
1. como la consecuencia de la pérdida de las condiciones de las relaciones del trabajo clásico, tras la fragmentación de los mercados de trabajo y el incremento de la movilización de los trabajadores
2. TRABAJO
2.1. CONSTITUCIONAL
2.1.1. El trabajo es un derecho complejo cuya materialización implica el cumplimiento de otros derechos.
2.2. JURIDICO
2.2.1. El trabajo es un derecho fundamental, en cuanto es la fuente primigenia del lucro y la dignidad humana
2.3. CONDICIONES
2.3.1. Condiciones de dignidad humana
2.3.2. Una Remuneración proporcional equitativa con respecto a su trabajo
2.3.3. Condiciones de seguridad e higiene del trabajo
2.3.4. Igual oportunidad para todos de ser promovidos, dentro de su trabajo, a la categoría superior que les corresponda,
2.3.5. El descanso, el disfrute del tiempo libre, la limitación razonable de las horas de trabajo y las variaciones periódicas pagadas, así como la remuneración de los días festivos
2.3.6. Estabilidad, en el entendido que, si el trabajo es la fuente de la riqueza y del crecimiento social,
2.3.7. Solidaridad entre trabajadores
2.4. EL ESTADO
2.4.1. tiene la responsabilidad de proteger los derechos del trabajo, para que estos puedan ser ejercidos por los ciudadanos, en el momento en que logran acceder a un cargo sea este de naturaleza pública o privada.
3. PRECARIZACIÓN
3.1. Es la creación de relaciones de trabajo difusas, basadas en la intermediación y la tercerización a partir del incremento de la transferencia de servicios.
3.2. SEGÚN DURAND
3.3. SEGÚN TENOR DE SOTELO
3.3.1. es “el núcleo duro de la precariedad del trabajo consiste en una creciente pérdida de derechos sociales y laborales de los trabajadores que terminan por afectar a la sociedad”
3.4. TRASCIENDE DELPRECARIADO
3.4.1. lo cual es una nueva clase social emergente, que surge de las relaciones flexibles de producción, que no cuenta con las condiciones conquistadas por los movimientos obreros en los modelos fordista y taylorista
4. LA TERCERIZACIÓN
4.1. Es un fenómeno propio de la producción flexible, consistente en la contratación externalizada de servicios que en otrora podría proveer la misma unidad beneficiaria, pero que se han dislocado de la unidad beneficiaria, para externalizar los riesgos en unidades productivas independientes y más pequeñas.
4.2. DESDE EL OUTSORSING
4.2.1. está asociada a la externalización de actividades que antes realizaba la misma empresa y que ahora las realiza mediante la contratación de servicios con un tercero.
4.3. DESDE LA SUBCONTRATACIÓN
4.3.1. se refiere a la vinculación de personal, al servicio de la empresa beneficiaria pero vinculados contractualmente con un tercero, que asume la respectiva carga laboral.
4.4. SEGÚN ENRIQUE DE LA GARZA
4.4.1. este modelo ha sido ventajoso para las empresas, por cuanto les ha permito optimizar costos de producción y reducir riesgos propios de las relaciones de trabajo.
5. LA DESLABORALIZACIÓN
5.1. CONTRATACION POR SERVICIO
5.1.1. es aquel vínculo de naturaleza civil, mediante el cual las partes (personas naturales o empresas) acuerdan voluntariamente las condiciones para la prestación de un servicio determinado, a cambio de unos “honorarios”).
5.2. CONTRATACIÓN DE ASOCIADOS
5.2.1. es una operación de crédito. El contrato de asociación en participación que permite al asociante (deudor) obtener bienes o servicios del asociante (acreedor) para poder realizar alguna actividad comercial a cambio de bienes futuros que consisten en una participación en las utilidades.
5.3. EL CUENTAPROPISMO
6. DIGNIDAD HUMANA
6.1. un individuo siente respeto por sí mismo y se valora al mismo tiempo que es respetado y valorado. Implica la necesidad de que todos los seres humanos sean tratados en un pie de igualdad y que puedan gozar de los derechos fundamentales que de ellos derivan.
6.2. EJEMPLO
6.2.1. Se dice de una persona que posee dignidad cuando se valora a sí misma por encima por las necesidades del momento o de las exigencias de los demás
6.3. RELACION DE LA DIGNIDAD Y EL TRABAJO
6.3.1. es un término cubano para una persona que vive de su propio negocio y es un trabajador "no estatal" o “informal”.
6.3.2. La dignidad del trabajo no reside en el tipo de trabajo que uno realiza sino en la persona humana que lo realiza.