
1. INFORMES
1.1. El informe es un texto expositivo y argumentativo gracias al cual se transmite una información y se exponen datos dirigidos a una o un destinatario que, normalmente, deberá tomar una decisión respecto al tema tratado en el texto. Hay diferentes tipos de informe; normalmente se suele hablar de informes técnicos (los jurídicos y parlamentarios se ubicarían dentro de este tipo), administrativos y académicos.
1.1.1. El objetivo del informe técnico es presentar de forma clara y detallada un trabajo científico o técnico de investigación o desarrollo o describir en qué estado o situación se encuentra algo o alguien muy concreto
1.1.2. Según su extensión, tema o soporte, los informes también pueden ser de tipo variado: breves o extensos, de carácter más o menos formal, orales o escritos (aunque los orales suelen tener como base un informe escrito) y de distinta temática científica o técnica (ramas puras e interdisciplinares).
1.1.3. De acuerdo con sus características textuales, los informes se clasifican en:
1.1.3.1. expositivo
1.1.3.1.1. Ofrece una explicación sobre unos hechos que normalmente ya han sucedido. Pretende transmitir una información, unas instrucciones o una descripción de algo.
1.1.3.2. analítico
1.1.3.2.1. Justifica una decisión o acción ya realizada o, al menos, proyectada. Estos informes exponen, analizan e interpretan unos hechos pasados o previstos y defienden la postura o solución adoptada; también aportan algún tipo de conclusiones y recomendaciones. Muchas veces estos informes se denominan también propuesta o proyecto
1.1.3.3. persuasivo.
1.1.3.3.1. pretende convencer al destinatario para que tome una decisión en la línea de lo que se expone en el informe. Estos informes parten de un análisis cuidadoso de una determinada situación o problema, análisis que se realizan a partir de unos criterios muy específicos y muy claros y proponen unas recomendaciones o plan de acción
2. ACTAS
2.1. Este documento es de libre acceso para todos los miembros de la organización, y además será leído y sometido a observaciones por parte de la Asamblea General, en una reunión posterior, para su aprobación; de allí que, su redacción debe ser clara, concisa con lenguaje sencillo de fácil compresión para los socios, y la presentación debe ser nítida, legible sin borrones ni tachones.
2.1.1. En el texto del acta debe constar:
2.1.1.1. Numeración
2.1.1.2. Registro del lugar, fecha y hora donde se llevó a cabo la reunión
2.1.1.3. Persona que presidió la asamblea
2.1.1.4. Registro de los miembros presentes
2.1.1.5. Observaciones al acta anterior
3. FICHAS
3.1. la palabra ficha, en la acepción que interesa al presente Manual, como un instrumento mnemotécnico que se emplea para registrar información relevante para una actividad determinada y facilitar su revisión posterior. Por ello es usual que se usen fichas en actividades que precisan constantemente consultas breves sobre información resumida y ágil
3.1.1. se pueden reconocer al menos dos clases de fichas, según las instancias legislativas y el sentido con que son elaboradas:
3.1.1.1. Fichas técnicas
3.1.1.1.1. Las elabora la Unidad de Técnica Legislativa para sistematizar sus observaciones especializadas respecto de un proyecto de ley para presentarlas como anexos de su informe no vinculante ante el Consejo de Administración Legislativa
3.1.1.2. Fichas procedimentales
3.1.1.2.1. Son sistematizaciones de información relevante sobre los procesos de aportes y debates que ajustan y modifican los textos de los proyectos de ley. Se realizan por iniciativa de cada Comisión Especializada para facilitar una consulta cronológica de los cambios realizados durante el proceso. Habitualmente se emplean de dos modos generales:
3.1.1.3. Fichas de Registro General
3.1.1.3.1. En prácticas parlamentarias de otros países de la región se estila la elaboración de fichas legislativas para preservar la memoria de los procesos generales de presentación, creación, tramitación y aprobación de las leyes