RESOLUCION 0754 DEL 2014

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RESOLUCION 0754 DEL 2014 por Mind Map: RESOLUCION 0754 DEL 2014

1. ARTICULOS

1.1. ARTICULO 1. (Objeto) Adóptese la metodología para la formulación, implementación, evaluación, seguimiento, control y actualización de los Planes de Gestión Integral de Residuos Solidos.

1.1.1. PARÁGRAFO 1. En relación con los residuos de construcción y demolición, el PGIRS deberá incorporar todas aquellas acciones dirigidas a garantizar un adecuado manejo, recolección, transporte, aprovechamiento y disposición final, de acuerdo con las obligaciones de los municipios establecidas en la normatividad vigente. Resolución 541 de 1994.

1.1.2. PARÁGRAFO 2. Lo dispuesto en la presenta metodología no aplica a la gestión de residuos peligrosos, la cual se rige por lo dispuesto en la normatividad especial vigente, Decreto 4741 de 2005 o la norma que lo modifique o lo sustituya.

1.2. ARTICULO 2. (Ámbito de aplicación) La presente resolución se aplica a los municipios, distritos, esquemas asociativos territoriales de que tratan los artículos 13, 14, 15 y 19 de la Ley 1454 de 2011 o la norma que lo modifique o lo sustituya.

1.3. ARTICULO 3. (PGIRS regional) Se entiende por PGIRS regional el adoptado por dos o mas municipios, distritos, esquemas asociativos territoriales de que tratan los artículos 13, 14, 15 y 19 de la Ley 1454 de 2011 para todas o algunas de las actividades de la gestión integral de residuos solidos.

1.4. ARTICULO 4. (Responsabilidades en la formulación, implementación, evaluación, seguimiento, control y actualización del PGIRS) Es responsabilidad de los municipios, distritos o de los esquemas asociativos territoriales, la formulación, implementación, evaluación, seguimiento, control y actualización del PGIRS en el ámbito local o regional, según el caso. La formulación o actualización del PGIRS deberá realizarse con actores involucrados en la GIRS.

1.4.1. PARÁGRAFO. En ningún caso el municipio podrá delegar esta responsabilidad en la empresa prestadora del servicio publico de aseo.

1.5. ARTICULO 5. (Adopción del PGIRS) El PGIRS será adoptado por el Alcalde municipal o distrital mediante acto administrativo. deberán precisarse los responsables de la coordinación, implementación y seguimiento de cada uno de los programas y proyectos del PGIRS.

1.5.1. PARÁGRAFO. En el caso de PGIRS regionales formulados a través de esquemas asociativos territoriales de que tratan los artículos 13, 14, 15 y 19 de la Ley 1454 de 2011 que comprendan todos o algunos de los componentes de la Gestión Integral de Residuos Solidos, la adopción estará a cargo de la Juntas o Consejos Directivos de los esquemas asociativos territoriales.

1.6. ARTICULO 6. (Incorporación de los PGIRS en los planes de desarrollo municipales o distritales) De conformidad con el articulo 88 del Decreto 2981 de 2013, los programas y proyectos adoptados en el PGIRS deben incorporarse en los planes de desarrollo municipales o distritales y asignar los recursos correspondientes para su implementación dentro de los presupuestos anuales municipales o distritales.

1.6.1. PARAGRAFO. Lo previsto en este articulo se aplicara a los planes de desarrollo municipales y distritales que se formulen a partir del 2016.

1.7. ARTICULO 7. (Articulación de la prestación del servicio público de aseo con los PGIRS) Una vez adoptado el PGIRS las personas prestadoras del servicio publico de aseo deberán articular sus programas de prestación del servicio publico de aseo con los objetivos, metas, programas, proyectos y actividades definidos en el PGIRS donde se presta el servicio.

1.7.1. PARÁGRAFO. En los PGIRS no se podrán imponer obligaciones a los prestadores del servicio publico de aseo cuya financiación no este asegurada de acuerdo con las metodologías tarifarias o con los recursos que sean asignados por el municipio, distrito o región.

1.8. ARTICULO 8. (Articulación de los PGIRS con los planes o esquemas de ordenamiento territorial) La formulación e implementación del PGIRS estará en consonancia con lo dispuesto en los planes estratégicos metropolitanos de ordenamiento territorial, según el caso y lo establecido en el Decreto 2981 de 2013.

1.8.1. PARÁGRAFO. La información contenida en el PGIRS se tendrá como insumo para la revisión del plan o esquema de ordenamiento territorial.

1.9. ARTICULO 9. (Aprovechamiento de residuos solidos en el marco del PGIRS) Los municipios o distritos apoyarán la coordinación entre los actores involucrados en las actividades de aprovechamiento de los residuos solidos, tales como prestadores de servicio publico de aseo, recicladores de oficio, autoridades ambientales y sanitarias, comercializadores de materiales reciclables, sectores productivos t de servicios, entre otros.

1.9.1. PARAGRAFO1. El PGIRS evaluara la viabilidad para el aprovechamiento de residuos solidos orgánicos generados en plazas de mercados, corte de césped y poda de arboles y establecerá la respectiva estrategia. En caso de no ser viable deberá documentar las razones técnicas y financieras.

1.9.2. PARAGRAFO 2. A efectos de promover la incorporación del material reciclable en la cadena productiva y aumentar las tasas de aprovechamiento, los municipios, distritos o regiones podrán adelantar acciones orientadas a fortalecer las cadenas de comercialización de materiales reciclables

1.10. ARTICULO 10. (Horizonte para la formulación e implementación de los PGIRS) Los PGIRS deberán formularse para horizontes de corto (un periodo constitucional de las administraciones municipales o distritales), mediano (dos periodos constitucionales) y largo plazo (tres periodos constitucionales).

1.11. ARTICULO 11. (Seguimiento) Una vez al año y antes de la presentación del proyecto de presupuesto municipal o distrital, el Alcalde Municipal o Distrital un informe sobre el estado de avance en el cumplimiento de las metas previstas en el PGIRS y realizar una o rendición de anual de cuentas a la ciudadanía.

1.11.1. PARÁGRAFO. Los informes de seguimiento se publicaran en la pagina web del municipio, distrito o esquema asociativo territorial, según el caso, dentro del mes siguiente a su elaboración.

1.12. ARTICULO 12. (Derogatoria) La presente resolución deroga las resoluciones 1045 de 2003 y 477 de 2004 expedidas por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y las demás disposiciones que le sean contrarias.

1.13. ARTICULO 13. (Vigencia) La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

2. METODOLOGIA PARA LA IMPLEMENTACION, FORMULACION, EVALUACION SEGUIMIENTO, CONTROL Y ACTUALIZACION DE LOS PGIRS

2.1. El PGIRS debe incluir:

2.1.1. 1. Organización para la formulación del PGIRS

2.1.2. 2. Linea base

2.1.2.1. Sirve para establecer el estado actual de la gestión integral de residuos solidos en el respectivo municipio, distrito o región y debe ser soportada por información recolectada en campo y documento

2.1.2.1.1. 2.1. Parametros

2.1.2.1.2. 2.2. Proyecciónes

2.1.2.1.3. 2.3. Árbol de problemas

2.1.2.1.4. 2.4. Priorización de problemas

2.1.3. 3. Objetivos y metas

2.1.3.1. 3.1. Árbol de objetivos

2.1.3.1.1. Este se genera partir de los resultados del árbol de problemas, con los que se identificaran los medios, objetivos y fines en el árbol de objetivos.

2.1.3.2. 3.2. Definición de objetivos y metas

2.1.3.2.1. Estos deben permitir cumplir los principios básicos para la prestación del servicio público de aseo y gestión integral de residuos solidos. Estos objetivos debes formularse de manera:

2.1.4. 4. Programas y proyectos para la implementación del PGIRS

2.1.4.1. Los proyectos deben discriminarse para la zona urbana y zona rural de cada municipio, distrito o región. Para ello se deben tener en cuenta aspectos técnicos, operáticos, ambientales, institucionales, económicos y financieros como los siguientes.

2.1.4.1.1. 4.1. Programa institucional para la prestación del servicio publico de aseo

2.1.4.1.2. 4.2. Programa de recolección transporte y transferencia

2.1.4.1.3. 4.3. Programa de barrido y limpieza de vías de areas publicas

2.1.4.1.4. 4.4. Programa de limpieza de playas costeras y ribereñas

2.1.4.1.5. 4.5. Programa de corte de césped y poda de arboles de vías y areas publicas

2.1.4.1.6. 4.6. Programa de lavado de areas publicas

2.1.4.1.7. 4.7. Programa de aprovechamiento

2.1.4.1.8. 4.8. Programa de inclusión de recicladores

2.1.4.1.9. 4.9. Programa de disposición final

2.1.4.1.10. 4.10. Programa de gestión de residuos solidos especiales

2.1.4.1.11. 4.11. Programa de gestión de residuos de construcción y demolición

2.1.4.1.12. 4.12. Programa de gestión de residuos solidos en el área rural

2.1.4.1.13. 4.13. Programa de gestión de riesgo

2.1.5. 5. Cronograma

2.1.5.1. En este se debe indicar las actividades generales y especificas de cada proyecto, el tiempo en que se llevará a cabo y el responsable de cada actividad general y especifica, indicando el horizonte en el cual se desarrollaran.

2.1.6. 6. Plan financiero

2.1.6.1. Representa el flujo de caja del PGIRS, registrando el valor de las inversiones, costos e ingresos.

2.1.7. 7. Implementación, evaluación y seguimiento

2.1.7.1. El municipio distrito o esquema asociativo territorial, deberá asignar los recursos humanos, técnicos y financieros para adelantar las actividades de evaluación y seguimiento del PGIRS.

2.1.8. 8. Revisión y actualización del PGIRS

3. Se realizara una revisión al PGIRS al inicio del periodo constitucional del alcalde municipal o distrital, la cual dará lugar a su actualización siempre y cuando exista una, y en caso de que se requiera una actualización se deberá pedir el acto administrativo correspondiente.

4. ANEXO II. Lineamientos para la elaboración de censos de recicladores

4.1. 1. Identificación de centros de acopio, bodegas y estaciones de clasificación y aprovechamiento

4.1.1. Identificar la ubicación, personal empleado y horario de atención de los centros de acopio, bodegas y estaciones de clasificación y aprovechamiento existentes en el municipio o distrito. (Tabla 21)

4.2. 2. Recolección de información

4.2.1. 2.1. Unidades económicas de reciclaje

4.2.1.1. a. Centros de acopio, bodegas y centros de clasificación y aprovechamiento

4.2.1.2. b. Rutas-fuente

4.2.2. 2.2. Ficha técnica de censo de recicladores

4.2.2.1. La ficha técnica será revisada y ajustada previamente. (Tabla 22)

4.2.3. 2.3. Certificación de censo

4.2.3.1. Cada unidad económica de reciclaje censada será identificada con in stiker o adhesivo que permita identificar que ha culminado el proceso de recolección de información.

4.3. 3. Verificación

4.3.1. Con el fin de garantizar la idoneidad de la información que suministraron las personas censadas, la metodología incluye una encuesta de verificación consistente en una muestra del 10% del total de la población censada.

5. ANEXO I. Lineamientos para la elaboración de análisis de mercado de residuos aprovechables

5.1. 1. Oferta de residuos aprovechables

5.2. 2. Disponibilidad de servicios

5.2.1. Sedeterminará a partir de la generación mensual y la caracterización, con el propósito de establecer las cantidades por tipo de material que se generan. (Tabla 13)

5.2.2. Identificar la disponibilidad de servicios de clasificación, almacenamiento y pre-tratamiento o aislamiento de residuos aprovechables en el municipio, distrito o región. (Tabla14, 15)I

5.3. 3. Demanda de residuos aprovechables

5.3.1. Identificar los posibles compradores de material aprovechable así como las cantidades mínimas y máximas y las condiciones de calidad en que dichos compradores están dispuestos a recibir el material. (Tabla 16)

5.4. 4. Costos de la actividad

5.4.1. Calcular el costo de la actividad de aprovechamiento para cada uno de los materiales a comercializar, considerando la alternativa de manejo municipal y regional. (Tabla 17, 18)

5.5. 5. Análisis de viabilidad

5.5.1. De acuerdo con la información de oferta y demanda y los costos asociados a la actividad, se evaluará la viabilidad del proyecto. (Tabla 19, 20)

6. Esta responsabilidad recae en el municipio o distrito que debe contar con el apoyo de un grupo interdisciplinario con experiencia en diferentes aspectos. Esto se conforma por:

6.1. Grupo coordinador

7. Grupo técnico de trabajo