REFORMA TRIBUTARIA (2021)

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REFORMA TRIBUTARIA (2021) por Mind Map: REFORMA TRIBUTARIA (2021)

1. Se consolidad una infraestructura de equidad fiscalmente sostenible para erradicar la pobreza.

1.1. Constituido por IV libros y cada libro con sus respectivos capítulos y Artículos.

2. IMPUESTO TEMPORAL Y SOLIDARIO A LOS INGRESOS ALTOS.

2.1. Se causaran por pagos o abonos que sean iguales o superiores a $10.000.000 o más.

2.2. Tarifa: - Sera del 10% sobre la base Gravable.

2.3. Entidad a cargo: DIAN

3. PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS, DEBERES FORMALES Y SANCIONES.

3.1. Se deberá de inscribir de manera previa en el RUT para cualquier tramite comercial.

3.2. Las personas naturales deberán de estar inscritas en el RUT para adquirir cualquier beneficio social.

3.3. Sistemas de facturación: - la factura talonario solo tendrá validez en caso en que la persona a facturar presente inconvenientes tecnológicos.

3.4. Sujetos no obligados a Facturar: - Como lo indica el articulo 615.

3.5. Sanciones por incumplimiento en el sistema de facturación: - Quien incumpla los requerimientos en determinados en el articulo 616-1, 617 del estatuto tributario.

4. PEAJES EN CIUDADES CAPITALES.

4.1. Las ciudades capitales podrán con previa autorización del consejo municipal y distrital instalar peajes dentro de su jurisdicción.

4.2. los ingresos deberán ser destinados para el adecuado mantenimiento, operación y desarrollo de las vías.

4.3. Deberá cobrarse a todos los usuarios que circulen excepto algunas excepciones.

4.4. Valor: Este será determinado por la entidad distrital o municipal.

5. PROGRAMA DE INGRESO SOLIDARIO. Crear el programa un renta básica para los beneficiarios de forma permanente, con el fin de reducir la pobreza. (Administrado por: Departamento administrativo para la Prosperidad Social - DPS).

5.1. Beneficiarios: - Los Hogares que se encuentran en situación de pobreza o pobreza extrema, según lo grupos de clasificación y cumpliendo con las condiciones de acceso.

5.2. Monto: - Este será determinado según el grupo de clasificación al que pertenezca el hogar y la cantidad de miembro del mismo.

5.3. Fuente de información: - Toda la información será tomada de la información socioeconómica que dispone el Gobierno Nacional.

5.4. Permanencia de los Beneficiarios: - Estará sujeta al cumplimiento permanente de los requisitos sujetos en el articulo 17.

5.5. Penalidades y sanciones: - Las personas naturales y jurídicas que hagan registros con información falsa. (Sanciones, multas y exclusión por 10 años)

6. PROMOCIÓN DEL ACCESO AL EMPLEO. Los empleadores que generen empleo o contraten cierta población solo deberán pagar ARL y estarán exentos de los otros pagos.

6.1. Tipo de empleados: - Jóvenes mayores de 28 años que accedan a su primer empleo. - Personas no beneficiarias de la pensión de vejez, familiar o de sobrevivencia y hayan alcanzado la edad de pensión establecida. - Personas con discapacidad no inferior al 25% comprobada y certificada. - Mujeres mayores de 40 años desempleadas en los últimos 12 meses. ( siempre y cuando sean contratados en los 5 años siguientes a la promulgación de la ley.

6.2. Incentivos: - Como objetivo de mitigar la crisis socioeconómica por el COVID-19 y fomentar el empleo formal. Lo empleadores que contraten estarán exentos de realizar los pagos a la pensión, salud y caja de compensación.

6.3. Asignaciones: - Sera asignado por cupos los cuales serán dispuestos a partir del 2022.

6.4. Articulo 30 : PROMOCIÓN DE ACCESO A LA EDUCACIÓN SUPERIOR: se destinaran recursos anuales para el pago parcial o total de la matricula de estudiantes en condición de pobreza o pobreza extrema.

7. EQUIDAD EN LA REDISTRUBUCIÓN DE CARGAS TRIBUTARIAS.

7.1. Impuestos sobre las ventas - IVA: - Se modifica el Articulo 424 del estatuto Tributario.

7.1.1. Por Ejemplo: - Químicos como plaguicidas.

7.2. Periodo de Exención de IVA: - Serán 3 días al año definidos por el Gobierno Nacional.

7.2.1. Productos: - Vestuario (igual o inferior a 20 UVT) - Complementos de Vestuario. (igual o inferior a 20 UVT) - Electrodomésticos. (igual o inferior a 80 UVT) - Elementos deportivos. (igual o inferior a 80 UVT) - Juguetes y juegos. (igual o inferior a 10 UVT) - Útiles Escolares. (igual o inferior a 5 UVT) SIN INCLUIR EL IVA.

7.2.2. Requerimientos: - Los responsables del IVA deberán parametrizar sus sistemas informáticos con el fin de controlar y no superar los montos establecidos.