Derecho Internacional Público / Privado

Comienza Ya. Es Gratis
ó regístrate con tu dirección de correo electrónico
Derecho Internacional Público / Privado por Mind Map: Derecho Internacional Público / Privado

1. Rama del derecho que se ocupa de las relaciones internacionales entre los Estados y los sujetos internacionales.

2. Es el marco jurídico por el que se rige la comunidad internacional, de manera de garantizar la paz y la justo resolución de los conflictos que pudieran surgir de sus relaciones mutuas.

3. Se ocupa de meditar jurídicamente entre las entidades soberanas.

4. hace posible la construcción de normativas aceptadas por todos los Estados participantes y a las cuales acepten voluntariamente someterse

5. El derecho público internacional tiene como fuentes los diversos y variados tratados suscritos por los Estados de manera bilateral o multilateral.

6. Los sujetos del derecho internacional público son:

6.1. Los estados nacionales: debidamente reconocidos por sus pares y por la comunidad internacional como tales.

6.2. Las Organizaciones Internacionales: de meditación y acuerdo internacional, como la ONU, OIT, etc.

6.3. La comunidad beligerante: y los movimientos de liberación nacional, en ciertos casos en que son reconocidos como actores políticos y no criminales.

6.4. La personas física: como sujeto pasivo del derecho internacional, pues recibe de éste obligaciones y derechos.

7. Preceptos fundamentales en la contemporaneidad son:

7.1. El derecho a la guerra: Así como hay leyes de paz, hay también leyes que rigen lo aceptable en una situación de guerra, y que legitiman el uso de la fuerza armada de un Estado contra otro.

7.2. El tratamiento a los extranjeros: La ley que dictamina el respeto a las embajadas, consulados y las representaciones diplomáticas de distinto tipo, que prestan servicios a sus connacionales en suelo extranjero, y que pueden mediar en eventos jurídicos específicos respecto a los ciudadanos de su nacionalidad.

7.3. Los derechos humanos fundamentales: Por encima de cualquier otro tratado, el acuerdo en torno a los derechos fundamente del ser humano y el castigo a quienes los violes, es uno de los preceptos más universalmente aceptados y defendidos por parte de los organismos internacionales de paz.

8. Los principios sostienen ante todo el derecho a la soberanía de las naciones. Acuerdan con otros países o suscribir tratados internacionales no están sacrificando su autonomía y autodeterminación jurídicas, sino acordando un espacio de meditación internacional que permita alcanzar mutuos acuerdos.

9. Procura conducir conducir el conflicto a través de canales regulares, pacíficos y justos.

10. Las dos ramas del derecho internacional, el público y el privado, se diferencian entre sí en que se interesan en la legislación internacional a partir de puntos de vista distinto. Es la misma distinción que hay en el seno de la jurisprudencia entre el derecho privado y el derecho público.

10.1. El derecho internacional privado de las relaciones jurídicas de las poblaciones de los distintos países. El derecho internacional público se ocupa de las relaciones entre distintos país y Estados, como conflictos territoriales o disputas entre sus respectivas soberanías.

11. Es la rama del derecho que se ocupa de los asuntos legales internacionales diferentes de la relación entre los distintos Estados.

12. Se le conoce como Derecho Civil Internacional

13. Se ocupa de la resolución de conflictos de competencia internacional.

14. Asume siempre una posición normativista.

15. Interviene en los ámbitos en que existe un interés privado o que ocurre entre entes privados.

16. El derecho internacional privado posee dos regímenes distintos de fuentes, si bien el primero es el más empleado para dirimir conflictos- Dichos regímenes son:

16.1. Fuentes nacionales: Aquellas que tienen que ver con el ordenamiento de una sola nación, o sea, a sus leyes internas, y que son las emanadas de su legislación, su jurisprudencia y sus costumbres.

16.2. Fuentes internacionales: Aquellas que son propias de la comunidad internacional, tales como tratados y convenios internacionales.

17. Tiene como objeto la persecución de la armonía en las normativas jurídicas privadas de los distintos Estados, entre los que se da alguna relación de derecho específica.

18. En líneas generales, se caracteriza por ser:

18.1. Nacional: Pues cada país dicta sus propias normas y aproximaciones al derecho internacional, motivo por el cual haya margen para el conflicto y la mediación.

18.2. Positivo: Dado que su normativa se halla inscrita en los textos legales formales de cada país, e incluso en los suscritos de manera bilateral o recíproca entre varios países.

18.3. Particular: En lo referido al término "extranjero" en sus relaciones.

19. Los grandes principios son:

19.1. Lex loci rel sitae: "La ley del lugar donde las cosas se encuentran", los bines se transferirán siempre de acuerdo a la ley del sitio donde estén ubicados.

19.2. Mobilia sequuntur personam: "Las cosas siguen a las personas", las cosas que sean propiedad de una persona se rigen por la ley por la que se rige esa persona.

19.3. Lex fori: "Ley del foro", a cada conflicto de aplicará la ley del juez que le toque discriminarlo, es decir, de su Estado.

19.3.1. Locus regit actum: "el lugar rige los actos", significa que las acciones serán legales o no dependiendo de donde se realicen, ya que el marco jurídico de cada país es propio.