PROCEDIMIENTO DE DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DE EDIFICACIONES, DE ACUERDO CON EL REGLAMENTO
por Alexandra Bernal

1. GENERAL
1.1. debe llevarse a cabo como se indica
2. DISEÑO ESTRUCTURAL
2.1. debe ser realizado por un ingeniero civil
2.2. La estructura de la edificación debe diseñarse para que tenga resistencia y rigidez adecuadas ante las cargas mínimas de diseño
2.3. Deben llevar un orden del procedimiento de diseño de edificaciones nuevas
2.3.1. 1
2.3.2. 2
3. DISEÑO DE LA CIMENTACIÓN
3.1. (a) Para efectos del diseño estructural de los elementos que componen la cimentación
3.2. (b) Para efectos de obtener los esfuerzos sobre el suelo de cimentación
4. REVISIÓN DE LOS DISEÑOS
5. SUPERVISIÓN TÉCNICA
5.1. la construcción de estructuras de edificaciones, o unidades constructivas, que tengan más de 3000 m² de área construida, independientemente de su uso, debe someterse a una supervisión técnica
5.1.1. Edificaciones indispensables y de atención a la comunidad
5.1.2. Edificaciones diseñadas y construidas de acuerdo con el Título E del Reglamento
5.1.3. Supervisión técnica exigida por los diseñadores
5.1.4. Idoneidad del supervisor técnico
5.1.5. Alcance de la supervisión técnica
5.1.6. Edificaciones donde no se requiere supervisión técnica
6. CASAS DE UNO Y DOS PISOS
7. CONSTRUCCIÓN RESPONSABLE AMBIENTALMENTE
7.1. deben cumplir con la legislación y reglamentación nacional, departamental y municipal o distrital respecto al uso responsable ambientalmente de materiales y procedimientos constructivos
8. ESTUDIOS GEOTÉCNICOS
8.1. Debe realizarse una exploración del subsuelo
8.2. El ingeniero geotecnista debe elaborar un informe en el cual relacione la exploración y los resultados obtenidos en el laboratorio
8.3. En el reporte se deben indicar los asentamientos esperados, su variabilidad en el tiempo y las medidas que deben tomarse para no afectar adversamente las construcciones vecinas
8.3.1. . El reporte debe ir firmado, o rotulado, por un ingeniero civil facultado para este fin de acuerdo con la Ley 400 de 1997