1. LA SITUACIÓN DE LA INFANCIA EN EL PERÚ
1.1. Según el INEI, existen al menos 10 ́550,694 menores de 18 años, cifra que representa más de un tercio de la población nacional. En el Perú hay, según datos del INEI, más de 1 millón 200 mil niños menores de 5 años que viven en situación de pobreza.
1.1.1. La brecha entre las zonas urbana y rural es grande. En las zonas rurales, uno de cada tres niños tiene desnutrición crónica, mientras en las zonas urbanas esta afecta a uno de cada 10 niños. Después de haber venido descendiendo, la anemia infantil se ha elevado durante los años 2012 y 2013.
1.1.1.1. En Educación Inicial la matrícula ha crecido significativamente en el 2011 hasta el 2013, aunque todavía existe niños y niñas de 3 a 5 años de edad sin la debida atención, niñas, niños y adolescentes fueron víctimas de violencia familiar en el año 2013.
1.1.1.1.1. En suma, la situación de vulneración de derechos de los niños, niñas y adolescentes se agrava de acuerdo a su condición social y económica, siendo la niña rural la que se encuentra en peores condiciones para el ejercicio de los mismos.
2. EL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO, LA NIÑA Y EL ADOLESCENTE
2.1. En 1924 esta orientación fue respaldada por la Asamblea General de la Sociedad de las Naciones Unidas, con la Declaración de Ginebra sobre los Derechos del Niño. Posteriormente, la Organización de las Naciones Unidas promulgó la Declaración de los Derechos del Niño el 20 de noviembre de 1959. Luego, la Convención Sobre los Derechos del Niño, que la firman los países convocantes el 20 de noviembre de 1989 (nuestro país la ratificó el 4 de setiembre de 1990) propone cuatro principios fundamentales: (I) la no discriminación; (II) el interés superior del niño; (III) el derecho a la vida, supervivencia y el desarrollo; y (IV) el respeto por los puntos de vista del niño.
2.1.1. La Convención Sobre los Derechos del Niño define los derechos políticos, sociales, culturales y económicos de los niños, protegiéndolo de los abusos que puedan sufrir por parte de sus padres, la sociedad o el Estado. Cabe señalar que la Convención define como niño/a todo ser humano menor de 18 años. Los derechos reconocidos en esta Convención son un avance importante en la defensa y protección de los derechos del niño, la niña y el adolescente ya que los Estados firmantes se comprometen en promover normas y políticas para su protección.