1. Según Briseño Sierra, la prueba es la verificación de las afirmaciones, formuladas en el proceso, para determinar una sentencia
1.1. TIPOS DE PRUEBAS:
1.1.1. CIENTIFICA: Es aquella que se fundamenta en datos especializados presentados por un perito en una ciencia o arte y que sirven al juez de medios idóneos para fijarse un criterio personal sobre la solución del conflicto.
1.1.2. PROCESAL: Se funda en hechos pasados y concretos, que sirven para que el juez tome una decisión sobre el conflicto sometido a proceso.
1.2. DILIGENCIAS
1.2.1. El juzgador puede ordenar dentro del local del juzgado o fuera de el; cualquier tipo de actuación que considere pertinente para inspeccionar el lugar de los hechos para formarse un criterio personal para dictar sentencia
1.2.2. Ejemplo:
1.2.3. Cuando a la audiencia se presenta una de las partes en situaciones paupérrimas y decide el juez ordenar una inspección en el domicilio
2. La prueba Representa la decisión sobre la falsedad o verdad de los hechos y la decisión del juez para juzgarlos.
2.1. DATO DE PRUEBA O INVESTIGACION
2.1.1. Es todo medio, objeto o instrumento proporcionado por las partes, los sujetos procesales o por iniciativa del juez para encontrar la verdad de los hechos litigiosos y permitir que este ultimo encuentre un criterio veraz, único, cierto en la solución del litigio para dictar una sentencia con justicia y equidad y no solo conforme a derecho.
2.2. CARGA DE LA PRUEBA
2.2.1. Cada una de las partes tiene que probar los hechos de su interés y demostrar aquellos en que no este de acuerdo o se inconforme y que sean planteados por la contraria.
2.2.2. Es un derecho que tienen las partes para que el juzgador admita las pruebas pertinentes o idóneas que ofrezcan y que sean litigiosas.
2.2.3. Solo se podrán admitir pruebas licitas, establecidas en la teoría o en la ley, las ilícitas serán objeto de sanción.
3. Finalidad de la prueba
3.1. Lograr la convicción del juzgador, respecto de las afirmaciones hechas por el actor y las negaciones del demandado. Las partes deben incedir en la convicción del juzgador, para para convencerlo respecto de sus pretensiones o excepciones. Es el conjunto de actos desarrollado por las partes, los sujetos procesales o el juez para encontrar la verdad de los hechos. La prueba procesal no pretende crear o modificar una teoría, solo obtén el convencimiento del juzgador en favor de una de las partes para resolver un litigio
4. La función de la Prueba es la Obtención de la verdad, por parte del juez para dictar sentencia absolutoria o condenatoria.
4.1. OBJETO DE LA PRUEBA
4.1.1. Consiste en demostrar los hechos afirmados y discutidos por las partes sobre los cuales exista una controversia (No hace falta ofrecer prueba sobre los hechos que no sean litigiosos)
4.1.2. Ejemplo:
4.1.3. Hecho no litigio el se haya contraído matrimonio en una fecha y demostrado con el acta de matrimonio.
4.1.4. Hecho litigioso que una de las partes no haya proporcionado alimentos a la otra.
4.1.5. CARGA PROCESAL
4.1.5.1. De manera más breve, puede afirmarse que consiste en un imperativo del propio interés, pues, a diferencia de la obligación, su cumplimiento produce ventajas directas a la parte interesada, y su falta de realización, si bien configura una situación jurídica desfavorable, no conduce a la imposición de una sanción o a la existencia coactiva de la conducta omitida.
4.1.5.2. La carga representa una obligación para la parte que incorporo sus hechos en el escrito inicial de demanda y los que formulo el demandado al momento de presentar en la contestación de la demanda o reconvención.
4.1.5.3. De tal forma que la carga representaría el interés que las partes tengan en ofrecer sus pruebas.
4.1.5.4. El juzgador no tiene interés en que lo hagan porque el mismo, con lo que le aporten dichas partes dictara la resolución que el derecho proceda.