1. la farmacia hospitalaria se ocupa de servir a la población en sus necesidades farmacéuticas a través de la selección,adquisición,control dispensación,información de medicamentos apropiada y segura.
1.1. FUNCIONES. Decreto 2200 de 2005, el servicio farmacéutico realizará las siguientes funciones:
1.1.1. Administrativa. Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar los servicios relacionados con los medicamentos y dispositivos médicos.
1.1.2. Promoción. Impulsar estilos de vida saludables y el uso adecuado de los medicamentos y dispositivos médicos.
1.1.3. Prevención. Prever factores de riesgo derivados del uso inadecuado de medicamentos
1.1.4. Suministro. Seleccionar, adquirir, recibir y almacenar, distribuir y dispensar medicamentos y dispositivos médicos.
1.1.5. Elaboración y adecuación. Realizar preparaciones magistrales y adecuación y ajuste de concentraciones de dosis de medicamentos ontológicos y demás medicamentos para cumplir con las dosis prescritas, cumpliendo con las Buenas Prácticas de Elaboración, establecidas en la normalidad para cada actividad.
1.1.6. Participación en programas. Tomar parte en la creación y desarrollo de programas relacionados con los medicamentos.
1.1.7. Investigación. Realizar o participar en estudios relacionados con medicamentos y dispositivos médicos, que conlleven el desarrollo de sus objetivos.
1.1.8. Información. Obtener y difundir conocimientos sobre medicamentos y dispositivos médicos, especialmente, informar y educar a los miembros del grupo de salud, el paciente y la comunidad.. 10. Vigilancia de recursos y verificación de cumplimiento de actividades.
1.2. OBJETIVOS. Decreto 2200 de 2005, el servicio farmacéutico tendrá como objetivos primordiales los siguientes:
1.2.1. Promoción. Promover y propiciar estilos de vida saludables y el uso adecuado de medicamentos y dispositivos médicos
1.2.2. Prevención. Prevenir factores de riesgo derivados del uso inadecuado de medicamentos y dispositivos médicos, así como los problemas relacionados con su uso.
1.2.3. Suministro. Suministrar los medicamentos y dispositivos médicos e informar a los pacientes sobre su uso adecuado.
1.2.4. Atención farmacéutica. Ofrecer atención farmacéutica a los pacientes que la requieren, realizando las intervenciones necesarias para el cumplimiento de la farmacoterapia prescrita por el facultativo.
1.2.5. Servicio farmacéutico de mediana y alta complejidad
1.3. Procesos; Decreto 2200 de 2005.
1.3.1. Selección.
1.3.2. Adquisición.
1.3.3. Recepción y almacenamiento.
1.3.4. Distribución y dispensación de medicamentos y dispositivos médicos.
1.3.5. Participación en grupos interdisciplinarios, información y educación al paciente y la comunidad sobre uso adecuado de medicamentos y dispositivos médicos.
1.3.6. Destrucción o des-naturalización de medicamentos y dispositivos médicos.
1.4. Servicio farmacéutico de mediana y alta complejidad
1.4.1. Atención farmacéutica
1.4.2. Preparaciones magistrales
1.4.3. Mezclas de nutrición parenteral
1.4.4. Mezclas, adecuación y ajuste de concentraciones de medicamentos ontológicos.
1.4.5. Adecuación y ajuste de concentraciones para cumplir con las dosis prescritas
1.4.6. Reempaque y reenvase de medicamentos dentro del Sistema de Distribución de Medicamentos en Dosis Unitaria, para pacientes hospitalizados y ambulatorios en casos especiales.
1.5. Requisitos
1.5.1. Promover el desarrollo de programas para la correcta selección de medicamentos.
1.5.2. Realizar la adquisición de medicamentos, asegurar su recepción y conservación correcta.
1.5.3. Realizar un adecuado control farmacéutico de la dispensación de medicamentos a las Unidades
1.5.4. Preparar fórmulas magistrales y normalizadas de las distintas formas farmacéuticas, mezclas intravenosas y unidades nutrientes para nutrición artificial.
1.5.5. Elaborar y distribuir periódicamente en el Hospital información escrita sobre medicamentos.
1.5.6. Participar en la monitorización de medicamentos y actividades de farmacocinética clínica, realizando un mínimo de 10 informes mensuales