1. Doctrina: Se da el nombre de doctrina a los estudios de carácter científico que los juristas realizan acerca del derecho, ya sea con el propósito permanente teórico de sistematización de sus preceptos ya con la finalidad de interpretar sus normas y señalar las reglas de su aplicación, sus conclusiones carecen de fuerza obligatoriae
2. La costumbre es un uso implantado en una colectividad y considerado por ésta como jurídicamente obligatorio; es el derecho nacido consuetudinariamente.
3. Proceso Legislativo Es el conjunto de actos que se realizan para legislar en todos los ramos del orden interior del Estado y ejecutar actos sobre materias que le son propias., existen seis diversas etapas las cuales son:
3.1. Iniciativa
3.1.1. Acto por el cual determinados órganos del Estado someten a la consideración del Congreso un proyecto de ley.
3.2. Discusion
3.2.1. Es el acto por el cual las Cámaras, se discutirá sucesivamente en ambas, observándose el reglamento de debates sobre la forma, intervalos y modo de proceder en las discusiones y votaciones.
3.3. Aprobacion
3.3.1. Acto por el cual las Cámaras aceptan un proyecto de ley; la aprobación puede ser total o parcial. Obtenida la aprobación en una cámara (la de origen) el proyecto deberá ser remitido a la Cámara revisora para su discusión
3.4. Sancion
3.4.1. Es la aceptación de una iniciativa por el Poder Ejecutivo; la sanción debe ser posterior a la aprobación del proyecto por las Cámaras.
3.5. Publicacion
3.6. Iciacion de la vigencia
3.6.1. Existen dos sistemas de iniciación de la vigencia: •Sucesiva: Es cuando se consideran 40km/cada día, por carretera. •Sincrónica: Es la considerada a un tiempo determinado.