Clasificación de las obligaciones.

Comienza Ya. Es Gratis
ó regístrate con tu dirección de correo electrónico
Clasificación de las obligaciones. por Mind Map: Clasificación de las obligaciones.

1. POR SU SANCIÓN.

1.1. Civiles.

1.1.1. Son las que están respaldadas por una ACCIÓN, de tal manera que el acreedor puede, en caso de incumplimiento, llevar a juicio al deudor mediante ejercicio de la acción correspondiente. Ejemp. Las nacidas de los contratos.

1.2. Naturales.

1.2.1. Son las que toma en cuenta el derecho, para ciertos efectos, pero NO están, han dejado de estar respaldadas por una ACCIÓN, y por tanto su cumplimiento depende de la voluntad del deudor. Ejemp. Las contraídas por un incapaz.

2. POR SUS ELEMENTOS.

2.1. Simples.

2.1.1. Aquellas que tienen un acreedor, deudor y un objeto.

2.2. Complejas.

2.2.1. Son las que tienen pluralidad de acreedores, pluralidad de deudores o pluralidad de objetos.

2.2.1.1. Compleja por sus sujetos.

2.2.1.1.1. Mancomundas.

2.2.1.1.2. Solidarias o indivisibles.

2.2.1.1.3. Propter rem o ambulatorias.

2.2.1.2. Compleja por su objeto.

2.2.1.2.1. Conjuntivas.

2.2.1.2.2. Alternativas.

2.2.1.2.3. Facultativas.

3. OBLIGACIONES DE DAR, HACER Y NO HACER.

3.1. Dar.

3.1.1. Son las que expresamente marca la ley.

3.1.2. Traslacion de dominio de cosa cierta.

3.1.3. Enajenación temporal de uso o goce de cosa cierta.

3.1.4. Restitución de cosa ajena y pago de cosa debida.

3.2. Hacer.

3.2.1. El contenido obligacional es de corte positivo. +=Hacer.

3.3. No hacer.

3.3.1. El contenido obligacional es de corte negativo. -=No hacer.

4. OBLIGACIONES SIMPLES Y RECIPROCAS.

4.1. Simples o unilaterales.

4.1.1. Las cargas y costes solo recaen en sola parte, la otra parte no esta obligada a hacer o dar nada.

4.2. Resciporcas.

4.2.1. Las cargas y costes son reciprocas, es decir recaen en ambas partes.

5. OBLIGACIONES DIVISIBLES E INDIVISIBLES.

5.1. Divisibles.

5.1.1. La prestación se puede dividir, y puede cumplirse de manera parcial o en partes.

5.2. Indivisibles.

5.2.1. La prestación no se puede dividir, el objeto de la prestación vale en su unidad, por que si lo dividimos pierde su funcionamiento.

6. OBLIGACIONES CONDICIONALES.

6.1. Obligaciones sujetas a Condición.

6.1.1. Condición. Es un evento futuro e incierto.

6.1.1.1. Condición suspensiva.

6.1.1.1.1. Los efectos de la obligación empiezan hasta que se cumpla la condición.

6.1.1.2. Condición resolutoria.

6.1.1.2.1. Los efectos de la obligación se producen al momento, pero cesan al cumplirse la condición.

6.2. Obligaciones sujetas a Plazo o término.

6.2.1. Plazo o término. Es un acontecimiento futuro y cierto.

6.2.1.1. Plazo suspensivo.

6.2.1.1.1. Debe de cumplirse el plazo del contrato para que pueda surtir efectos la obligación.

6.2.1.2. Plazo resolutorio.

6.2.1.2.1. Los efectos de la obligación se producen inmediatamente, pero cesan al momento del cumplimiento del plazo.