano de las Indias. La Casa de Contratación y el Consejo de Indias. La burocracia indiana. Los mecanismos de control.

4.3. C: El gobierno local de las Indias. Adelantados. Virreinatos. La función de gobierno de las Audiencias. Gobernaciones, corregimientos y alcaldías mayores. Cabildos.

4.4. D: El gobierno espiritual de las Indias. Situación jurídica de la Iglesia indiana; organización y gobierno. Real Patronato Indiano. Los clérigos y la administración de la monarquía.

5. Unidad V

5.1. A: El sistema jurídico indiano. El trasplante de la cultura del ius commune a las Indias. Fuentes. Instrumentos normativos de la experiencia indiana: la recopilación de 1680: antecedentes, contenido y metodología.

5.2. B: La cultura jurídica indiana. La costumbre. La doctrina de los autores. La enseñanza universitaria.

5.3. C: La administración de justicia en las Indias. Las magistraturas. Principios rectores de la administración de justicia indiana.

6. Unidad VI

6.1. A: El absolutismo europeo. El régimen de policía y la consolidación de la administración regia. Sus manifestaciones en la corona española: el régimen borbónico. La nueva estructura gubernativa: el régimen de Nueva Planta y las secretarías del despacho.

6.2. B: El cuestionamiento al ius commune y la crítica a la cultura jurídica medieval. Las propuestas del derecho natural racionalista y la Ilustración.

6.3. C: Debates sobre el diseño normativo. Ediciones de materiales legislativos y aprobación de la Novísima Recopilación.

7. Unidad VII

7.1. A: El reformismo borbónico y el gobierno de las Indias. La militarización de la monarquía. La Iglesia y el regalismo. La nueva estructura virreinal. Creación del virreinato del río de la Plata. El régimen de Intendencias. El sometimiento del os cabildos.

7.2. B: El derecho y la cultura jurídica indianos durante el siglo XVIII. El proyecto de Nuevo código. Los bandos de buen gobierno. La enseñanza del derecho.

7.3. C: La administración de justicia durante el siglo XVIII. El control regio de la administración de justicia. La tecnificación letrada. La especialización, sistematización y estandarización de la administración de justicia.

8. Unidad VIII

8.1. A: La crisis del régimen indiano y la emancipación política: inicios del estado de derecho en la Argentina.

8.2. B: La década de 1810-1820 y los primeros ensayos patrios en materia de organización política.

8.3. C: El régimen de pactos. Los intentos de organización política y el proyecto rivadaviano. d) El Pacto Federal. El encargo de las relaciones exteriores.

9. Unidad IX

9.1. A: Derecho patrio; pretensiones y realidades. Pretensiones codificadoras. Pervivencia de la cultura jurídica indiana.

9.2. B: Las ideas jurídicas entre 1810-1850: iluminismo, racionalismo, utilitarismo, romanticismo.

9.3. C: La enseñanza del derecho. El ejercicio de la abogacía.

9.4. D: La organización judicial después de 1810. El debate entre el radicalismo democrático y la tecnificación tradicional. Cambios operados en la materia hasta 1850.

10. Unidad X

10.1. A: Consagración del constitucionalismo. Pronunciamiento de Urquiza. Protocolo de Palermo. Acuerdo de San Nicolás. Pensamiento de Alberdi. Constitución de 1853.

10.2. B: Confrontación entre la Confederación y Buenos Aires. Pacto de San José de Flores.

10.3. C: Reforma de 1860. Reforma constitucional de 1866. Cuestión capital. Reforma de 1898.

10.4. D: Inicios de la jurisprudencia federal. La doctrina constitucional.

11. Unidad XI

11.1. A: Ideas jurídicas entre 1850-1900. Derecho científico, positivismo.

11.2. B: La codificación: concepto y alcances. Las codificaciones en particular. El código civil.

11.3. C: La enseñanza del derecho y el ejercicio de la abogacía entre 1850-1900.

11.4. D: La administración de justicia entre 1850-1900. La justicia federal. Justicias provinciales. Los códigos de procedimientos.

12. Unidad XII

12.1. A: Crisis y agotamiento de las instituciones políticas liberales. Nuevas interpretaciones de la Corte Suprema de Justicia, proyectos de reforma y fracturas institucionales. La reforma constitucional de 1949.

12.2. B: Crítica y superación del derecho liberal. Recodificación y descodificación. Nueva legislación. El derecho civil, el proyecto de 1936 y el anteproyecto de 1954.

12.3. C: Reformulación de la cultura jurídica argentina. Influencias europeas y debates iberoamericanos. La enseñanza del derecho. La literatura jurídica. Las ideas jurídicas: el positivismo científico y el iusnaturalismo católico.

12.4. D: La administración de justicia durante la primera mitad del siglo XX. La mirada sobre la actividad de los tribunales. El nuevo papel asignado a la jurisprudencia.