LEY 80 DE 1989

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LEY 80 DE 1989 por Mind Map: LEY 80 DE 1989

1. ARTÍCULO 1º: Créase el Archivo General de la Nación, como un establecimiento público

2. ARTÍCULO 2º: El Archivo General de la Nación tendrá las funciones de Establecer, Organizar y dirigir el Sistema Nacional de Archivos, a la misma promover la organizacion.

3. ARTÍCULO 3º: El Sistema Nacional de Archivo tendrá carácter de programa especial, para todas las instituciones archivísticas y colecciones documentales públicas y privadas.

4. ARTÍCULO 4º La dirección y administración del Archivo General de la Nación, estará a cargo de la Junta Directiva y del Director General.

5. ARTÍCULO 5º La Junta Directiva estará integrada por el Ministro de Gorbierno, el presidente de la República, Director del Instituto Colombiano de Cultura y demas integrantes de la Junta Directiva.

6. ARTÍCULO 6º Las funciones de la Junta Directiva y del Director General serán establecidas en los respectivos estatutos internos de la entidad.

7. ARTÍCULO 7º Para el cumplimiento de los objetivos y funciones del Archivo General de la Nación, su patrimonio estará constituido por apropiaciones del presupuesto General de la Nacion y Aportes de Donaciones.

8. ARTÍCULO 8º El control fiscal del Archivo General de la Nación será ejercido por la Contraloría General de la República.

9. ARTÍCULO 9º La actual División del Archivo Nacional dependiente de la Subdirección de Patrimonio Cultural del Instituto Colombiano de Cultura, Colcultura, así como con las demas secciones.

10. ARTÍCULO 10º Se autoriza al Archivo General de la Nación para contratar con la Fundacion para desarrollo y financiación de la cultura.

11. ARTÍCULO 11º Autorízase al Gobierno para abrir los créditos y efectuar los traslados presupuestales que sean necesarios para el cumplimiento de las normas de la presente Ley.

12. ARTÍCULO 12º Esta Ley rige desde su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias