TEORIA GENERAL DEL DERECHO

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TEORIA GENERAL DEL DERECHO por Mind Map: TEORIA GENERAL DEL DERECHO

1. Es considerada como parte de loa ciencia jurídica positiva.

1.1. No obstante, la formación del jurista debe estar basada en la teoría del derecho y no con una introducción al estudio del derecho.

2. Se puede decir que deriva de la filosofía del derecho, con las siguientes diferencias:

2.1. La filosofía del derecho tiene una instancia critica sobre el derecho, marcando limites, explicación de los fundamentos, aclarar sus fines y profundizar los valores jurídicos.

2.2. El derecho es el conjunto de normas jurídicas que regulan la vida del individuo, sus relaciones y actividades dentro de la sociedad.

3. Tiene como objetivo desarrollar la capacidad de razonamiento y reflexión sobre los problemas jurídicos básicos.

4. Derecho objetivo: es el conjunto de normas que forman el sistema jurídico positivo, bilateral que regula la conducta. (ordenación o norma)

5. Derecho subjetivo: la autorización de la conducta hecha por la norma, a un sujeto, es una derivación del objetivo, implica la facultad o poder para una persona; para otras, es motivo de sometimiento o restricción que limita su actividad.

5.1. Es la facultad de los individuos y las entidades colectivas para obrar de conformidad con la norma, existe en función de la libertad, así mismo, es garantía. compete al sujeto actuar y exigir que los demás respeten el ejercicio de aquella facultad.

6. Derecho real: mejor conocido como derecho absoluto, tiene posibilidad de actuar sobré una cosa determinada y exigir, de todo el mundo, que se respete su conducta.

7. Las acciones lícitas: pueden desarrollarse entre voluntades cooperantes, creando el negocio jurídico. pueden ser unilaterales, bilaterales o plurilaterales.

8. La lesión: consiste en que alguno, explotando la suma de la ignorancia, notoria inexperiencia o extrema miseria de otro, obtenga un lucro excesivo y evidentemente desproporcionado (entre lo que se da y lo que se recibe a cambio).

9. Vicios de la voluntad: todo elemento que interviene en la formación de ésta, privando al sujeto del conocimiento de la realidad (dolo, error) o de la libertad para decidir (violencia).

9.1. El error: es la falsa apreciación o conocimiento de una cosa o realizad o el total desconocimiento de ella.

9.2. El dolo: es cualquier suguestion o artificio que se emplee para inducir a error o mantener en el a alguno de los contratantes.

9.3. Dolo o mala fe: la disminución del error de uno de los contratantes.

10. Jurisprudencia: es considerada como la ciencia del derecho para los países anglosajones.

11. La ciencia del Derecho se ocupa del Derecho valido.

12. conceptos fundamentales

12.1. Hecho ilícito o antijurídico: es la conducta de aquel individuo contra el cual se dirige la sanción.

12.2. Sanción: es impuesta por los órganos del estado cuando los individuos no observan la conducta debida.

12.3. Derecho subjetivo: el órgano que tiene el deber jurídico de sancionar y exigir el cumplimiento.

12.4. El deber jurídico: la existencia de una norma valida que ordena determinado comportamiento.

12.5. Sujeto de derecho: referido al sujeto del deber y sujeto de la sanción ante el hecho ilícito o antijuridico.

12.6. Responsabilidad jurídica: es la consecuencia que se presenta por la sola voluntad de un sujeto que quiere imponerse deberes para conferir derechos a otro sujeto siempre que el orden jurídico lo permita.

13. La ciencia jurídica o dogmática.

13.1. Pretende buscar, encontrar y desarrollar las reglas jurídicas generales, trabaja con relación a las cuestiones jurídicas o leyes en general.

13.2. Teoría general del Derecho asimila y refecciona los enunciados a los que ha llegado el dogmático.

13.3. La dogmática jurídica, no puede prescindir de los aspectos político-jurídicos, como tampoco una teoría del derecho puede prescindir dé los elementos valorativos si se pretende ser completa.

14. Relación jurídica: vínculo surgido de la realización de un supuesto normativo, entre dos o mas sujetos, de los cuales uno se denomina como "sujeto activo" y el otro "sujeto pasivo".

14.1. La existencia de una obligación supone siempre una relación. ya sea por un acontecimiento natural o un acto de voluntad.

14.2. Es un efecto de la combinación entre la voluntad y la norma.

15. Actos jurídicos:

15.1. Unilaterales: si la voluntad emana solo de una parte de la relación.

15.2. Bilaterales: si las declaraciones de la voluntad constitutivas del acto provienen de dos o mas partes.

15.3. Actos ilícitos: reunen los elementos de existencia y validez señalados en el ordenamiento juridico.

15.4. Actos lícitos: son aquellos contrarios a la ley de orden publico, la moral o las buenas costumbres.

15.5. Actos mortis causa: son aquellos en que los efectos dependen de la muerte de su autor.

15.6. Intervivos: cuyos efectos no están sujetos a la muerte del autor del acto.

15.7. Atribuidos: consisten en aumentar el patrimonio de una o varias de las partes que en ellos intervienen.

15.8. No atribuidos: el patrimonio de sus autores no se modifica.

15.9. Actos de disposición: su autor se trasmite o se desprende de una cosa o del derecho que le pertenece.

15.10. Actos de obligación: se compromete a realizar un hecho o acto jurídico en favor de otra persona.

16. La invalidez de los actos jurídicos:

16.1. Nulidad absoluta: no desaparece por confirmscion o preescripcion, no impide que el acto produzca provicionalmente sus efectos los cuales seran destruidos retroactivamente cuando el juez renuncie la nulidad, y de ella puede valerce todo interasado.

16.2. Nulidad relativa: cuando no se observa la forma establecida por la ley, cuando existen vicios de la voluntad de los contratantes o por incapacidad de cualquiera de los autores del acto.

17. Validez: considera como una orden normativa de conducta humana para distinguirse de otros discursos prescriptivos por las particularidades de su carácter sancionador, el contener sanciones objetivas, expresas y aplicación institucionalizada.